Usted está aquí: viernes 19 de enero de 2007 Política Avala la SCJN el sistema de excepción para juegos de azar en ferias regionales

Son temporales y promueven la actividad económica y turística, señala

Avala la SCJN el sistema de excepción para juegos de azar en ferias regionales

JESUS ARANDA

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) convalidó que en las ferias regionales del país exista un sistema de excepción para juegos de azar, aun cuando no están permitidos por la ley, así como la facultad que tiene la Secretaría de Gobernación para regular los juegos y espectáculos en que se crucen apuestas en dichas ferias.

Al continuar ayer con el análisis de la controversia constitucional interpuesta por la Cámara de Diputados en contra del Ejecutivo federal sobre la legalidad del reglamento de juegos y sorteos, los ministros determinaron por unanimidad declarar la inconstitucionalidad en el caso de los naipes.

Así las cosas, la Secretaría de Gobernación podrá expedir permisos de para cruzar apuestas en aquellos juegos y espectáculos considerados constitucionales, como las peleas de gallos (que tuvo un voto en el sentido de que son contrarias a la Carta Magna), carreras de caballos, dados y la ruleta (la cual, por cierto, quedó a dos votos de ser considerada ilegítima).

El punto central de la discusión giró en torno de las ferias regionales, ya que éstas constituyen una excepción en la regulación de juegos de azar y espectáculos públicos, porque tienen particularidades propias, como el ser temporales, que tienen como objetivo la promoción de la actividad económica, turística y agropecuaria".

También hubo quien sostuvo que la constitucionalidad de las ferias se debe a que forman parte de una tradición "ancestral" en el país.

El ministro Genaro Góngora Pimentel destacó el caso de ferias "notables", entre las que mencionó la de Aguascalientes (San Marcos), "una muy antigua de siglos, tradición mexicana en donde hay carreras de caballos y peleas de gallos".

La única condición que determinaron los ministros para que la Secretaría de Gobernación otorgue los permisos para cruzar apuestas en las ferias regionales, fue que los juegos estuvieran considerados en el reglamento y que éstos, a su vez, sean constitucionales.

Cuando se inició la discusión para determinar qué juegos o espectáculos son constitucionales, salieron a relucir los gustos y conocimientos de los ministros sobre el tema.

En cuanto a las peleas de gallos, Sergio Salvador Aguirre Anguiano comentó que al igual que las corridas de toros, sería difícil ubicarlos como un juego, pues las peleas son a muerte.

Las carreras de caballos no generaron mayor discusión; todos coincidieron enafirmar que se trata de un espectáculo temporal, incluso sin el cruce de apuestas.

Cuando la discusión llegó al tema de los naipes, hubo unanimidad en el sentido de que "es un juego prohibido por la ley, que no se puede considerar un espectáculo, y no siendo un espectáculo es inconstitucional".

Respecto de los dados, hubo consenso de que éstos son un juego y por tanto son legítimos.

En cuanto a la ruleta, seis de 10 ministros establecieron que al no poderse determinar si es un juego o un sorteo, era inconstitucional; sin embargo, como de acuerdo con la Constitución se requieren ocho votos para invalidar una norma general, como lo son los artículos del reglamento, la ruleta sigue siendo legal.

El próximo lunes se espera que los ministros analicen la constitucionalidad de los centros remotos de apuestas.

 
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