Usted está aquí: lunes 11 de diciembre de 2006 Opinión ¿La Fiesta en Paz?

¿La Fiesta en Paz?

Leonardo Páez

Serenos, morenos

DE TIJUANA ESCRIBE el Lic. Ricardo Zurita López, presidente del Consejo Nacional de Asociaciones, Peñas y Aficionados Taurinos de México, AC., para advertir: "Ante la información que en días recientes ha propagado el representante de la llamada Asociación Mexicana de Tauromaquia (AMT) (ver ¿La fiesta en paz? del domingo 10 de diciembre), nuestro consejo nacional considera necesario fijar y hacer pública su postura en los siguientes términos:

1. ESTUDIADO Y CONSENSUADO es que el quehacer y el espectáculo taurino no es deporte propiamente, sino que está considerado en su aplicación y expresión como arte, y en su contenido y tradición como cultura.

2. TANTO LA ASOCIACION Mexicana de Tauromaquia como la Confederación Deportiva Mexicana (Codeme), al igual que las diversas asociaciones de matadores, ganaderos, empresarios y este mismo consejo nacional, son y somos personas morales privadas, de naturaleza jurídica como asociaciones civiles constituidos y normados por la legislación civil, esto es, que ningún organismo es legalmente superior a otro, por lo que la AMT y la Codeme carecen de potestades de entes públicos, y ratificamos que no tienen facultades para emitir actos administrativos públicos.

3. EL ARTICULO 34 fracción X y XVI de los estatutos de la Codeme faculta a su consejo directivo para expedir de manera provisional constancias y solicitudes de afiliación a organismos afines (sujetos a aprobación de la asamblea de asociados) y conforme al artículo 7 de los estatutos de la Codeme donde se especifican sus objetivos, ninguno de estos se percibe afín a los relacionados con la citada Asociación Mexicana de Tauromaquia, por lo que por mera congruencia la AMT no deberá ser admitida por la asamblea de asociados de la Codeme.

4. RESULTA IMPROCEDENTE jurídicamente que sin facultad alguna la citada AMT amenace con regular el desarrollo nacional de la fiesta brava, así como la imposición de un reglamento taurino nacional que, en su caso, no podrá ser obligatorio para ninguna plaza, actor o sujeto involucrado en el desarrollo de las corridas y novilladas, toda vez que la intención de imponer el citado reglamento sin que este haya sido, ya no se diga consensuado con los diversos sectores taurinos, incluyendo por supuesto el de los aficionados que representamos, sino siquiera aprobado por los órganos públicos competentes, violando así la facultad reglamentaria de la materia que deviene de los artículos 89 fracción I, 102, 115, y 116 de la Constitución General de la República.

5. SE INVITA A la AMT a no pretender ser un factor monopolizador más de nuestra fiesta brava, ni ha desorientar a la afición taurina con amenazas e imposiciones, y cordialmente se le invita a trabajar juntos para sacar de la crisis a nuestra fiesta brava mexicana.

6. NUESTRO CONSEJO NACIONAL ofrece a cualquier interesado asesoría y defensa jurídica, por correo electrónico a [email protected] y a los teléfonos (664) 682-75-21 y (664) 217-67-02.

[email protected]

 
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