Usted está aquí: miércoles 11 de octubre de 2006 Política Niega la Suprema Corte amparo a Serrano Limón

Ratifica vigencia de artículo sobre recursos federales

Niega la Suprema Corte amparo a Serrano Limón

El jefe de Provida gastó dinero público en tangas y plumas

JESUS ARANDA

Ampliar la imagen Jorge Serrano Limón en imagen de archivo Foto: María Luisa Severiano

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) negó ayer el amparo solicitado por Jorge Serrano Limón, ex presidente del Comité Nacional Provida AC, contra la sanción por 13 millones 327 mil 377 pesos y la inhabilitación por 15 años para ejercer cargos públicos o recibir fondos federales, impuesta por la Secretaría de la Función Pública (SFP).

Con esta decisión histórica, el máximo tribunal confirmó por unanimidad la constitucionalidad del artículo 2 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, el cual señala que serán sujetos a esta ley "todos aquellos que manejen o apliquen recursos públicos federales", sin importar si se trata de un funcionario o de un particular.

Inicialmente el inculpado había recibido el amparo del juzgado undécimo de distrito en materia administrativa por considerar que la sanción era indebida.

En su calidad de titular de Provida, Serrano Limón firmó un acuerdo en marzo de 2003 con la Administración de Patrimonio de la Beneficiencia Pública -órgano desconcentrado de la Secretaría de Salud-, para un proyecto de expansión de 10 Centros de Ayuda a la Mujer en diversas ciudades del país, para lo cual la dependencia federal se comprometió a destinar un máximo de 30 millones de pesos, dependiendo de su capacidad presupuestaria.

Un año después, ambas partes signaron un convenio similar. Serrano Limón se comprometió a hacer uso correcto de los recursos, los cuales estaban etiquetados "única y exclusivamente" para los fines previstos en el acuerdo; además, tenía la obligación de aplicar la totalidad de éstos en el ejercicio correspondiente.

El 14 de septiembre de 2004, el Organo Interno de Control de la Secretaría de Salud detectó "irregularides en la evaluación del proyecto, autorización, comprobación, supervisión y desviación de recursos, así como en la adquisición de material y equipo, cuya existencia no pudo comprobarse en los centros de Ayuda a la Mujer, lo que ocasionó un daño al erario federal por 31 millones 15 mil 129 pesos".

Posteriormente quedó en evidencia que parte de esos recursos habían sido destinados por Provida para la adquisición de tangas y plumas de lujo. Por cierto, con motivo de este descubrimiento Serrano Limón declaró en 2004 que había sido un error contabilizar las tangas y las plumas de lujo en las 6 mil 500 facturas que formaron parte de la contabilidad de la agrupación y que fueron incluidas en su reporte de gastos.

El 13 de abril de 2005 la SFP concluyó que Serrano Limón era responsable en el manejo irregular de recursos federales y, con base en el artículo dos de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, le fijó una sanción de 13 millones 327 mil 377 pesos, además de la inhabilitación del cargo y la imposibilidad de recibir -a través de organizaciones civiles- apoyos económicos de entidades federales.

Serrano Limón se inconformó ante la decisión. Argumentó que no podía ser sancionado porque no era funcionario público y presentó un amparo que le fue favorable en primera instancia.

Sin embargo, la SFP interpuso un amparo en revisión ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el cual fue turnado inicialmente a la segunda sala, pero, dada la trascendencia del caso, pasó al pleno bajo la ponencia de Margarita Beatriz Luna Ramos.

Los ministros concluyeron que los particulares que reciben la encomienda directa de administrar recursos públicos federales están obligados, como cualquier servidor público, a ejercer ese dinero con legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia para que esos recursos se apliquen estrictamente al fin destinado.

De lo contrario, subrayaron, se verán sujetos a sanciones para corregir cualquier desviación del gasto público.

 
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