Usted está aquí: miércoles 4 de octubre de 2006 Política "Constitucionales", las candidaturas independientes, resuelve la Corte

Da pie a que las legislaturas locales apliquen esta figura, mediante una reforma

"Constitucionales", las candidaturas independientes, resuelve la Corte

ALFREDO MENDEZ

Por seis votos contra cinco, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó ayer que las candidaturas independientes a cargos de elección popular no contravienen a la Constitución.

Aunque el fallo no representa un precedente jurídico a escala nacional, pues sólo aplica para Yucatán, la decisión del máximo tribunal del país da pie para que se pueda modificar el régimen electoral mexicano, aunque para ello es indispensable que el Congreso de la Unión y/o las legislaturas estatales reformen los códigos electorales o, en determinado caso, emitan leyes secundarias que avalen las candidaturas independientes.

Luego de tres horas de discusión fue superado un as bajo la manga que desde el inicio de la sesión de ayer sacó el ministro presidente Mariano Azuela Güitrón, en el cual exhibió una jurisprudencia relativa al estado de Quintana Roo.

En esa tesis jurisprudencial, la Corte determinó en junio de 2004 que la única vía para contender para un cargo de elección en esa entidad es mediante el respaldo de un partido político o coalición.

Sin embargo, la mayoría de los ministros consideraron durante la sesión de ayer que se trata de hechos jurídicos distintos.

Queda pendiente para la sesión del próximo jueves la discusión en la que se determinará si las reglas establecidas por el Congreso yucateco para los candidatos independientes son constitucionales, entre ellas el tema del rembolso de una parte de los gastos de campaña al candidato que resulte triunfador en una elección.

Los ministros que se pronunciaron por la constitucionalidad de diversos artículos de la Ley Electoral de Yucatán, la cual permite candidatos sin partido en todas las elecciones locales, menos las plurinominales, fueron Juan Silva Meza, Olga Sánchez Cordero, Margarita Luna Ramos, Guillermo Ortiz Mayagoitia, Genaro Góngora Pimentel y José Ramón Cossío.

Sus compañeros Mariano Azuela, Juan Díaz Romero, Sergio Salvador Aguirre, José de Jesús Gudiño Pelayo y Sergio Valls votaron en contra del proyecto de Silva Meza respecto a que el derecho constitucional a votar y ser votado es "fundamental", y al no existir en la Carta Magna una disposición expresa que otorgue a los partidos el monopolio de la presentación de aspirantes a puestos de elección popular, la legislación comicial yucateca -impugnada por tres partidos políticos- no contraviene la Constitución federal.

En su resolución, la Corte excluyó un punto en el cual se pretendía utilizar la convalidación de las candidaturas independientes en Yucatán como referente para el ámbito federal, con el fin de que sirviera como exhorto para que el Poder Legislativo legisle en materia electoral.

"No tenemos por qué hacer especulaciones respecto a si las candidaturas independientes están o no están permitidas en el ámbito federal; queda claro, tanto para quienes nos ven hoy en televisión, como para quienes lean la sentencia, como para quienes nos lean (hoy), que nos estamos refiriendo estricta y exclusivamente a Yucatán", propuso el ministro Cossío durante su intervención. Su petición fue avalada por la mayoría del pleno.

Desde el inicio de la sesión, el presidente de la Corte exhibió a los ministros que votaron en favor de las candidaturas independientes, al comentar que su postura era contradictoria con la que asumieron en junio de 2004, cuando sostuvieron la postura opuesta.

Hace dos años, la Corte rechazó con 10 votos una impugnación de Ley Electoral de Quintana Roo que también buscaba las candidaturas independientes.

En respuesta, el ministro José Ramón Cossío, quien se sintió aludido, respondió que Azuela no tenía razón, porque el litigio de Quintana Roo, a diferencia del iniciado en Yucatán, estuvo limitado a un tema de estructura de partidos, pero en ningún momento involucraba el derecho fundamental de ser votado.

El ministro Genaro Góngora fue más allá y dijo que cuando una jurisprudencia ya no resulta útil, la Corte debe adoptar una nueva. "El proyecto de resolución ha hecho una interpretación de estos preceptos y ha encontrado que no se oponen a las candidaturas independientes; yo estoy de acuerdo. Se ha combatido (el dictamen) diciendo que habrá proliferación de candidaturas independientes; esto ya se contestó, no es así.

"La Ley Electoral de Yucatán combate que cualquier persona con dinero suficiente apoye a candidatos indeseables, sobre todo en municipios, donde puede llegar a manejar esos territorios; pero, ¿esto no sucede a escala federal? Es pregunta", puntualizó Góngora.

La resolución de ayer no establece jurisprudencia, pues faltaron dos votos para ello, pero sí abre la puerta para que los poderes legislativos realicen las reformas que consideren adecuadas en esta materia sin riesgo de que la Corte las eche abajo después o que se requiera la conformación del Constituyente Permanente para la reforma correspondiente.

 
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