Usted está aquí: sábado 9 de septiembre de 2006 Capital Aprueba el TEDF la validez de la elección de jefe de Gobierno

También acuerda, por unanimidad, entregar constancia de mayoría a Marcelo Ebrard

Aprueba el TEDF la validez de la elección de jefe de Gobierno

Los magistrados cancelaron los resultados de 9 de las 476 casillas impugnadas por la coalición integrada por PRI y PVEM, pero declararon infundada la petición de anular los comicios

ANGEL BOLAÑOS SANCHEZ

Ampliar la imagen Marcelo Ebrard durante un acto en el hemiciclo a Juárez, en demanda del conteo voto por voto, realizado el 20 de julio Foto: Marco Peláez

Ampliar la imagen Momento de la sesión pública del Tribunal Electoral del Distrito Federal, en la cual aprobó los comicios del pasado 2 de julio para elegir jefe de Gobierno Foto: Guillermo Sologuren

Los siete magistrados del Tribunal Electoral del Distrito Federal (TEDF) aprobaron por unanimidad la declaración de validez de la elección de jefe de Gobierno del Distrito Federal y la expedición de la constancia de mayoría para el candidato de la coalición Por el Bien de Todos, Marcelo Ebrard Casaubón.

Anularon únicamente nueve de las más de 476 casillas impugnadas por la coalición Unidos por la Ciudad y declararon infundada la petición de ésta de anular la elección, bajo el principio de causal de nulidad abstracta.

De esta manera, el cómputo final de la elección establece que la coalición integrada por los partidos de la Revolución Democrática (PRD), del Trabajo (PT) y Convergencia obtuvo 2 millones 213 mil 592 votos; el Partido Acción Nacional (PAN), un millón 301 mil 258 sufragios; la coalición formada por los partidos Revolucionario Institucional (PRI) y Verde Ecologista de México (PVEM), un millón 30 mil 735 votos; Nueva Alianza (Panal) 109 mil 61, y Alternativa Socialdemócrata y Campesina (PASC), 50 mil 438 votos.

Correspondió al magistrado Juan Martínez Veloz elaborar la ponencia correspondiente, donde propuso al pleno declarar "parcialmente fundado el juicio electoral promovido por la coalición Unidos por la Ciudad", al resultar fundados los agravios presentados en nueve casillas, las cuales fueron anuladas, lo que modificó el cómputo original del Instituto Electoral del Distrito Federal (IEDF), restando al PAN 839 votos, a PRI-PVEM 599, a PRD-PT-Convergencia mil 555 sufragios, a Nueva Alianza 72 y al PASC 44.

Resuelve la sentencia que "en vista de lo anterior, se advierte que aun cuando resultó parcialmente fundado el juicio electoral interpuesto por la coalición Unidos por la Ciudad, es evidente que el candidato postulado por la coalición Por el Bien de Todos para la elección de jefe de Gobierno del Distrito Federal conserva la primera posición en la elección que nos ocupa, por lo que también se propone confirmar la declaración de validez de la elección impugnada y la entrega de la constancia respectiva". Esto podría ocurrir en la sesión que convocará el órgano judicial electoral para el martes o miércoles de la semana próxima.

Improcedente la nulidad abstracta

En la sesión, que se desarrolló apenas en dos horas, los magistrados Rodolfo Terrazas Salgado y María del Pilar Hernández cuestionaron uno de los considerandos de la ponencia de Martínez Veloz, en el que analizó la petición de la coalición Unidos por la Ciudad de anular la elección bajo el principio de nulidad abstracta a partir de un conjunto de irregularidades, como la intromisión en el proceso del jefe de Gobierno, Alejandro Encinas.

Pero las supuestas irregularides no fueron debidamente sustentadas en el recurso de impugnación, y además dicho concepto no aparece en la legislación electoral local. Por ello, al final la votación fue unánime en los resolutivos, pero ambos magistrados se pronunciaron en contra de dicho considerando, al que se sumaron Pedro Rivas Monroy y Estuardo Mario Bermúdez Molina, mientras que defendieron el punto el magistrado presidente, Hermilo Herrerón Silva y Raciel Garrido Maldonado.

"Aquí lo único que discutimos no es tanto que fuera determinante o no el análisis de la causal abstracta, sino simplemente el tocarla o no tocarla. El proyecto la tocó, nosotros consideramos que no era necesario, pero no iba a modificar el fondo del asunto, por eso estuvimos de acuerdo en los resolutivos, pero no en el considerando", explicó el magistrado Rivas Monroy.

De acuerdo con el Código Electoral, Unidos por la Ciudad tiene cuatro días naturales para impugnar la resolución ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

 
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