Usted está aquí: domingo 21 de mayo de 2006 Opinión En defensa del contribuyente

Laura Alicia Garza Galindo

En defensa del contribuyente

En el periodo de sesiones que concluyó en abril pasado, último de la 59 legislatura, se aprobaron, entre otras normas, las modificaciones al Código Fiscal de la Federación (CFF), en el que se establecen, entre otras cuestiones, la relación entre los contribuyentes y las autoridades hacendarias, los derechos y obligaciones de aquéllos y las facultades de éstas; los delitos y sanciones correspondientes; la constitución de los medios de defensa y los procedimientos para impugnar algunas decisiones de la autoridad en la materia. Lo más importante del CFF son los procedimientos para realizar la recaudación a los contribuyentes y, por lo tanto, lo que se refiere a la simplificación administrativa, lo complejo o simple que resulte pagar o cobrar impuestos, facilitar su cumplimiento y la dificultad para evadir los pagos.

En el Senado tuvimos la oportunidad de incorporar en las consideraciones de la exposición de motivos algunas precisiones para aclarar algunos artículos, que por su ambigüedad y/o inadecuada interpretación, pudiesen derivar en una desventaja para el contribuyente o en abuso por parte de la autoridad. En esta ocasión, no fue posible incorporar esas modificaciones al articulado, en virtud de los tiempos, puesto que el proceso legislativo establece que, en su caso, debería regresarse el CFF a la Cámara de Diputados, con el riesgo de que, debido al cierre del periodo de sesiones, las modificaciones no fueran aprobadas y el avance logrado quedara en mera intención. Lo importante es que con las precisiones incorporadas por los senadores, los contribuyentes, en caso de impugnación por la vía del amparo, podrán recurrir a las consideraciones para clarificar el significado de la norma.

En específico, en el caso de las multas -que van de 20 mil a 30 mil pesos- para los asesores fiscales que no adviertan al contribuyente del criterio diferente de la autoridad sobre la ley, se aclaró que se aplicará a quienes tienen la capacidad de hacer planeación fiscal, que por lo general son grandes contribuyentes, que interpretan la ley con el fin de evadir el pago de impuestos o defraudar al fisco. Otro asunto, muy debatido, fue la actual práctica de monopolizar la aplicación de dictámenes fiscales de un solo Colegio de Contadores; se logró el compromiso de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), para evitar el trato discriminatorio inducido en la Secretaría de Educación Pública, que ha evitado a la fecha otorgar certificaciones a cualquier otro colegio que cumpla con los requisitos.

En relación con la fiscalización de fideicomisos, a fin de evitar que la autoridad hacendaria se arrogara la facultad de disminuir la información que deban de presentar o liberarlos discrecionalmente de su presentación, se acordó que en las reglas de carácter general se establezca que la presentación será obligatoria para todos los fideicomisos, independientemente de que generen o no ingresos. Otra modificación importante incluida por la SHCP en el CFF, que tiene por objeto combatir el comercio informal y establecer un marco para que la autoridad fiscal emprenda acciones efectivas en contra de la evasión, fue introducir el concepto de domicilio fiscal, determinando que la casa habitación se considerara como tal. Los legisladores acotamos a que esta situación se dé pero sólo en el supuesto de aquellas personas físicas que no cuenten con un local donde realizar sus funciones, o bien, cuando hayan manifestado un domicilio ficticio.

En el ámbito de la simplificación y con el propósito de ampliar la base de los contribuyentes, el CFF ha realizado diversas innovaciones tecnológicas para facilitar a los contribuyentes su inscripción al padrón nacional, a fin de que cumplan con sus obligaciones fiscales. El propósito es crear la cuenta tributaria individual -similar al estado de cuenta bancario- con la que el contribuyente tendrá la facilidad de consultar sus movimientos u operaciones fiscales vía Internet, desde cualquier computadora. Basado en esa creativa plataforma tecnológica, que tiene por objeto la simplificación administrativa, que pretende eliminar los 150 formatos que actualmente se usan con estos propósitos a sólo cuatro. Es también importante destacar que con las reformas al CFF aprobadas se creará un solo padrón de contribuyentes, eliminando los 37 que existen actualmente, entre otros: el Registro Federal de Contribuyentes, el padrón de importadores, el de bebidas alcohólicas y donatarias.

Sin duda, el nuevo CFF presenta avances importantes, puesto que con las innovaciones incorporadas se ampliará la base de contribuyentes, mejorará la fiscalización y sobre todo -según afirman las autoridades hacendarias- porque sin necesidad de subir impuestos, se logrará incrementar la recaudación entre 2.4 y 4 puntos porcentuales del PIB.

Otra razón para aprobar el CFF fue el compromiso de Fauzi Hamdan de que al fin se aprobaría la Ley de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente -que estuvo tres años en el limbo-, que se encargará de proteger y defender los derechos e intereses de aquel, ante abusos de la autoridad hacendaria, lo que al fin ocurrió y que prestará servicios de asesoría y de representación gratuitos para quienes lo soliciten, cuando el monto no exceda de treinta salarios mínimos elevados al año: 17 mil 765 pesos; habida cuenta, que un salario mínimo al valor actual en el Distrito Federal, apenas es de 48.67 pesos.

 
Compartir la nota:

Puede compartir la nota con otros lectores usando los servicios de del.icio.us, Fresqui y menéame, o puede conocer si existe algún blog que esté haciendo referencia a la misma a través de Technorati.