Usted está aquí: domingo 7 de mayo de 2006 Política No a las drogas

Laura Alicia Garza Galindo

No a las drogas

El 27 de junio de 2004 se realizó una de las mayores marchas que se hayan visto en el México de hoy, convocada por doña Sociedad, exigiendo una mayor seguridad pública en el país. Los dirigentes de esa marcha fueron recibidos en varias ocasiones en la Cámara de Senadores para informarles de los avances logrados y cumplir con las demandas del colectivo nacional. El propósito, para la aprobación de las reformas que ahora nos ocupa, es el combate al narcomenudeo, uno de los principales alimentos del narcotráfico. Se trata de generar las herramientas para que se avance en la lucha contra este flagelo. Que en ocasiones las leyes no sean perfectas, es entendible por la mayoría. Lo que importa es que existe tanto la intención, como los cauces institucionales para ser perfeccionadas. Las actuales críticas en contra, no duelen; pero sí importa, y mucho, avanzar en el bienestar de la nación.

En 2005, el Congreso modificó la Constitución para que los estados de la Federación, pudieran conocer y resolver delitos del fuero federal -entre otros el narcomenudeo-, gracias a lo cual se podrá investigar, perseguir y sancionar el comercio, suministro y posesión ilícita de estupefacientes, cuando sea para distribución en dosis individuales. La etapa que ahora nos ocupa son las reformas a la Ley General de Salud, al Código Penal Federal y al Código Federal de Procedimientos Penales, que busca: otorgar competencias y atribuciones a las autoridades federales y locales; tipificar el delito narcomenudeo -que hasta hoy no existe en los códigos penales, ni federal ni locales-; establecer las penas a quienes cometan tales delitos: comercien, suministren o posean narcóticos, y determinar las excluyentes.

Pero vayamos por partes. Uno de los graves problemas en las leyes hasta hoy vigentes es, precisamente, la ambigüedad en el término "consumo personal", porque los adictos, por el hecho de serlo, no son castigados por la ley, lo que da lugar a que posean una sola dosis o 20, alegando que son para uso personal, lo que es aprovechado por el narcomenudeo, que utiliza a los adictos para distribuir la droga, evadiendo así la sanción penal. Para evitar esta situación en las modificaciones aprobadas se estableció: a) que todo adicto que sea aprehendido deberá ser remitido a una autoridad de salud, para dar seguimiento a su desintoxicación y reivindicación y b) establecer la cantidad de dosis máxima de consumo, durante un día, de las drogas más comunes -con base en la información del Centro Nacional contra las Adicciones y autoridades sanitarias-, con el propósito de evitar que la dosis de "consumo personal" sea determinada arbitrariamente por el agente del Ministerio Público o por el juez.

Para tal propósito se configuró una tabla que también sirve para determinar el reparto de competencias entre los estados y la Federación: cuando la cantidad de narcóticos comprenda una cifra de hasta mil dosis máximas de consumo personal, se considerará como narcomenudeo y será competencia local; cuando la cifra sea mayor, el delito será el de narcotráfico y competerá a la Federación. Sin embargo, en la Cámara de Diputados, por recomendación de algunos expertos, que no son autoridades federales, las dosis de consumo máximo fueron incrementadas para la mariguana, anfetaminas, tachas, peyote y hongos alucinógenos. Cuando la minuta llegó al Senado corrió como reguero de pólvora la información de que se habían incrementado las cantidades en la ya famosa tabla, y yo supongo que las dosis se incrementaron porque así se amplia la intervención de los estados, ante una cantidad mayor de droga incautada. Se deberá corregir las cantidades en la tabla para establecer las originalmente planteadas.

El otro problema, que generó rechazo para la aprobación de las reformas, fue que se excluía de cualquier responsabilidad penal no sólo al fármacodependiente, sino también al consumidor que tuviese en posesión droga en las dosis señaladas en la tabla mencionada. Esta figura generó confusión, al suponerse que así se legalizaba el consumo de drogas, cuando en realidad se imponen penas a quienes las posean, por cometer el delito de narcomenudeo. Las penas van de cuatro a ocho años de prisión y se aumentan de seis a 12 años, cuando quienes delincan sean servidores públicos, e igual penalidad, cuando el delito se cometa en centros educativos, asistenciales, reclusorios o en sus alrededores.

Es obvio que la intención del Congreso, no es la de legalizar el consumo de drogas, sino su combate. Quienes aprobamos estas reformas, consideramos que es un gran avance. También, coincidimos en la inmediata necesidad de corregir los evidentes defectos que la ley posee. Para ello, al aprobarse la ley nos comprometimos a corregir las deficiencias antes mencionadas, en una iniciativa que se presentaría en la Comisión Permanente. Sin embargo, en el momento en el que el Ejecutivo federal decidió observar la ley, ésta ha regresado al Congreso para que se hagan las correcciones; revisaremos las cantidades de las dosis establecidas en la tabla y se castigará penalmente a quienes posean drogas para consumo personal. Sí la pretensión del Ejecutivo federal hubiese sido la de eliminar la ley, simplemente no la habría publicado. Y sí, Presidente, en esto coincidimos: esta, es, será, al corregirse, una gran ley. Y mantenemos nuestra postura: no a las drogas.

 
Compartir la nota:

Puede compartir la nota con otros lectores usando los servicios de del.icio.us, Fresqui y menéame, o puede conocer si existe algún blog que esté haciendo referencia a la misma a través de Technorati.