Usted está aquí: viernes 5 de mayo de 2006 Política Ratifica TEPJF las candidaturas de Romero Deschamps, Ocejo y Muñoz

Desecha impugnaciones presentadas por la coalición Por el Bien de Todos

Ratifica TEPJF las candidaturas de Romero Deschamps, Ocejo y Muñoz

ALONSO URRUTIA

Ampliar la imagen El dirigente petrolero Carlos Romero Deschamps Foto: Luis Humberto González

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ratificó ayer las candidaturas de los panistas Ramón Muñoz y Jorge Ocejo, cuya permanencia en cargos del Poder Ejecutivo fue impugnada por la coalición Por el Bien de Todos, así como la del dirigente del sindicato petrolero Carlos Romero Deschamps -postulado por la Alianza por México-, impugnado por estar involucrado en el proceso penal relacionado con el Pemexgate.

Durante la sesión, los magistrados revisaron los recursos interpuestos por la coalición Por el Bien de Todos contra la decisión del Consejo General del Instituto Federal Electoral (IFE) de validar sus candidaturas al Senado de la República. En el caso de los panistas se consideró que no se actualizan las causas de inelegibilidad.

La postulación de los aspirantes panistas como senadores por la vía plurinominal fue cuestionada por la coalición debido a que Ramón Muñoz se mantiene como Jefe de la Oficina de la Presidencia de la República para la Innovación Gubernamental, mientras que Ocejo se ha desempeñado recientemente como responsable de la Comisión Coordinadora de Energía y como coordinador de asesores de la Secretaría del Trabajo.

De acuerdo a la impugnación de la coalición, estos casos pueden ser equiparables al de subsecretario, por lo cual caerían en el supuesto del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe) que obliga a quienes pretendan aspirar a un cargo de elección popular a renunciar 90 días antes de la elección.

Sin embargo, de acuerdo con los magistrados, este supuesto no se actualiza en ambos casos, debido a que "los cargos que se les atribuyen no son de ese carácter -secretario o subsecretario de Estado-, lo anterior en virtud de que como los requisitos de elegibilidad son excepciones o limitaciones al ejercicio del derecho fundamental a ser votado, debe interpretarse en forma restrictiva, por lo cual no cabe incluir otros cargos que pudieran estimarse equivalentes o similares, ni cabría aplicar lo dispuesto en el Cofipe".

Así, concluyeron que la interpretación de lo establecido en la legislación electoral debe circuncribirse exclusivamente a los cargos enunciados expresamente en esa norma. Cabe destacar que Muñoz fue acusado en días recientes por el candidato de la coalición Por el Bien de Todos, Andrés Manuel López Obrador, de ser el responsable de orquestar la guerra sucia en su contra.

Por lo que hace a Romero Deschamps, los magistrados señalaron que la impugnación de que tendría anulados sus derechos políticos por estar involucrado en el Pemexgate no es procedente, porque existe una resolución dictada por el Segundo Tribunal Unitario en materia penal del primer circuito en los juicios de amparo promovidos por el dirigente petrolero.

Por ahora, está vigente la suspensión definitiva otorgada a Romero Deschamps, mediante la cual le fueron restituidos sus derechos políticos y, por tanto, la posibilidad de contender para el Senado en la lista plurinominal de la Alianza por México.

"Esta Sala Superior no se encuentra en aptitud jurídica de revisar la validez o invalidez de la mencionada medida cautelar, pues entre sus facultades no se encuentra la de analizar la constitucionalidad o legalidad de las resoluciones de los tribunales unitarios de circuito". Por ello, los magistrados revalidaron su candidatura.

 
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