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Jueves 4 de mayo de 2006

Carlos Montemayor / V y última

Fiscalía especial: un balance

Concluyo con esta entrega las entrevistas realizadas tanto el día 4 de abril con José Sotelo Marbán, director del Proyecto de Investigación Histórica de la Fiscalía Especial para Movimientos Sociales y Políticos del Pasado, como la del 6 de abril con Juan Carlos Sánchez Pontón, director general de Investigación Ministerial "A" de esa misma fiscalía especial.

Carlos Montemayor: ¿El Poder Judicial de la Federación ha comprendido la importancia de la fiscalía especial?

Juan Carlos Sánchez Pontón: No es fácil dar una respuesta única. Por ejemplo, en la consignación de la averiguación previa relativa a la agresión de la manifestación estudiantil y popular del 10 de junio de 1971 realizada por el grupo delictivo Los Halcones, la oficina del fiscal especial recurrió a todas la instancias jurídicas para cumplir con su función de procuración de justicia. No obstante, la magistrada Antonia Herlinda Velasco Villavicencio, titular del quinto tribunal unitario del primer circuito, negó las órdenes de aprehensión.

También se consignó la averiguación previa sobre la represión estudiantil y popular del 2 de octubre de 1968 y se solicitaron ocho órdenes de aprehensión en contra de ex funcionarios públicos por su probable responsabilidad en los delitos de genocidio y privación ilegal de la libertad, pero el juez decimoquinto de distrito de Procesos Penales Federales en el Distrito Federal negó la solicitud del Ministerio Público de la Federación limitándose a analizar los hechos ocurridos el 2 de octubre de 1968, cuando la represión gubernamental fue perpetrada por medio de conductas delictivas desplegadas antes, durante y después de esa fecha.

Le doy otro ejemplo. El juez reconoce que no ha operado la prescripción respecto del inculpado Luis Echeverría Alvarez por haberse interrumpido la misma dada la inmunidad que le otorgaba haber gozado del fuero constitucional hasta el 30 de noviembre de 1976. Pero al querer ajustarse a la resolución de la primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación sobre los hechos del 10 de junio de 1971, olvidó que se trataba de asuntos y casos evidentemente distintos. A la par de la consignación realizada por genocidio, el Ministerio Público de la Federación ejercitó acción penal por el delito de privación ilegal de la libertad, en su modalidad de plagio o secuestro, cometido en agravio de Héctor Jaramillo Chávez.

Algo semejante podemos decir en este caso. El juez consideró que el cuerpo del delito había quedado plenamente acreditado, pero, en cambio, desechó los argumentos y elementos probatorios obrantes en la averiguación previa consignada, mediante los que se demostraba la probable responsabilidad.

C.M: ¿Podemos decir que había miedo o sólo inconsistencia procesal en los jueces?

JCSP: Yo diría que en estos casos hay irregularidades manifiestas.

C.M: ¿Y respecto a la Suprema Corte de Justicia de la Nación?

JCSP: Por ejemplo, si enlistara los resultados principales de la oficina del fiscal especial de enero de 2004 a abril de 2006, pondría entre los tres primeros a los relacionados con los resultados favorables obtenidos precisamente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

C.M: ¿A cuáles tres resultados principales se refiere exactamente?

JCSP: Mire, primero se obtuvieron resultados favorables de la Suprema Corte de Justicia de la Nación sobre el cómputo correcto, conforme a derecho, del delito de privación ilegal de la libertad o desaparición forzada; esto permite procesar a todos los responsables de la llamada guerra sucia, sin la taxativa de la prescripción, puesto que ésta no comienza sino a partir del momento en que se conoce el paradero de la víctima o cuando ésta recobra su libertad.

Segundo, se obtuvo que la Suprema Corte de Justicia ejercitara su facultad de atracción para resolver sobre la no prescripción del delito de genocidio. Esta instancia dictaminó que la acción penal por el delito de genocidio no había prescrito para el ex presidente Luis Echeverría Alvarez y el ex secretario de Gobernación Mario Moya Palencia, en razón del periodo durante el que gozaron de inmunidad y fuero.

C.M: ¿Y el tercer resultado?

JCSP: Claro, el otro es el informe histórico a la sociedad mexicana, que permitirá conocer pormenorizadamente los abusos del poder autoritario y sus crímenes contra los integrantes de movimientos sociales y políticos del pasado y sus familias. Constituye un elemento fundamental para continuar el procesamiento de los responsables.

C.M: Pero no todo ha ido bien con los jueces de distrito, pues.

JCSP: No, en efecto.

C.M: Quisiera preguntarle algo sobre el Jueves de Corpus que quizás le parezca ajeno a nuestro tema.

JCSP: Lo escucho.

C.M: Sé que Alfonso Martínez Domínguez se negó a declarar, por motivos de salud y bajo el amparo del artículo 20 constitucional, en la primera diligencia que la fiscalía especial sostuvo con él en el hospital Muguerza de la ciudad de Monterrey. En la segunda diligencia, efectuada el día 3 de septiembre del año 2002 en su domicilio, en su propia recámara, rindió una declaración que nada aportó al conocimiento de los hechos sangrientos del 10 de junio de 1971. Sin embargo, al terminar su declaración ministerial, cuando el técnico que grababa en video apagó el equipo, Alfonso Martínez Domínguez aseguró en voz audible para todos los que se hallaban en la habitación lo mismo que había dicho décadas atrás a Heberto Castillo: "El culpable fue Echeverría", repitió. "El fue el culpable".

JCSP: No lo sé.

C.M: ¿No lo sabe legalmente o no lo sabe históricamente?

JCSP: No me tocó asistir a esa declaración ministerial. Así que no lo sé. Pero la historia es compleja. Me refiero al pasado.

C.M: De eso seguimos hablando aún, de ese pasado.

JCSP: Y por eso se creó la fiscalía especial, así es.

C.M: Y al parecer por razones del mismo pasado pretenden desaparecerla.

JCSP: Espero que no sea así.

Una o dos semanas después de esta entrevista, preparando las notas para una producción del canalseisdejulio, leí varios documentos desclasificados del gobierno de Estados Unidos correspondientes a 1971. Me refiero a casi 40 informes que el entonces embajador estadunidense en México, Robert McBride, envió ese año a las oficinas centrales en Washington del Departamento de Estado. El primer documento refiere que el "new mexican fonmin Rabasa telephoned ambassador to request USG assistance in arranging for a special observation and training program for selected mexicans in police work and crowd control... Embassy was visited yesterday (January 4) by colonel Manuel Díaz Escobar Figueroa and capitán Rogelio Flores Berrones to discuss this program.

"Díaz Escobar said that group would be interested in learning as much as possible about all phases of metropolitan police activity. Although he showed special interest in crowd control, dealing with student demonstrations, and riots. They would also be interested in training in physical defensive tactics and hand to hand combat.

"According to Embassy information, Díaz Escobar is a colonel in Mexican army, and, among other things, is also currently in charge of a group of individuals known as the Halcones." (Rabasa, el nuevo ministro mexicano del exterior, telefoneó al embajador solicitando al gobierno de Estados Unidos ayuda para diseñar un programa especial teórico y de entrenamiento para un grupo selecto de mexicanos en tareas policiacas y control de multitudes... Visitaron ayer (enero 4) la embajada el coronel Manuel Díaz Escobar Figueroa y el capitán Rogelio Flores Berrones para discutir el programa. Díaz Escobar dijo que el grupo se interesaría en aprender cuanto fuera posible acerca de todas las facetas de la actividad de la policía metropolitana. Aunque mostró especial interés en el control de masas, particularmente en relación con manifestaciones estudiantiles y motines. Se interesan también en el entrenamiento de técnicas de defensa personal y combate cuerpo a cuerpo. De acuerdo con información de la embajada, Díaz Escobar es un coronel del Ejército Mexicano y, entre otras cosas, está actualmente a cargo de un grupo de individuos conocidos como Los Halcones.)

A continuación, el embajador McBride enlista los grupos que Díaz Escobar desea que se entrenen en Estados Unidos para que a su regreso a México se les ubique en "posiciones importantes".

Según la embajada, tales "posiciones" serían: (... possibly for later assignment to police department or possibly as sub chiefs of Halcones). Group is entirely outside regular federal district police department and their ages would indicate that these men might be used to lead and train the Halcones." ([... posiblemente para más tarde asignarlos al departamento de policía o posiblemente como subjefes de Los Halcones]. El grupo está absolutamente fuera del departamento regular de policía del Distrito Federal y sus edades indicarían que estos individuos podrían ser usados para dirigir y entrenar a los Halcones.)

Muchos meses después, en octubre del mismo año de 1971, los sucesos sangrientos del Jueves de Corpus están vivos en la preocupación del embajador McBride. Dice: "Foreign secretary Rabasa discussed with me yesterday subject of mexican police training in United States. He was quite relaxed about possibility of connecting this training with events of june 10. He said that of course it would be unfortunate if this subject were again raised in the press.

"Rabasa said that both he and president Echeverria were fully aware of the nature of our police training program and of course continued to recognize that sending Mexican students there had been as the result of Mexican initiative." (El secretario del exterior Rabasa trató conmigo ayer el tema de la policía mexicana entrenada en Estados Unidos. El está totalmente despreocupado sobre la posibilidad de que conecten este entrenamiento con los acontecimientos del 10 de junio. Dijo que por supuesto sería desafortunado que el tema surgiera de nuevo en la prensa. Rabasa afirmó que tanto él como el presidente Echeverría estaban totalmente conscientes de la naturaleza de nuestro programa de entrenamiento policial y que por supuesto siguen reconociendo que el envío de estudiantes mexicanos ha sido resultado de la iniciativa mexicana.)

Con documentos desclasificados como éstos, el pasado no es algo que se detenga fácilmente, aunque estamos en México y a merced de nuestros políticos. La investigación que prometió Luis Echeverría a la sociedad mexicana sobre la masacre del 10 de junio de 1971, horas después de consumados los hechos, era en verdad más sencilla de lo que parecía. Hubiera bastado con abrir sus propios archivos y dar seguimiento a las instrucciones que él mismo dio al canciller de su gabinete y al coronel Manuel Díaz Escobar Figueroa. Esta investigación, a lo que parece, ahora es cada vez más factible, aunque para ello (y para éste y muchos otros temas) la administración foxista tenga primero que despedir a los historiadores de la fiscalía especial (el 29 de abril me informó telefónicamente José Sotelo Marbán que su contrato en la fiscalía especial terminaba al día siguiente y que un día antes le pidieron que entregara la oficina y documentos de la investigación que estaban bajo su responsabilidad) y después quizás proceder a cerrar la fiscalía misma.


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