Usted está aquí: sábado 1 de abril de 2006 Política La reforma, violatoria de las garantías fundamentales, señalan activistas

Se contravienen varios artículos de la Convención Americana sobre Derechos Humanos

La reforma, violatoria de las garantías fundamentales, señalan activistas

La concentración de medios en pocas manos amenaza la libre expresión de ideas, señalan

EMIR OLIVARES ALONSO

La minuta de las leyes federales de Radio y Televisión y de Telecomunicaciones, aprobadas el jueves en el Senado de la República, viola los artículos primero, fracción uno; segundo y 13, fracción tres, de la Convención Americana sobre Derechos Humanos -a la que México se adhirió en 1982-, indicó Fabián Sánchez, presidente de la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos.

Agregó que esas modificaciones contravienen, además, otros acuerdos internacionales firmados por el Estado mexicano, como el artículo 19, fracción segunda, del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos -signado en 1981-, y el punto número 12 de la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión, documento que todos los países integrantes de la Organización de Estados Americanos (OEA), entre ellos México, "están obligados a cumplir".

La aprobación de la llamada ley Televisa transgrede en principio, dijo, la fracción tres del artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, la cual se refiere a la libertad de pensamiento y expresión. El texto enmarca lo siguiente: "No se puede restringir el derecho de expresión por vías o medios indirectos (...) de frecuencias radioeléctricas, o de enseres y aparatos usados en la difusión de información o por cualesquiera otros medios encaminados a impedir la comunicación y la circulación de ideas y opiniones".

Estableció que al violentar ese punto con las reformas aprobadas por el Senado, el Estado mexicano estaría transgrediendo la fracción primera del artículo uno de esa convención, que obliga al gobierno de nuestro país a cumplir con lo establecido en dicho documento. Además del artículo dos de ese tratado internacional, que exhorta a los gobiernos adheridos a la OEA que de no tener garantizados dichos derechos en su legislación, los adopte en sus leyes internas.

En tanto, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de la Organización de Naciones Unidas refiere en el artículo 19, inciso dos, que "toda persona tiene derecho a la libertad de expresión; este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección".

Otro de los tratados internacionales que contravienen las modificaciones aprobadas a la Ley Federal de Radio y Televisión -la cual aglutinaría las concesiones en unas cuantas manos-, es el punto número 12 de la Declaración de Principios Sobre Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

Dicho párrafo establece que los monopolios u oligopolios que posean y controlen medios de comunicación "deben estar sujetos a leyes antimonopólicas por cuando conspiran contra la democracia al restringir la pluralidad y diversidad que asegura el pleno ejercicio del derecho a la información de los ciudadanos. En ningún caso esas leyes deben ser exclusivas para los medios de comunicación. Las asignaciones de radio y televisión deben considerar criterios democráticos que garanticen una igualdad de oportunidades para todos los individuos en el acceso a los mismos".

 
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