Usted está aquí: lunes 21 de noviembre de 2005 Sociedad y Justicia Pemex pide amparo contra ley sobre desechos tóxicos

Esgrime que carece de recursos para acatar la norma

Pemex pide amparo contra ley sobre desechos tóxicos

Tras intenso cabildeo de la paraestatal, ministros de la segunda sala deciden remitir la solicitud al pleno

JESUS ARANDA

Petróleos Mexicanos interpuso un amparo ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) con el fin de no acatar la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de Residuos, con el argumento de que cumplir con esa normatividad le costaría mil millones de dólares al menos.

La paraestatal convenció al menos a tres ministros de la segunda sala de que no apoyaran el proyecto de dictamen elaborado por el ministro Genaro Góngora Pimentel, quien negaba el amparo a la quejosa.

Góngora Pimentel apoyó la propuesta de Juan Díaz Romero de enviar el asunto al pleno, para que el tema sea nuevamente analizado, pero ahora por los 11 ministros.

Trascendió que ante el reciente cabildeo que llevaron a cabo los abogados de Pemex entre los cinco ministros que integran la segunda sala del máximo tribunal -antes de que se resolviera hace unos días, en sesión privada, enviar el expediente al pleno-, Góngora Pimentel argumentó que, al igual que sus compañeros, está dispuesto a colaborar en el crecimiento y fortalecimiento de la empresa petrolera nacional, pero que ésta debe cumplir con la protección al medio ambiente.

En este contexto, de acuerdo con informes y documentos analizados por los ministros, Pemex se ha convertido en la empresa más contaminante del país y, pese a ello, se niega a acatar la ley de manejo de residuos peligrosos, entre ellos los lodos de perforación base aceite, provenientes de la extracción del petróleo.

El amparo en revisión -1398/2005- fue interpuesto por Pemex Exploración y Producción ante la SCJN en contra del artículo 31, fracción XI, de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de Residuos, publicada el 8 de octubre de 2003 en el Diario Oficial, la cual se refiere al manejo de contaminantes.

El citado artículo señala: ''Estarán sujetos a un plan de manejo los siguientes residuos peligrosos, y los productos usados, caducos, retirados del comercio o que se desechen y que estén clasificados como tales en la norma oficial mexicana correspondiente'', y en su fracción XI precisa que "lodos de perforación de base aceite, provenientes de la extracción de combustibles fósiles (petróleo) y lodos provenientes de plantas de tratamientos de aguas residuales'' se incluirán en esta normatividad ''cuando sean considerados peligrosos".

De acuerdo con esta ley, Pemex está obligada a implantar un plan de manejo de los lodos de perforación base aceite que produce la extracción de petróleo.

La paraestatal argumenta que los lodos de perforación base aceite no deben ser considerados residuos peligrosos, por lo que el manejo de dichos desechos se debe realizar en forma menos rigurosa y, por tanto, más económica.

En la misma demanda, Pemex impugnó el oficio DGGIMAR.710/0000006 del 23 de enero de 2004, elaborado por la Semarnat, en el que instruye a la paraestatal en la forma en que deben manejarse los residuos peligrosos que provienen de los pozos petroleros.

Góngora Pimentel planteaba la negativa del amparo luego de que no aceptó los alegatos de Pemex de que la ley referida se contrapone con otras leyes ambientales y, por tanto, es inconstitucional.

El ministro señala que la Corte analiza cuando una ley se opone a la Constitución, pero no cuando normas secundarias se contraponen entre sí. Por esa razón negó el amparo.

En cuanto a la peligrosidad de los lodos, el proyecto rechaza la argumentación de Pemex de que la ley se refiere exclusivamente como residuos peligrosos a los materiales que provienen del tratamiento de aguas residuales y que no tiene que ver con los lodos de perforación base aceite, lo cual -desde el punto de vista del ministro ponente- es incorrecto.

Además consideró que los sólidos resultantes de la extracción de crudo (llamados recortes de perforación) en los que se utilicen lodos de perforación base aceite, si bien la ley no los clasifica como residuos peligrosos, la Semarnat y la ley cuestionada consideran que entran en contacto íntimo y en mezcla entrecruzada con los lodos que la normatividad considera residuos peligrosos, por lo que también son peligrosos y deben manejarse como tales.

Más allá de los tecnicismos esgrimidos por Pemex para no cumplir la ley impugnada, sus abogados hicieron ver a los cinco ministros de la segunda sala que no cuenta con los recursos económicos para instaurar la norma, porque ello implicaría a la empresa un gasto -al menos en una primera etapa- de mil millones de dólares.

Los ministros Guillermo I. Ortiz Mayagoitia, Margarita Beatriz Luna Ramos y Sergio Salvador Aguirre Anguiano se opusieron al proyecto de Góngora Pimentel, por lo que éste aceptó gustoso la propuesta de Juan Díaz Romero de turnar el caso al pleno.

 
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