Usted está aquí: miércoles 16 de noviembre de 2005 Capital Aprueban diputados reformas para evitar confesión bajo tortura

Aprueban diputados reformas para evitar confesión bajo tortura

RAUL LLANOS Y GABRIELA ROMERO

La Asamblea Legislativa aprobó ayer reformas tanto al Código Penal como a la Ley de Ejecución de Sentencias, ambas del Distrito Federal, que están enfocadas a combatir la práctica de la tortura y atenuar el hacinamiento en las cárceles de esta ciudad.

El presidente de la Comisión de Administración y Procuración de Justicia de la ALDF, Alfredo Hernández Raigosa, presentó y argumentó en tribuna las mencionadas modificaciones, que al momento de ser votadas en lo general recibieron el voto favorable de los diputados de PRD, PAN, PRI y PVEM.

En lo que se refiere a las reformas al Código Penal, los representantes populares establecieron que ninguna confesión o información que haya sido obtenida mediante tortura se tomará como prueba y se reconocerá como inocente al sentenciado cuando compruebe que la confesión se obtuvo por este mecanismo.

También, se sancionará con prisión de uno a tres años y de 50 a 200 días de multa y trabajo en favor de la comunidad a quienes provoquen o inciten al odio o la violencia, nieguen un servicio o prestación a quien tenga derecho, nieguen o restrinjan derechos laborales.

Mientras que a los servidores públicos que nieguen o retarden un trámite, servicio o prestación al que un ciudadano tenga derecho, se le aumentará en una mitad la pena prevista, además de destituirlo e inhabilitarlo para el desempeño de cualquier cargo, empleo o comisión públicos.

Respecto de la Ley de Ejecución de Sanciones Penales, se avaló que el tratamiento en externación se otorgue a los sentenciados que al menos hayan cumplido un año de la pena privativa de libertad impuesta y cuando cubra o garantice en su totalidad la reparación del daño o de manera proporcional, cuando haya sido condenado en forma solidaria y mancomunada y sea determinada la reparación.

En cuanto al beneficio de libertad anticipada, el artículo 42 señala que se negará a quienes hayan cometido homicidio calificado, inseminación artificial, desaparición forzada de personas, violación, secuestro, pornografía infantil, asociación delictuosa y delincuencia organizada, así como la tortura, entre otros.

 
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