Usted está aquí: sábado 5 de noviembre de 2005 Política Recurso de PGR contra traslado de El Chapito

No es un privilegio, señalan fuentes judiciales; no se puede juzgar al hijo por delitos del padre

Recurso de PGR contra traslado de El Chapito

ALFREDO MENDEZ ORTIZ

La Procuraduría General de la República (PGR) interpuso el último recurso jurídico con que cuenta para frenar el traslado de Archivaldo Iván Guzmán Salazar, El Chapito, hijo del presunto narcotraficante Joaquín El Chapo Guzmán Loera, del penal de máxima seguridad de La Palma, ubicado en el estado de México, al Reclusorio Preventivo Norte, del Distrito Federal.

La dependencia, por medio de su agente del Ministerio Público Federal (MPF) adscrito al juzgado primero de distrito en materia penal, con sede en el Reclusorio Norte, presentó ayer un recurso de revocación del acuerdo del juez José Reynoso Castillo, titular de ese órgano jurisdiccional.

Funcionarios del Poder Judicial Federal (PJF), que pidieron el anonimato, indicaron que el juez Reynoso, con plena facultad de jurisdicción y con base en el reglamento de la Dirección General de Prevención y Readaptación Social (DGPRS) de la Secretaría de Seguridad Pública federal, ordenó a las autoridades federales que a más tardar en un plazo de cinco días -que vencen el próximo jueves- el inculpado sea cambiado de centro penitenciario.

Precisaron que el acuerdo del juzgador no es un amparo ni representa un beneficio de ley a favor de El Chapito, como dio a conocer ayer Alejandro Encinas, jefe de Gobierno capitalino, simplemente porque no se trata de un juez de control constitucional, sino de procesos penales federales, que está impedido legalmente para conceder amparos.

"Se trata de un acto estrictamente jurídico, apegado a lo que establece el artículo 12 del reglamento de la DGPRS. De ninguna manera es un privilegio. Si la autoridad quiere que se prejuzgue a un inculpado por los delitos que haya cometido su padre, eso sí sería un acto ilegal e inconstitucional", puntualizó uno de los funcionarios consultados.

El artículo 12 del reglamento de la DGPRS ordena que cualquier indiciado sólo podrá ser ingresado a un penal de máxima seguridad cuando "de conformidad con el estudio de personalidad que le practique la DGPRS, no manifieste signos o síntomas sicóticos, y además reúna las características establecidas en el instructivo para el manejo de datos del perfil clínico-criminológico del interno, para este tipo de centros carcelarios".

En el caso de El Chapito, los peritajes de sicología y criminalística salieron negativos, es decir, que no fue considerado un reo de máxima peligrosidad.

Otro servidor público del PJF indicó que las autoridades capitalinas carecen de facultades para interponer alguna queja en el Consejo de la Judicatura Federal contra el juez Reynoso, ya que únicamente la PGR puede recurrir al órgano disciplinario de los jueces federales.

La inconformidad de la PGR será resuelta en las próximas horas por el propio impartidor de justicia, por lo que se prevé que la autoridad judicial deseche el recurso del MPF y confirme su determinación.

El hijo de Joaquín El Chapo Guzmán Loera enfrenta actualmente un proceso penal en el juzgado primero de distrito del Reclusorio Norte, por su presunta responsabilidad en el delito de lavado de dinero.

 
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