Usted está aquí: viernes 24 de junio de 2005 Estados También el TEPJF exculpa a funcionarios mexiquenses

Convalida contrato dudoso por cercanía de los comicios

También el TEPJF exculpa a funcionarios mexiquenses

Desecha recursos de las coaliciones rivales al tricolor

ALONSO URRUTIA

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ratificó la resolución 50 de su homólogo mexiquense y confirmó así el contrato celebrado por el Instituto Electoral del Estado de México (IEEM) con la empresa Cartonera Plástica, para que ésta se encargue de elaborar el material electoral a utilizarse el próximo 3 de julio. Con ello se ratifica también que no hay elementos para sancionar a funcionarios del órgano electoral local.

Con inconformidades de Alfonsina Navarro y Alejandro Luna Ramos, quienes cuestionaban que el TEPJF haya entrado a discutir el fondo del asunto cuando se trataba de un caso que no incidía en los resultados electorales, los magistrados ratificaron el argumento de la autoridad local sustentado en lo avanzado del proceso electoral y la cercanía de los comicios.

Los magistrados desecharon los recursos de las coaliciones PAN-Convergencia y Unidos para Ganar (PRD-PT), que demandaban la nulidad del contrato para proceder a una adjudicación directa a otra empresa. Con ello ratificaron la legalidad de la resolución del tribunal local.

El escándalo desatado por las sospechas de corrupción en el otorgamiento del contrato en cuestión provocó en su momento la disolución del anterior Consejo General del IEEM y la integración de uno nuevo hacia finales de mayo, casi a la mitad de la contienda. Sin embargo, en la resolución del TEE confirmada este jueves no hay fundamentos que permitan la aplicación de sanciones a los funcionarios involucrados en el asunto.

Por otra parte, el TEPJF también desechó un recurso interpuesto por PAN-Convergencia contra la presunta desviación de recursos públicos del gobierno del estado para el candidato de PRI-PVEM, Enrique Peña Nieto, al considerar que el acto impugnado "no resulta definitivo o firme". Esto es, "no opera la plenitud de jurisdicción que invoca la coalición, porque no se han realizado las actividades legales que corresponden al órgano que debe emitir el acto reclamado".

Finalmente, el tribunal federal también confirmó el fallo del Consejo Estatal Electoral de Nayarit que dejó sin efecto la multa impuesta al PRI por presuntos actos anticipados de campaña con miras a los comicios para gobernador del próximo 3 de julio.

 
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