Usted está aquí: martes 19 de abril de 2005 Política Juristas: no hay impedimento para que López Obrador regrese al GDF

Incurriría en responsabilidades penales, insiste el subprocurador Vega Memije

Juristas: no hay impedimento para que López Obrador regrese al GDF

ALFREDO MENDEZ Y KARINA AVILES

Si Andrés Manuel López Obrador retoma sus funciones como jefe de Gobierno del Distrito Federal incurriría en responsabilidades de tipo penal, ya que el pasado 7 de abril fue desaforado y destituido del cargo, de acuerdo con la normatividad establecida por el artículo 28 de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, advirtió ayer la Procuraduría General de la República (PGR), tras difundir un comunicado de prensa con la postura jurídica de Carlos Javier Vega Memije, subprocurador de Investigación Especializada en Delitos Federales de la dependencia.

Según el funcionario, si López Obrador regresa a despachar a sus oficinas "la PGR podría actuar dentro de sus facultades y competencia promoviendo ante un juez que se libre una orden de aprehensión".

No obstante, fuentes de la dependencia consultadas precisaron que aun cuando López Obrador retomara sus funciones como servidor público, y por ello incurriera en el presunto delito de usurpación de funciones, correspondería a la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal (PGJDF), no a la PGR, iniciar "de oficio" la averiguación previa respectiva para determinar si procede el ejercicio de la acción penal en contra del perredista.

En tanto, diversos juristas consultados por La Jornada coincidieron en que no hay ningún impedimento legal para que López Obrador continúe al frente de la jefatura de Gobierno capitalina hasta que un juez federal no lo deje sujeto a proceso por su probable responsabilidad en un desacato judicial, tal como establecen el artículo 111 constitucional y el dictamen con el que la Cámara de Diputados desaforó al mandatario.

Para los litigantes consultados López Obrador no incurriría en ningún delito por el hecho de continuar despachando como funcionario público. Refirieron que si el Ministerio Público de la Federación inicia de oficio una averiguación previa en su contra por el delito de usurpación de funciones, "sería una clara muestra de que la PGR actúa al margen de la Constitución".

El penalista Alberto Bazbaz Sacal indicó que la que sí está incurriendo en responsabilidades penales y administrativas es la PGR, ya que "está obligada a consignar de inmediato (el expediente del caso El Encino), pues ya no tiene que investigar nada, porque todo el aspecto del proceso de desafuero se dio debido a que la procuraduría había determinado el ejercicio de la acción penal, y si ahora detiene la consignación es porque no conoce la ley o la quiere utilizar a su contentillo" en contra del jefe de Gobierno.

Refirió que el hecho de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación tenga pendiente la resolución de dos controversias constitucionales relacionadas con el caso del desafuero de López Obrador no es pretexto para que el subprocurador Vega Memije detenga la consignación penal. "Ese pretexto es una payasada. La PGR no puede detener la consignación porque la Corte no otorgó ningún tipo de suspensión a las partes. Ahora el subprocudador (Vega Memije) no tiene que estudiar ni analizar ni esperarse a nada. Ya hay una determinación de ejercicio de la acción penal que no es susceptible de suspensión por ningún tribunal", puntualizó el litigante.

Eduardo Miranda Esquivel, presidente de la Unión de Juristas de México, refirió que el asunto del desafuero "se está complicando jurídicamente y esto, a mediano o largo plazos, podría significar que en el juego político las cosas salgan desfavorablemente en función de que hay un contubernio de poderes de Estado en contra del gobierno de la ciudad".

Agregó que la Cámara de Diputados no tenía facultades para acordar o determinar la destitución del jefe de Gobierno, porque "en todo caso esto tendría que darse a partir de la resolución que dictase un juez dentro del plazo constitucional para resolver la situación jurídica de López Obrador por el presunto desacato judicial (en que incurrió), y en uno de los resolutivos tendría que señalar que sería separado del cargo y suspendido de sus derechos políticos. Por tanto, ahora no se encuentra separado del puesto".

Indicó que "la situación del cargo del jefe de Gobierno queda subjudice, y en tanto no haya una determinación que efectivamente lo separe del cargo no estaría en ese supuesto (...). Ahora, de que la PGR le puede inventar el delito de usurpación de funciones, puede darse el caso, pero de ahí a que esto prospere, se acredite e integre el delito, pues a va a ser muy difícil".

Lorenzo Córdoba, experto en derecho constitucional, reiteró que el artículo 111 de la Carta Magna está por encima del artículo 28 de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos que invoca la PGR para evitar que López Obrador pueda regresar a ejercer sus funciones como jefe de Gobierno, por lo que éste puede ampararse o presentar una controversia constitucional en caso de que la procuraduría levante un cargo en su contra por usurpación de funciones.

El especialista, miembro del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, indicó a la PGR que el estado de derecho es "mucho más amplio que la aplicación ciega de la ley". Manifestó que la campaña lanzada por el gobierno federal en la materia no promueve el estado de derecho, sino el estado de leyes, el cual parte de que la norma "tiene la verdad y es incontrovertible.

"Pero también el régimen nazi fue un estado de leyes. También las dictaduras militares son estado de leyes y no por eso podemos pretender que sean ejemplos históricos", subrayó.

Julio Hernández Pliego, abogado procesalista, aseguró que aunque el caso del desafuero "es un asunto que está sujeto a diversas interpretaciones de la ley, como están las cosas, si el jefe de Gobierno capitalino reasume el cargo la PGR no tendría elementos para acreditarle el delito de usurpación de funciones, porque la Corte aún no define la interpretación que debe darse en esa disposición constitucional (artículo 111 de la Carta Magna); aunque considero que López Obrador está bien asesorado jurídicamente y debe retomar su cargo hasta en tanto no esté sujeto a proceso penal".

Por su parte, en la mesa Después del desafuero qué, organizada en la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales de la UNAM, José Fernández Santillán, asesor político de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, expresó que al aprobarse la declaración de procedencia lo que resta es desenmascarar la estructura de poder construida por la familia tecnocrática, que incluso "es capaz de asesinar al que considere una amenaza para sus intereses económicos y políticos ".

López Obrador es un gobernante legítimamente electo y hoy "se usa una legalidad de fachada para desbancarlo de su puesto. Lo que han hecho estos bárbaros es romper el vínculo entre legitimidad y legalidad", destacó.

 
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