Usted está aquí: viernes 1 de abril de 2005 Política Apoya el IFAI reformas para transparentar los fideicomisos

Con las modificaciones se evitarán ambigüedades, señala

Apoya el IFAI reformas para transparentar los fideicomisos

Tras manifestar su beneplácito por las reformas aprobadas a la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, el Instituto Federal de Acceso a la Información Pública (IFAI) indicó que las modificaciones se aplicarán a cualquier órgano del Estado que preste servicios públicos, esté dotado de atribuciones de autoridad o reciba recursos públicos federales.

Además se precisa el concepto de recursos públicos federales de manera amplia, con el propósito de evitar ambigüedades en su interpretación y promover el acceso a la información sobre la aplicación de los mismos, y se refuerza el principio de publicidad al ser aplicable no solamente para la interpretación de la ley correspondiente, sino también al procesamiento, administración, archivo y resguardo de la información gubernamental.

En un comunicado, el IFAI destaca que las reformas, que recogen en gran medida los criterios expedidos por ese instituto mediante lineamientos y resoluciones de recursos de revisión le dan mayor claridad y eficacia al derecho de acceso a la información pública.

Asimismo, refiere que al clarificarse las obligaciones de transparencia existentes en la ley se incluyen nuevas obligaciones para que se dé a conocer información sobre los siguientes asuntos: montos recibidos por concepto de multas, recargos, cuotas, depósitos y fianzas; fideicomisos y fondos integrados con fondos públicos, mandatos, financiamiento público, aportaciones, patrocinios, copatrocinios, subsidios o subvenciones privadas; minutas y actas de las juntas, reuniones o asambleas que con carácter público y en relación con el objeto de la ley celebren los sujetos obligados, e inventarios en general, cuestión relevante cuando el Estado es uno de los principales compradores en los mercados.

Requisitos para clasificar información

Destaca además que los sujetos obligados que sean fideicomitentes (aportantes) o fideicomisarios (beneficiarios) de fideicomisos públicos o titulares de operaciones bancarias (cuentahabientes) o fiscales (contribuyentes) que involucren recursos públicos federales, no podrán clasificar la información relativa al ejercicio de dichos recursos.

En lo relativo a los secretos comercial, industrial, fiscal, bancario y fiduciario, se aplicarán únicamente cuando se trate de personas distintas de los sujetos obligados, es decir, cuando los titulares de tal información sean individuos o personas morales del sector privado o social.

Elizabeth Velasco C

 
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