Usted está aquí: viernes 4 de marzo de 2005 Política La Corte da entrada a objeciones de la IP al uso de cuotas obrero-patronales

Empresarios rechazan que el Seguro Social destine esos fondos al pago de pensiones

La Corte da entrada a objeciones de la IP al uso de cuotas obrero-patronales

JESUS ARANDA

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dio entrada a una docena de juicios de amparo, de los más de 400 que se han presentado a nivel nacional, en contra de la reforma parcial a la Ley del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), en los que empresarios impugnan que las cuotas obrero-patronales sean utilizadas para pagar pensiones y jubilaciones de los trabajadores de la institución en lugar de destinarlas al gasto social.

Asimismo, demandan que el organismo dé a conocer el destino de las reservas acumuladas existentes hasta el 11 de agosto del año pasado, cuando entró en vigor la nueva legislación, la cual "se olvida de establecer los mecanismos adecuados y necesarios para la debida aplicación de lo recaudado en un fondo especial por concepto de cuotas de seguridad al gasto público", según consta en una de las quejas admitidas por el máximo tribunal.

El recurso ante la SCJN reclama la discusión, la aprobación y la expedición de la reforma a los artículos 227 D, 286 K y el segundo transitorio de la Ley del Seguro Social, publicada en el Diario Oficial el 11 de agosto de 2004, que tiene que ver con el sistema impositivo de esas cuotas.

Añade el documento que, al entrar en vigor la nueva legislación, el IMSS creó el Fondo para el Cumplimiento de Obligaciones Laborales de Carácter Legal o Contractual, destinado a pensiones y jubilaciones de sus trabajadores; pero la reforma estableció en su artículo 286 K que el organismo manejará el citado fondo, aunque éste deberá registrarse en forma separada en la contabilidad del organismo, estableciendo para ello una cuenta especial.

Sin embargo, el artículo segundo transitorio de la reforma señala que los trabajadores del IMSS en activo y retirados "seguirán gozando de los beneficios otorgados por el régimen de jubilaciones y pensiones, y contribuyendo a dicho régimen en los términos" existentes "hasta antes del decreto de reforma, para lo cual el instituto aportará recursos de su presupuesto, con cargo a cuotas, contribuciones y aportaciones que reciba".

Es decir, "el nuevo fondo", que tiene el objetivo de contar con recursos para la jubilación de sus trabajadores de confianza que entren a partir del 11 de agosto de 2004, se integrará con cuotas obrero-patronales, las cuales legalmente deben destinarse a otro propósito, que es la seguridad social.

Según los denunciantes, resulta inconstitucional que el IMSS utilice para el pago de sus obligaciones contractuales dinero destinado a la seguridad social.

 
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