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P O L I T I C A
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México D.F. Sábado 16 de octubre de 2004

DESFILADERO

Jaime Avilés

šYa Basta!

La sociedad puede proceder legalmente contra el gobierno federal y las televisoras involucradas en los audioescándalos

ALTO AL GOLPISMO. Después de declarar que a Carlos Ahumada no se le investiga por lavado de dinero, el "gobierno" de Vicente Fox presentó a Gustavo Ponce y se lo llevó a Almoloya como sospechoso precisamente de lavado de dinero. šAaah, mira, qué listos!

Después de robarle 9 mil millones de pesos a los habitantes de la ciudad de México, el mismo "gobierno" de Vicente Fox lanza los audioescándalos del Canal 40, "acusando" a los operadores políticos del Gobierno del Distrito Federal (GDF) de hablar por teléfono con los diputados del PRD que estaban tapando con una manta la tribuna del Palacio Legislativo de San Lázaro. šOooh, mira, qué sagaces!

Después de promover la estafa del Paraje San Juan, para obligar al GDF a pagar mil 800 millones de pesos a unos estafadores protegidos por Fox; después de aturdir al país entero con el "descubrimiento" de que Nico, el chofer de Andrés Manuel López Obrador, gana 60 mil pesos mensuales; después de construir el caso Ahumada-Ponce con videos grabados de manera clandestina para acusar de corrupto a López Obrador; después de integrar un expediente judicial plagado de aberraciones jurídicas para pedir el desafuero de López Obrador por la construcción de una calle inexistente, ahora el "gobierno" de Fox, con la desvergonzada complicidad de los medios electrónicos, pretende criminalizar tres llamadas telefónicas sin relevancia política, legal, moral o histórica alguna.

Después de tantas infamias, de convertir el estado de derecho en un establo de mulas, de insultar la inteligencia de la opinión pública día tras día con un sinfín de calumnias y atropellos, los ciudadanos comunes y corrientes creen -lo dicen en la calle, en los bares, en los taxis- que ha llegado el momento de decir šYa Basta!, y comenzar a obrar en consecuencia. Es hora de poner un hasta aquí, porque la fuerza de la razón y de las leyes que nos rigen está del lado del pueblo.

Pero no nos calentemos. Hay que examinar los hechos con la más serena objetividad, contestando un pequeño y sencillo cuestionario, para establecer quiénes son los verdaderos delincuentes y qué sanciones tiene previstas para ellos el Código Penal Federal.

Preguntas y respuestas


ƑEs un delito que los diputados tomen la tribuna de la Cámara para impedir que la mayoría apruebe una reforma constitucional abusiva, arbitraria y redactada con las patas? No, señoras y señores, no es un delito: es una práctica natural, además de legítima, propia de la vida parlamentaria. ƑEs un delito que los operadores políticos de un gobierno se comuniquen por teléfono con los diputados que representan a ese gobierno en el Congreso? Tampoco, señoras y señores, tampoco es un delito: es lo más lógico que pueden hacer.

Entonces, si en ninguno de los dos casos hay delito cometido contra el estado de derecho, Ƒde qué están acusando el "gobierno" de Fox y los medios electrónicos a los diputados y gobernantes del PRD? De nada, señores y señoras, absolutamente de nada. Ahora veamos el otro lado de la misma moneda.

ƑEs lícito escuchar y grabar conversaciones telefónicas de otras personas? Sí, pero únicamente cuando así lo autoriza por escrito un juez. ƑTienen valor jurídico los datos que se consiguen por medio de este procedimiento? Sí, cuando así lo haya ordenado un juez, y sólo en la investigación de delitos que tengan relación con el crimen organizado. ƑAlgún juez autorizó por escrito a la Secretaría de Gobernación o a la Procuraduría General de la República a escuchar y grabar las conversaciones telefónicas de Alejandro Encinas, Martí Batres, Alejandra Barrales, Carlos Reyes Gámiz, Dolores Padierna y René Bejarano? No, señoras y señores, ningún juez pudo haber ordenado semejante cosa, porque a ninguno de esos seis ciudadanos se les investiga por delitos que tengan que ver con el crimen organizado.

Por lo tanto, quienes ordenaron el espionaje telefónico en contra de esos seis ciudadanos, quienes lo llevaron a cabo y quienes lo difundieron a través de los medios electrónicos de comunicación masiva, cometieron no uno sino varios delitos que están tipificados en los artículos 177, 210 y 211 bis del Código Penal Federal. Leamos con detenimiento esos queridos, entrañables, maravillosos artículos:

"Artículo 177. A quien intervenga comunicaciones privadas sin mandato de autoridad judicial competente, se le aplicarán sanciones de seis a 12 años de prisión y de 300 a 600 días de multa."

"Artículo 210. Se impondrán de 30 a 200 jornadas de trabajo en favor de la comunidad al que sin justa causa, con perjuicio de alguien y sin consentimiento del que pueda resultar perjudicado, revele algún secreto o comunicación reservada que conoce o ha recibido con motivo de su empleo, cargo o puesto."

"Artículo 211 bis. A quien revele, divulgue o utilice indebidamente o en perjuicio de otro información o imágenes obtenidas en una intervención de comunicación privada se le aplicarán sanciones de seis a 12 años de prisión y de 300 a 600 días de multa."

Ante la majestad de la ley, violaron el artículo 177, en su calidad de presuntos responsables intelectuales, Santiago Creel Miranda, secretario de Gobernación y "jefe" de la política interior del país; Rafael Macedo de la Concha, titular de la Procuraduría General de la República y supuesto garante del cumplimiento de la ley, así como los ejecutores materiales de la operación.

Es claro que no existen evidencias de la participación de Creel y Macedo en la comisión del delito previsto por el artículo 177, pero una vez que el espionaje telefónico fue publicado por Canal 40, debieron ordenar una investigación inmediata y exhaustiva de los hechos; al no hacerlo, se convirtieron en cómplices de facto y en presuntos responsables de los mismos.

En el caso concreto del locutor amarillo que a través de Canal 40 dio a conocer material obtenido ilícitamente, es aplicable el artículo 210, ya que sin justa causa, con perjuicio de seis personas y sin el consentimiento de éstas, reveló comunicación reservada que pudo conocer con motivo de su empleo, cargo o puesto.

Pero tanto a Creel, Macedo y al locutor amarillo les caen de perlas, incómodas perlas, las sanciones previstas por el 211 bis, toda vez que utilizaron indebidamente y con la finalidad de perjudicar a otros información que fue obtenida por medios ilícitos. "ƑCuál es el bien jurídico que tutelan estos artículos?", me preguntó el especialista en derecho al que tuve el privilegio de consultar al respecto. Respondió: "El bien jurídico que tutelan esos artículos es la intimidad de las personas, por lo tanto, quienes incurrieron en la práctica y difusión del espionaje telefónico violaron asimismo las garantías individuales de las personas afectadas".

-ƑPueden los ciudadanos demandar a Creel, Macedo y quienes resulten responsables, aun cuando ellos, los ciudadanos, no hayan sido las víctimas del espionaje en este caso?

-No sólo pueden, sino que deben hacerlo. La difusión del espionaje se hizo para perjudicar en sus derechos políticos a los ciudadanos del Distrito Federal, ya que la intencionalidad del delito era desprestigiar al gobierno constitucional que ellos eligieron. Los ciudadanos del Distrito Federal están en todo su derecho de demandar penalmente a quienes aparecen tan claramente involucrados en este nuevo episodio del complot contra López Obrador, que es la finalidad última.

-Y no cree usted, licenciado -dije por último-, que ya entrados en gastos los capitalinos podrían exigir una reparación económica de 9 mil millones de pesos para compensar lo que intentan robarnos con la reforma al artículo 122 constitucional.

-La cantidad, aunque no es mala -replicó el jurista-, me parece lo de menos. Yo creo que cualquier abogado, incluso los que no están de acuerdo con López Obrador, deberían patrocinar esta demanda ciudadana únicamente por amor al derecho. Fox ha destruido completamente el estado de derecho en el país. Una demanda de esta índole, apoyada masivamente por la ciudadanía, podría ser muy benéfica para la salud pública de la nación. Debemos darnos cuenta de que todas las acciones emprendidas contra López Obrador no sólo son ilegales, sino que pueden y deben ser combatidas por la justicia.

Abajo caretas


A finales de junio, las televisoras convocaron a la ciudadanía a marchar contra la delincuencia organizada. Menos de tres meses después, esas mismas televisoras, a través del espionaje telefónico, establecen vínculos criminales con la propia delincuencia organizada. Si esto, además de paradójico, es condenable, es inaudito que en el caso de los audioescándalos de Canal 40 hayan tratado de engañarnos al magnificar sin mesura alguna una absoluta estupidez.

Si alguien aún tuviera dudas de que existe una conspiración criminal para derrocar a López Obrador, ahí están las declaraciones de Cecilia Romero y David Jiménez, senadores panistas, a quienes en su infinita anencefalia les gustaron los audioescándalos como pretexto suficiente para pedir, con base en argumentos jurídicos, la destitución directa de López Obrador, sin desafuero ni nada, por la vía rápida o fast track.

El 13 de agosto de 1521 cayó Tlatelolco bajo las armas de los invasores españoles. El 13 de septiembre de 1847 cayó el castillo de Chapultepec bajo las armas de los invasores yanquis. El 13 de octubre de 2004 cayó la máscara de quienes, por salir en televisión, fingían ser nuestros representantes morales.

šMuera el salinismo! šViva la República Mexicana!

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