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México D.F. Viernes 23 de julio de 2004

Endurecen penas para los delitos de homicidio calificado, secuestro y violación

Aprueba el Congreso modificaciones al Código Penal del estado de México

ISRAEL DAVILA Y SILVIA CHAVEZ CORRESPONSALES

Tepotzotlan, Mex., 22 de julio. El pleno del Congreso del estado de México aprobó hoy, en su sesión plenaria efectuada en este municipio, modificaciones al Código Penal de la entidad, encaminadas al endurecimiento de penas para quienes cometan homicidio calificado, secuestro, violación y robo, con sanciones que van hasta los 70 años de prisión si en la comisión de alguno de estos ilícitos se causa la muerte a la víctima.

Las modificaciones incluyen prohibir la intermediación de empresas negociadoras de secuestros, y establecen que se castigará hasta con 20 años de prisión a quien participe en esta actividad con fines de lucro.

Con estas reformas también se obliga a todas las empresas que prestan servicios de seguridad privada a registrarse ante el gobierno del estado, ya que de lo contrario caerían en el supuesto de la usurpación de funciones públicas, por lo que tendrían castigos de tres a ocho años de prisión y una multa de cien a mil días de salario mínimo.

Estas reformas, aprobadas en el museo del Virreinato, donde la legislatura mexiquense sesionó hoy, forman parte de los acuerdos signados en las reuniones de seguridad que se llevan a cabo ente autoridades de los nueve estados de la región centro del país, con el propósito de reducir la incidencia delictiva en esta entidad, considerada la más poblada de toda la nación.

Sobre el homicidio calificado, los diputados mexiquenses avalaron la propuesta del gobernador Arturo Montiel Rojas de incrementar la pena mínima de 20 a 40 años, y la máxima de 50 a 70 años.

En los casos donde se cometa un crimen contra un cónyuge, concubina, padres, hijos o familiares de primer grado se castigará con prisión de 40 a 70 años y con una multa de 700 a 5 mil días de salario mínimo.

También establecieron atenuantes para los casos de homicidio en violencia súbita o cuando el crimen sea producto de un duelo o riña.

Ambos serán castigados con prisión de cinco a 20 años.

En el caso de secuestro, que era sancionado con penas de 30 a 50 años de prisión, los diputados aprobaron la elevación de la pena hasta 70 años, sólo en el caso donde se cause la muerte a la víctima o un familiar del secuestrado.

También se estableció en el Código Penal una tabla de graduaciones para el secuestro. En los casos donde se deje espontáneamente a la víctima antes de 48 horas y sin cobrar rescate se impondrá un castigo de dos a seis años de prisión; a quien deje espontáneamente a la víctima antes de cinco días y sin lesiones, de tres a 10 años, y cuando se libere al secuestrado sin mediar rescate, pero la víctima presente lesiones que tarden más de 15 días en sanar y que no pongan en riesgo su vida, se le impondrá una pena de ocho a 20 años de prisión.

Al responsable o responsables de este ilícito que liberen a la víctima sin mediar rescate, pero hayan mutilado al secuestrado, se les impondrá una pena de 15 a 20 años de prisión, y cuando sean reincidentes de 30 a 60 años. El secuestro exprés no sufrió modificaciones, por lo que seguirá con una penalidad de 20 a 55 años de prisión.

En lo referente a la violación, la pena para el delito genérico se incrementa de 10 a 15 años de prisión, porque en la actualidad "la penalidad era irrisoria", al estar sancionado el delito con cinco a 11 años de prisión, que permitía la libertad bajo fianza. "Con esta modificación los violadores ya no podrán tener este beneficio", se indicó.

Se adicionó una fracción para estipular que en el delito de violación, cuando la víctima sea menor de 15 años o se trate de un familiar, se impondrán de 20 a 45 años de prisión, y se elevó la pena mínima a 35 años y la máxima hasta 60, cuando en la violación participen dos o más personas, pero en cualquier caso, si llegan a causar la muerte de la víctima las penas irán de 40 a 70 años de prisión y multas de 700 a 5 mil días de salario mínimo. Las modificaciones se suman a las aprobadas hace 15 días, cuando se cancelaron los beneficios preliberacionales y de fianzas a quienes cometan los delitos de robo a casas, secuestro, violación y homicidio calificado

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