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México D.F. Martes 25 de mayo de 2004

Magdalena Gómez

El golpe: fondo y forma

El gobierno federal decidió colocar al jefe de Gobierno del Distrito Federal, Andrés Manuel López Obrador, en una posición límite con el fin de provocar su exclusión de la contienda de 2006 y para ello armó un escenario jurídico en torno al presunto "desacato" a una resolución proveniente de un juicio de amparo.

Estos meses hemos dado cuenta de diversos conflictos y en todos se ha pretendido colocar al político tabasqueño en el centro con el objeto de que asuma el costo político y bajen sus índices de popularidad, lo cual no se ha logrado de manera sustantiva, pero en los hechos estamos viviendo el intento de impedir que sean las elecciones de 2006 el espacio donde se decida la Presidencia de la República: el gobierno federal, por conducto de la Procuraduría General de la República (PGR), que no tiene autonomía plena, ni jurídica ni política, en los hechos está afectando no sólo el derecho potencial del jefe de Gobierno capitalino " a ser votado", sino el de sectores de la ciudadanía que lo consideran, a su vez, destinatario del ejercicio futuro de su derecho al voto.

Cuando asesinaron a Colosio en 1994 costaba trabajo asumir el concepto "magnicidio", dado que se trataba de un candidato y no de un jefe de Estado; hoy vivimos escenarios de "golpe de Estado técnico", pues al mismo tiempo que se pretende dejar vacante la jefatura de Gobierno del Distrito Federal a su actual ocupante se le fincarían responsabilidades penales y para ello se solicita su desafuero. Con ello se hacen cálculos, y el tiempo que falta para la designación interna de candidatos en los partidos y su registro formal encontraría a López Obrador enfrascado en un juicio penal, en el caso de que sea desaforado, o bien sujeto a la espada de Damocles de la PGR en cuanto deje por cualquier motivo el cargo de jefe de Gobierno y con ello el fuero. Obviamente "el golpe" sugerido hubo de disfrazarse con ropaje jurídico porque toda la implicación política fue "mera coincidencia", según dicen los acusadores de la PGR.

Ya en los diversos medios se ha dado cuenta de las inconsistencias en el planteamiento acusatorio, aparte de las formales sobre el destinatario de la solicitud del desafuero, el tipo delictivo que se configuraría, cuya penalidad no está perfectamente definida; las imprecisiones respecto a los hechos mismos cuya verificación puntual acreditaría el cumplimiento de la suspensión en el juicio de amparo. También han opinado "los juristas", cuyos marcos positivistas otorgan a la norma secundaria, incluida la ley de amparo, implicaciones que omiten consideraciones constitucionales como las relativas a la garantía de la exacta aplicación de la ley. En su mayoría han dejado sembrada la especie de que la defensa del jefe de Gobierno entraña un llamado a la violación de la legalidad. Ninguna referencia al interés público, ninguna evocación sobre la cuestionable trayectoria judicial de la propiedad inmobiliaria en el Distrito Federal desde tiempos de la regencia.

Ante tales posturas debemos alertar sobre el riesgo que entraña la utilización retórica de categorías jurídicas con el objetivo de justificar decisiones de poder y, en última instancia, la defensa de intereses económicos de ciertos grupos.

La decisión de la PGR no se compadece del criterio de razonabilidad que debe preceder a la aplicación de la legalidad; al contrario, dejó de lado otras posibilidades jurídicas, inclusive la del no ejercicio de acción penal previa constatación de que las obras en el predio de El Encino están suspendidas como mandó el juez; también se alejó de la posibilidad de centrar su decisión en otras u otros funcionarios del gobierno de la ciudad bajo el argumento de que ellos se deslindaron. En ese caso, el jefe de Gobierno ha declarado que no cometió delito alguno, que no firmó ningún documento en contravención a la decisión del juez. ƑSe irían entonces contra el Presidente de la República?

Estamos sin duda ante una decisión arbitraria que no puede considerarse fundada en derecho por sus obvias contradicciones, por la incongruencia entre las disposiciones aludidas y las pretensiones anunciadas.

Por otra parte, es evidente que en este caso existe falta de proporción entre los fines perseguidos, los formales y los medios empleados, así como en el contenido de los mismos. Justamente en estos días se empieza a conocer que no es el único "desacato" de autoridades diversas. ƑPor qué la prisa en unos casos y no en otros?

No se trata de pedir que no se aplique la ley a un gobernante con las características del que encabeza el Distrito Federal; al contrario, se hace ver la ausencia de este tipo de razonamiento y consideración en la decisión de la PGR, la cual aplicó un doble discurso: el explícito refiere a la defensa de la resolución de un juicio de amparo y la relativa a una violación a la propiedad privada, y el oculto, marcado por la decisión apresurada de utilizar este recurso para dar el golpe político esperando esta vez alcanzar el éxito.

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