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México D.F. Sábado 22 de mayo de 2004

Miguel Concha

Rectificación indispensable

Al aprobar en enero de 2002 la Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de los Crímenes de Lesa Humanidad, el Ejecutivo federal y el Senado de la República declararon torpemente y en forma por demás sospechosa prescriptibles hasta esa fecha tales delitos, en contradicción abierta con el derecho internacional y los mecanismos de protección a los derechos humanos reconocidos por México.

No contentos con ello, un mes después, al aprobar la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas, reiteraron su absurdo, y para colmo de males eximieron de la misma manera a los tribunales civiles de conocer sobre la responsabilidad de militares involucrados en tales crímenes.

Tomando en cuenta que esto constituye sin duda un importante obstáculo para avanzar en el cumplimiento de los compromisos internacionales de México, y en el pleno respeto de los derechos fundamentales en el país, el diagnóstico de la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos en México, del que debe desprenderse un programa nacional que siente las bases para una política de Estado en la materia, en diciembre del año pasado propuso retirar tanto la reserva como la declaración interpretativa a este último instrumento. Por eso causó satisfacción que un grupo de 16 senadores del PRD hayan presentado a la mesa directiva del Senado una iniciativa con proyecto de decreto para retirar la así llamada declaración interpretativa al primer instrumento, y otra más para retirar la reserva al artículo 9 y la declaración interpretativa a la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas.

Ahora la sociedad civil se encuentra esperando que las comisiones de Estudios Legislativos, Justicia y Organismos Internacionales, adonde fueron turnadas desde hace un año, las dictaminen, y que el pleno las apruebe en su próximo periodo de sesiones, a no ser que para los senadores tampoco tenga prioridad el respeto a los derechos humanos en el país. Sería sumamente decepcionante para todos que el Senado se continuara sumando al encubrimiento y la impunidad de los crímenes perpetrados por el Estado en el pasado, y a la desfachatez y crueldad con las que actúa el gobierno del país del norte.

En sus exposiciones de motivos, los autores de las iniciativas -extrañamente no todos los senadores del PRD- señalan con razón que las declaraciones interpretativas mencionadas son nulas de pleno derecho y contrarias a los principios del derecho internacional, por lo que, de acuerdo con la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados, no pueden producir efecto alguno. Es por tanto ridículo que México pretenda por un lado aprobar lo que por otro contradice, pues las declaraciones mencionadas son absolutamente incompatibles con el objeto y el fin de ambas convenciones.

Por otra parte -y como lo señalan los miembros del PRD verdaderamente sensibles al tema de los derechos humanos en el Senado-, tanto la Corte Internacional de Justicia de La Haya, como la Corte Interamericana de Derechos Humanos, cuyas jurisdicciones son reconocidas por México, consideran que los crímenes de lesa humanidad, entre los que se encuentra la desaparición forzada de personas, son imprescriptibles, por lo que no se puede admitir reserva alguna, además de que la convención interamericana sobre la materia es clara al afirmar que este delito es de los considerados como continuados o permanentes, mientras no se establezca el destino y el paradero de la víctima. Las garantías entonces de legalidad y seguridad jurídica, dentro de las que se incluye la irretroactividad, no impiden en estos casos el juicio y la condena de una persona por actos u omisiones que en el momento de cometerse fueran delictivos, como lo reconoció ya recientemente la primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, y desde luego, los principios generales del derecho de la comunidad internacional. No debe, entonces, el Senado seguir manteniendo una opinión contraria, y es absolutamente indispensable que ya corrija al respecto.

Por otro lado, la reserva que exime a los tribunales civiles de conocer sobre la responsabilidad de los militares en la desaparición forzada de personas y otros delitos del fuero común, además de que es contraria a lo que establecen la Constitución y la jurisprudencia más antigua de la Suprema Corte, va en contra también del objeto y el fin de la convención interamericana, así como de varias recomendaciones al gobierno mexicano de mecanismos internacionales de protección a los derechos humanos, y de la jurisprudencia internacional.

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