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México D.F. Sábado 24 de abril de 2004

Acusaciones infundadas

De origen, el citatorio que envió la PGR al jefe de Gobierno del Distrito Federal, Andrés Manuel López Obrador, para que rinda declaración ante el Ministerio Público de la Federación, en la averiguación previa que inició en su contra por el delito de obstrucción de la justicia, es infundado.

Esto, según el anexo único que entregó López Obrador ayer a la PGR, en el que se explica que a petición del Ministerio Público de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, la PGR le envió una copia certificada de la denuncia contra el ex secretario de Finanzas, Gustavo Ponce, que presentó la Secretaría de Hacienda el 4 de marzo, por lavado de dinero.

Desde el momento en que dicha información se integra a la averiguación previa que la PGJDF inició para investigar posibles actos ilícitos del ex funcionario, ésta se rige bajo las normas aplicables en el Distrito Federal, por lo cual no es posible citar al jefe de Gobierno invocando artículos del Código Penal Federal y el Código Federal de Procedimientos Penales, aplicables a averiguaciones previas del fuero federal, cuando el delito que presuntamente se cometió se desprende de una indagatoria del fuero común.

Por lo que hace al ilícito, la información que dicha averiguación previa federal establece como revelada indebidamente, ya había sido expuesta con antelación a la opinión pública, a través de los medios de comunicación.

Tratándose de una averiguación previa del fuero común de donde el gobernante obtuvo dicha información, se justifica el que la PGJDF haya entregado tales documentos, ya que el artículo 29 del Reglamento de la Ley Orgánica de la dependencia obliga al titular de la misma "a informar al jefe de Gobierno en forma pormenorizada de los asuntos de su competencia que se encuentren en trámite".

Añade que, "dentro del catálogo de delitos comprendidos en el Código Penal del DF no existe artículo correlativo a la conducta punitiva establecida en el numeral 225 federal, referente a la prohibición de divulgación de información contenida en una indagatoria en trámite, por lo que al no existir prohibición expresa en el fuero común, mi actuar se ajustó a derecho".

ANGEL BOLAÑOS SANCHEZ

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