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México D.F. Miércoles 24 de marzo de 2004

La evaluación anterior "permitiría un enriquecimiento indebido del quejoso", determinó

Determina la Corte realizar nuevo avalúo del terreno donde se ubica la ENAH

El jefe de Gobierno tiene que liquidar a Angel Veraza Villanueva en seis meses de plazo

JESUS ARANDA

La Suprema Corte emplazó al jefe de Gobierno para que en seis meses indemnice al propietario del predio donde se ubica la Escuela Nacional de Antropología e Historia (ENAH), o de lo contrario sería destituido, inhabilitado y consignado ante un juez de distrito; sin embargo, precisó que para ello el juzgado primero de distrito en materia administrativa deberá realizar un nuevo avalúo, en el que ya no incurra en "incorrecciones".

Por unanimidad, los ministros rechazaron el avalúo señalado por el juzgado de distrito -176 millones 500 mil pesos-, en razón que, de manera indebida se calculó el terreno "al valor comercial actual, cuando debió retrotraerse al del 3 de noviembre de 1975, cuando la autoridad violó los derechos del quejoso; se incluyeron las obras de urbanización y vías de comunicación que no existían en 1975, además de la cotización correspondiente al edificio e instalaciones de la ENAH".

Tales irregularidades en la valuación, sostuvo el ministro instructor de este juicio de inejecución de sentencia Juan Díaz Romero, "no pueden convalidarse por esta Suprema Corte, pues sería tanto como consentir un enriquecimiento indebido del quejoso a costa del erario, cuyo destino es eminentemente social".

El máximo tribunal confirmó la sentencia de inejecución favorable a Angel Veraza Villanueva -ratificada por el juzgado primero de distrito en materia administrativa el 26 de marzo de 1998 y por el séptimo tribunal colegiado en 1999-, en el sentido de que el gobierno de Andrés Manuel López Obrador debe pagar "sin excusa ni pretexto" la idemnización del terreno de 18 mil metros cuadrados, ubicado en Pedregal de Carrasco. Sin embargo, el juez de la causa deberá realizar un nuevo avalúo en el que tome en cuenta exclusivamente el terreno expropiado -a precio de 1975- y que su costo se actualice, según la Ley del Impuesto Sobre la Renta.

Así las cosas, el juzgado primero de distrito en materia administrativa deberá realizar ahora un nuevo avalúo en el que ya no incurra en "incorrecciones", aunque esto podría tardar al menos un año.

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