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México D.F. Miércoles 31 de diciembre de 2003

Fuerte multa y arresto inconmutable hasta de 36 horas por conducir ebrio

El día primero entran en vigor nuevos reglamentos de Tránsito y Transporte

Se endurecen sanciones a choferes del servicio público que ocasionen accidentes

LAURA GOMEZ FLORES

A partir del primero de enero, el gobierno capitalino pondrá en operación los nuevos reglamentos de Transporte y Tránsito, que endurecen las sanciones y causales de remisión de vehículos a corralones, prohíben la colocación de anuncios publicitarios no autorizados y los arrancones y establecen arresto inconmutable de 20 a 36 horas a quien conduzca en estado de ebriedad, además de multas hasta por 27 mil 120 pesos.

Se prevén castigos más severos para los conductores de vehículos de transporte público de pasajeros que conduzcan bajo el efecto de bebidas embriagantes o drogas y ocasionen accidentes, independientemente de que se cancele la concesión. También se incluyen las normas para la instalación de botones de pánico, y se exenta de la revista vehicular anual a los taxis con antigüedad no mayor a tres años.

Asimismo, definen el ordenamiento de vialidades y carriles confinados, así como la creación de corredores de transporte y las penalizaciones contra quienes relicen obras en la vía pública sin cumplir las normas correspondientes. Señalan la obligatoriedad, a los jóvenes de 16 a 18 años, de acudir a escuelas de manejo autorizadas por la Secretaría de Transporte y Vialidad (Setravi), para obtener su permiso para conducir.

El titular de la dependencia, Francisco Garduño Yáñez, precisó que los menores sólo podrán conducir de 5 de la mañana a 12 de la noche, y el padre o tutor será corresponsable de las infracciones en que incurran, y asumirá la responsabilidad legal correspondiente.

El Reglamento de Tránsito establece mayores facilidades para las personas con alguna discapacidad, mediante la promoción entre los concesionarios de que sus unidades cuenten con aditamentos especiales que permitan a ese sector hacer uso del servicio en condiciones de accesibilidad, seguridad, comodidad, higiene y eficiencia.

Considera como causales de remisión al corralón circular en carriles de contraflujo sin autorización, manejar sin licencia o permiso; que habiendo sido inmovilizado un vehículo, transcurridas más de dos horas el propietario no lo retire; a automotores que circulen ocultando las placas, utilicen cromática de unidades de transporte público de pasajeros sin la concesión correspondiente, o cuando los conductores rebasen los límites fijados en el alcoholímetro.

Los afectados podrán solicitar en Locatel información sobre la ubicación de sus unidades, y los elementos de la Secretaría de Seguridad Pública estarán obligados a informar de inmediato sobre la remisión.

Garduño indicó que queda prohibido portar anuncios publicitarios sin autorización en vehículos particulares y realizar competencias en la vía pública (arrancones); la sanción en estos casos será de arresto inconmutable de 20 a 36 horas.

En el nuevo Reglamento de Transporte se fusionan los anteriores reglamentos de taxis, carga y pasajeros en 106 artículos, en lugar de 290; se prevé la cancelación de la concesión o permiso, y remisión a depósitos vehiculares, a quien se niegue a prestar el servicio público de transporte de manera gratuita cuando lo requieran las autoridades, o cuando no cuenten con la póliza de seguro vigente.

Se multará hasta con 600 días de salario mínimo a quienes presten el servicio público de transporte sin contar con la concesión correspondiente, conduzcan en estado de ebriedad, transporten materiales o sustancias peligrosos, rebasen la capacidad de usuarios autorizada, porten publicidad sin permiso, no conserven los vehículos y equipo en óptimas condiciones o conduzcan sin licencia, puntualizó.

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