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México D.F. Miércoles 5 de noviembre de 2003

Por unanimidad resuelve atraer el asunto para conocer recurso del gobernante

Valida la Corte facultades de López Obrador; revisará el caso San Juan

Rechaza crear comisión que indague irregularidades en juicio Lo equipara a un gobernador

JESUS ARANDA

En una decisión tan inesperada como histórica, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) por unanimidad resolvió ayer ejercer su facultad de atracción para conocer el recurso que interpuso el gobierno capitalino en contra del fallo de un juzgado federal que lo obliga a pagar mil 810 millones de pesos por la indemnización del Paraje San Juan de Iztapalapa.

Esto implica que los ministros revisarán todo el expediente de la causa y pueden, en dado caso, modificar el avalúo del predio o determinar quiénes son los legítimos dueños a los que hay que pagar por la expropiación.

Pese a que en forma unánime los nueve ministros presentes rechazaron la petición del jefe de Gobierno del Distrito Federal de crear una comisión que investigara presuntos actos de corrupción relacionados con el caso del Paraje San Juan -en razón de que no se configuraba lo estipulado en el artículo 97 constitucional de que la indagatoria debe estar relacionada con la violación grave de garantías individuales-, lo cierto es que Andrés Manuel López Obrador obtuvo más de lo que habría conseguido si la Corte hubiera creado la comisión investigadora que pedía.

Y aunque la SCJN tomó la decisión siguiendo los cauces jurídicos previstos -en los que no había lugar para la creación de una comisión investigadora-, ahorrando además el tiempo que implicaría esperar la sentencia del tribunal colegiado, el máximo tribunal revisará la totalidad del proceso legal, como había solicitado originalmente el Ejecutivo local.

Además, los ministros sentaron jurisprudencia en el sentido de que, para efectos del artículo 97 constitucional, el jefe de Gobierno sí está legitimado para solicitar la intervención de la Corte cuando lo considere necesario, equiparándole atribuciones a las que tienen los gobernadores de los estados.

En sesión privada el pleno discutió previamente lo relacionado con la facultad de atracción (la solicitud la planteó casi al final el ministro ponente Juan N. Silva Meza). Hubo opiniones de los juzgadores de que el máximo tribunal no puede permitir que una resolución judicial obligue al jefe de Gobierno capitalino "al pago irracional" de una expropiación.

Pese a las constantes críticas de López Obrador sobre la actuación de los ministros y del Poder Judicial de la Federación en los últimos días, trascendió que hay consenso de los ministros en que "todos los actores políticos" deben sumar en lugar de restar. Lo cual incluye también a la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal para que determine la responsabilidad de los ex funcionarios capitalinos que habrían solapado o se habrían favorecido con un fallo irregular en favor de los quejosos, que demandan una indemnización de mil 810 millones de pesos.

En suma, la Corte está dispuesta a revisar "toda" la documentación que tiene que ver con el asunto; aunque hay un punto que el gobierno capitalino no ha refutado y que debe tomarse en cuenta: "hubo la expropiación de un predio y, en consecuencia, se tiene que pagar la indemnización. ƑA quién? Eso hay que determinarlo".

Al inicio de la discusión del recurso de reclamación que interpuso López Obrador en contra del acuerdo de la presidencia de la Corte, que desechó su petición por "notoriamente improcedente", los ministros presentes argumentaron que incluso, de aprobar su creación, la comisión no tendría facultades jurisdiccionales, y las resoluciones a que llegara no tendrían efecto legal alguno en beneficio del Gobierno del Distrito Federal.

Además de calificar de poco clara la solicitud de López Obrador en cuanto a los alcances de la comisión, los ministros precisaron que de aceptar la petición la Corte, sin tener facultades para ello, se habría convertido en una superprocuraduría, porque asumiría las funciones de Ministerio Público al investigar presuntas irregularidades en el juicio del Paraje San Juan; en supertribunal, porque sin seguir el trámite constitucional intervendría en la revisión de un proceso judicial saltando todas las instancias, y en simple gestora, porque sería el medio para hacerle llegar al Consejo de la Judicatura Federal la queja del gobierno capitalino en contra del fallo de la juez octava B de distrito.

El más irónico fue el ministro Juventino V. Castro y Castro, quien de entrada dijo que no quería dejar el cargo sin participar en un asunto tan importante, por lo que era de la idea de que de una vez se entrara al fondo del asunto y la Corte rechazara la petición por notoriamente improcedente. Añadió que quien sí debería crear la comisión solicitada era el propio López Obrador, porque a quien tiene que investigarse es a los abogados de las administraciones capitalinas que dejaron pasar esas irregularidades que ahora denuncia el jefe de Gobierno, que incluyen las gestiones de Manuel Camacho Solís, Oscar Espinosa Villarreal, Cuauhtémoc Cárdenas y Rosario Robles.

Juan Díaz Romero comentó que el jefe de Gobierno no midió el alcance de su petición. Mientras que Castro y sus compañeros hicieron críticas veladas al gobernante de la ciudad con reiterados señalamientos sobre la vigencia del estado de derecho y el respeto a los fallos judiciales.

Una vez que la Corte resolvió ejercer su facultad de atracción, el cuarto tribunal colegiado en materia administrativa, que apenas iba a iniciar el estudio de la queja de López Obrador, remitirá el expediente a la Suprema Corte, la cual nombrará en breve al ministro instructor del asunto.


Formaliza el GDF entrega de pruebas

La directora general jurídica y de estudios legislativos del Gobierno del Distrito Federal (GDF), Ernestina Godoy Ramos, entregó a cada uno de los 11 ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) nuevas pruebas sobre las irregularidades que supuestamente contiene el contrato de compraventa del Paraje San Juan y la maquinación del presunto fraude para exigir a la administración local la indemnización de mil 810 millones de pesos.

Entrevistada luego de entregar la documentación, la funcionaria indicó que el expediente contiene el acta de nacimiento del señor Arturo Arcipreste Nouvel, en la que se asienta que su padre se llama Fernando Arcipreste Pérez y no Fernando Arcipreste Pimentel, como aparece en el contrato de compraventa de 1947 que sirvió de base para exigir el pago por la expropiación.

Agregó que del mismo modo se entregaron sendos informes de la Secretaría de la Defensa Nacional y del Registro Civil de Chimalhuacán, los cuales precisan que en sus archivos no existe antecedente alguno sobre Fernando Arcipreste Pimentel, quien, según el citado contrato de compraventa, era militar y originario de ese municipio del estado de México.

Asimismo se entregó documentación relacionada con el juzgado de paz de Iztapalapa, donde supuestamente se ratificó el contrato, "con el que demostraremos que los 47 actos de ratificación que se hicieron en ese año todos tienen un mismo formato que no coincide para nada con la ratificación que presenta Arcipreste".

La funcionaria rechazó que la aportación de los elementos constituya una presentación extemporánea de pruebas: "hemos estado entregando documentación a los ministros, no es la primera vez que venimos". BERTHA TERESA RAMIREZ


Su monto es tal que no alcanzaría el presupuesto anual del gobierno: oficial mayor

En puerta, otras 4 demandas millonarias

Los casos son: la mina La Mexicana y los predios El Encino, Los Novillos y Fama Montañesa

RAUL LLANOS, GABRIELA ROMERO Y JOSEFINA QUINTERO

El Gobierno del Distrito Federal (GDF) tiene en puerta el análisis de cuatro casos de particulares que por la vía legal solicitan indemnizaciones millonarias, afirmó el oficial mayor, Octavio Romero Oropeza, quien a pregunta concreta mencionó que el monto de esas demandas es tal que la administración capitalina no alcanzaría a cubrirlas con el presupuesto que tiene asignado para este año.

Al reunirse con los integrantes de la comisión especial de diputados que investiga el caso del Paraje San Juan, el funcionario precisó que esos asuntos son: la mina La Mexicana y los predios El Encino, Los Novillos y Fama Montañesa, cuyas demandas serán analizadas en sus términos por la comisión intersecretarial del GDF integrada por las secretarías de Gobierno y de Desarrollo Urbano y Ecología, así como la Consejería Jurídica y la Oficialía Mayor, y evitar situaciones como las que ocurren con el predio de Iztapalapa.

Precisamente, al referirse al Paraje San Juan reconoció, ante los cinco diputados del PRD presentes, que las áreas jurídicas del gobierno de la ciudad "descuidaron mucho" el asunto y "no le dieron la atención debida en la defensa, y por eso ya vemos los resultados". En su opinión, "faltó mayor atención en la defensa jurídica". No obstante, justificó esa situación porque había mucha carga de trabajo. No obstante, advirtió que si identifican a algún funcionario que haya actuado con dolo o abulia, será castigado.

Por su parte, el jefe delegacional de Iztapalapa, Víctor Hugo Círigo, señaló que desde hace más de 20 años la demarcación presenta un problema grave por la existencia de predios irregulares. La compraventa de terrenos, comentó, fue un abuso absoluto de particulares, inmobiliarias e incluso ex funcionarios de la circunscripción.

En Iztapalapa, explicó, se compraban y vendían terrenos que no eran propiedad de nadie, supuestamente, y eso lo hacían funcionarios del gobierno delegacional y particulares. Por esta situación, indicó, existe "desorden en toda la delegación".

Como ejemplo mencionó el caso de la Central de Abastos: "esos terrenos eran de chinamperos y fueron vendidos hasta dos y tres veces. Aún hay grupos de chinamperos que demandan indemnización". En situación similar, dijo, están las colonias López Portillo, Franja de Oriente y Degollado, entre otras.

Señaló que la situación fue propiciada por anteriores gobiernos delegacionales, que también participaron en estos negocios y "nosotros heredamos parte del problema". Comentó que a principios del año pasado hubo un proceso similar al caso del Paraje San Juan. "En esa ocasión se condenó al anterior jefe delegacional, René Arce, a pagar 32 millones de pesos a un particular por el predio conocido como Nochebuena, ubicado en Ermita Iztapalapa y Periférico de la colonia Los Angeles, pese a que el sujeto estuvo 16 meses en la cárcel acusado de despojo."

Comentó que dicha situación no puede seguir pasando, por lo que avaló la negativa del jefe de Gobierno a indemnizar por el Paraje San Juan, "porque son fraudes maquinados y en Iztapalapa es el pan de todos los días".


Concede la razón a delegaciones políticas en controversia constitucional

Invalida la Corte la regulación sobre comunicación social del gobierno local

JESUS ARANDA

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó ayer la regulación prevista en las normas generales en materia de comunicación emitidas en febrero del año pasado por el Gobierno del Distrito Federal (GDF), particularmente en lo que concierne a las delegaciones políticas.

ernestina_godoyLo anterior, luego de conceder la razón a las delegaciones Benito Juárez, Venustiano Carranza y Cuajimalpa respecto a la validez del oficio del 14 de marzo de 2002 en el que el gobierno de Andrés Manuel López Obrador estableció lineamientos para las áreas de comunicación social de las demarcaciones políticas.

De acuerdo con la argumentación de la controversia constitucional en contra del GDF, el manual de normas generales de comunicación social era ilegal, porque se extralimitó al establecer cómo debían ejercer su presupuesto las 16 delegaciones en propaganda, imagen institucional y difusión de servicios públicos.

Incluso hubo quienes señalaron que dicho ordenamiento era antidemocrático y contrario a la libertad de expresión, porque se limitaba el accionar de las demarcaciones en materia de difusión con el pretexto de que el interés del gobierno central era obtener mejores precios.

Además, los demandantes cuestionaron que el jefe de Gobierno del Distrito Federal hubiera establecido el ordenamiento de forma unilateral, sin tomar en cuenta a los delegados políticos.

La SCJN, con facultad para revisar las decisiones de los jueces

Por otra parte, en un asunto similar al que enfrenta el GDF por la expropiación de Paraje San Juan, en Iztapalapa, el pleno de la SCJN determinó que "antes de separar de su cargo a un servidor público" por la inejecución de sentencias de amparo, el máximo tribunal de justicia puede revisar exhaustivamente las decisiones de jueces y magistrados federales.

La trascendencia de esta decisión radica en que anteriormente bastaba con que la SCJN comprobara el incumplimiento de una sentencia para que "inmediatamente y sin mayor trámite se separara a la autoridad de su cargo y se le consignara penalmente ante un juez de distrito". Sin embargo, a partir de la reforma constitucional de 1994, la Corte determinó que las decisiones de jueces de distrito y tribunales colegiados "no necesariamente vinculan a la Suprema Corte, por lo que ésta debe verificar si el incumplimiento de la autoridad es o no excusable. Incluso, los ministros deben tomar en cuenta las consideraciones que sustentan la ejecutoria de amparo, a fin de precisar el sentido y alcance de la sentencia".

Al resolver ayer el incidente de inejecución en el que obliga al secretario de la Reforma Agraria a pagar en un plazo no mayor de 90 días una indemnización de 82 millones de pesos a los propietarios de Parques Conmemorativos, propiedad ubicada en Tecamachalco expropiada en 1952, la Corte fijó además criterios que deben tomarse en cuenta para el pago de indemnizaciones.

Entre estas consideraciones destaca que el avalúo del predio debe actualizarse tomando en cuenta la fecha en que fue expropiado. Esto, con el propósito de que la sentencia contemple en la indemnización un poder adquisitivo razonablemente análogo al que tendría el dueño del inmueble al momento en que contaba con la posesión del predio expropiado.

Así, la Corte considera que "para determinar el valor de un bien en un determinado periodo, se utilizará el factor de actualización que se obtendrá dividiendo el Indice Nacional de Precios al Consumidor del mes más reciente en que se hizo el avalúo, entre el índice correspondiente al mes más antiguo antes de que el predio fuera expropiado. El resultado de esta cuenta se multiplica por el valor que tenía la propiedad cuando se expropió".

Una vez fijado el monto, el pago deberá contemplar la actualización correspondiente al día del pago.

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