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México D.F. Miércoles 5 de noviembre de 2003

El magistrado Roberto Avendaño podría tardar varios meses en emitir el dictamen

Nombran ponente en la revisión solicitada por el IPAB del amparo a cuatro bancos

Arguye el instituto que la decisión del juez del noveno distrito no estuvo apegada a derecho

ALFREDO MENDEZ ORTIZ

Los magistrados que integran el decimosegundo tribunal colegiado en materia administrativa designaron a Roberto Avendaño como ponente en el caso de la solicitud de revisión que presentó el mes pasado la junta de gobierno del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario (IPAB), respecto al amparo que concedió un juez federal a Bancomer, Bital, Banamex y Banorte, contra cualquier nueva auditoría que pretenda realizar dicho organismo a los pagarés que esas instituciones poseen del Fobaproa, los cuales tienen un valor actualizado de más 52 mil millones de pesos.

Según el IPAB la decisión del juzgado noveno de distrito en materia administrativa, de conceder en definitiva la protección de la justicia federal a los cuatro bancos citados, no estuvo apegada a derecho, por lo cual pidió la revisión.

El magistrado Avendaño deberá integrar un dictamen sobre el caso para presentarlo a los otros integrantes del órgano colegiado, lo cual podría tardar varios meses en ocurrir, debido a que el expediente está compuesto por varios tomos.

La semana pasada, el decimosegundo tribunal colegiado admitió el recurso de revisión que presentó el IPAB, con el cual busca que se modifique en segunda instancia la decisión del juez Alvaro Tovilla León, quien determinó que son ilegales los oficios con fecha 21 de junio y 26 de septiembre de 2002, mediante los cuales el IPAB dio a conocer el procedimiento para realizar las nuevas auditorías y, en su caso, reducir el monto de los pagarés otorgados por el entonces Fobaproa en favor de las cuatro bancos.

Según los representantes legales del IPAB, no son inconstitucionales la Ley de Protección al Ahorro Bancario ni el estatuto orgánico del IPAB.

Como se recordará, en mayo de 2002 el IPAB informó a los cuatro bancos, participantes en el programa de capitalización y compra de cartera vencida, que estaba dispuesto a realizar el intercambio de pagarés del Fobaproa por bonos del IPAB a condición de que se efectuaran las revisiones.

En julio de ese año los bancos se ampararon ante el juez noveno de distrito, quien les otorgó la suspensión provisional, y en noviembre de 2002 la definitiva, contra dos de las tres revisiones: las de gestión y existencia.

Cabe mencionar que lo anterior es independiente de las dos controversias constitucionales que solicitó en su momento el gobierno federal ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación respecto de las nuevas auditorías que ordenó realizar la Auditoría Superior de la Federación a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en contra de Banamex.

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