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México D.F. Miércoles 29 de octubre de 2003

Niega que haya violación sistemática y generalizada de las condiciones de trabajo

Ilegal, el emplazamiento a huelga en el Metro, determina la autoridad laboral

Con ello, suspender labores el próximo 3 de noviembre será causa de cese justificado

LAURA GOMEZ FLORES

El Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje declaró nulo el emplazamiento a huelga del Sindicato Nacional de Trabajadores del Sistema de Transporte Colectivo-Metro para el próximo 3 de noviembre, al considerar que no existe violación sistemática y generalizada de las condiciones generales de trabajo de los 12 mil 400 empleados de base. Advirtió que en caso de que los trabajadores suspendan labores, será considerado como causal de cese justificado, sin responsabilidad para la dirección del organismo.

En la sesión realizada el pasado sábado, el pleno del tribunal no pudo comprobar la calidad de trabajadores del STC-Metro de quienes avalaron este movimiento, dado que se omitió la firma de los mismos y no se acreditó que hayan sido las dos terceras partes de la plantilla laboral, como lo requiere la ley.

Asimismo indicó que, aun cuando se enumeran supuestas violaciones a las condiciones generales de trabajo, en la documentación exhibida por el sindicato, encabezado por el también diputado federal del PVEM, Fernando Espino Arévalo, "no se prueba su existencia ni que, en su caso, hubieran sido generales y sistemáticas", como establece el artículo 94 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado.

En un desglose del emplazamiento del sindicato, el tribunal señala que, en cuanto a sus peticiones referentes a las condiciones generales de trabajo, tampoco hay violaciones generales ni sistemáticas a los derechos que consagra el apartado B del artículo 123 constitucional, ni se encuadran dentro de los presupuestos para hacer valer el derecho de huelga.

La determinación del pleno, que fue votada en contra por el magistrado representante de los trabajadores, de la primera sala, Jorge Alberto Hernández Castillón, considera también improcedentes las demandas de cumplimiento de los acuerdos pactados con anterioridad, respecto de la basificación de plazas consideradas indebidamente de confianza, entrega de terrenos para vivienda y del terreno anexo al deportivo de los trabajadores.

Otras peticiones, como la de herramientas y refacciones; respeto del reglamento de fondo de ahorro capitalizable, cumplimiento de los programas de capacitación, mantenimiento en las áreas de trabajo y comedores, entrega de las cuotas sindicales descontadas a los trabajadores y pago de premios de puntualidad, entre otras, tampoco acreditan violación general y sistemática, indica el tribunal.

Así, al no cumplirse los supuestos establecidos por la ley, el tribunal declaró ilegal el emplazamiento a huelga del sindicato del Metro y obliga a éste a notificarlo a sus representados, lo cual hasta ayer no había sucedido, mientras varios trabajadores enviaron cartas a la subdirección de administración y finanzas, de manera personal, para deslindarse del movimiento, al que otorgaron apoyo "bajo amenazas".

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