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México D.F. Martes 30 de septiembre de 2003

Ratifica el otorgamiento de la constancia de mayoría

Desecha el TEPJF queja para declarar gobernador inelegible a González Parás

ALONSO URRUTIA

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) consideró "infundados e inoperantes" los argumentos del Partido Acción Nacional para considerar inelegible al gobernador electo de Nuevo León, Natividad González Parás, por lo que raticó el otorgamiento de la constancia de mayoría y despejó el camino para que este sábado tome posesión como nuevo mandatario estatal.

Por otro lado, la Sala Superior del TEPJF revocó la resolución del Tribunal Estatal Electoral de Colima correspondiente a la asignación de diputaciones plurinominales, al retomar el criterio originalmente aplicado por el Instituto Estatal Electoral. De acuerdo con este último, la asignación de diputados plurinominales -que finalmente se ratificó- es: cuatro al PAN, dos al PRI, dos al PRD y uno a la Asociación por la Democracia Colimense.

De acuerdo con el TEPJF, la resolución del tribunal colimense rompía con el criterio de proporcionalidad de votos respecto del número de legisladores en el Congreso local, ya que había asignado tres diputados al PRI y solamente uno al PRD. El criterio del TEPJF destacó que no puede romperse con esa proporcionalidad, aunque esto sea por una décima, motivo por lo cual asignó una curul al PRD.

Respecto de Nuevo Léon, el órgano judicial consideró que las bases jurídicas del blanquiazul en el sentido de que González Parás no se retiró en definitiva de su cargo de senador por lo menos 100 días antes de la elección como lo manda la Constitución neolonesa, constituye una interpretación parcial de este ordenamiento. Según el PAN, debería haber renunciado y no solamente solicitar licencia.

A juicio del TEPJF, esta interpretación es parcial y errónea, ya que de una lectura integral de la Constitución local se desprende que en esencia lo que esta disposición establece es que quien aspire a ser candidato cese sus funciones en el desempeño del cargo, su función representativa, dejando de gozar, entre otras, de las prerrogativas de inmunidad procesal, las percepciones y todos los derechos que gozaba, con lo cual González Parás cumplió.

Por todo ello, el TEPJF desestimó el último recurso interpuesto por el PAN contra González Parás, que incluía como un elemento de prueba de que no hubo tal separación del cargo, la utilización del llamado pasaporte oficial de los legisladores para salir del país en agosto de 2003 -cuando ya habían ocurrido las elecciones-, lo cual fue igualmente desestimado por el TEPJF.

En este caso, el órgano estimó que este hecho se encontraba totalmente ajeno al proceso electoral y, en su caso, no incidía en modo alguno en la resolución.

Durante la sesión de ayer, el TEPJF también desestimó los recursos interpuestos por Convergencia y el PAN contra presuntas anomalías ocurridas en las elecciones de Campeche, correspondientes a diversos ayuntamientos y distritos locales.

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