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México D.F. Viernes 19 de septiembre de 2003

Ocurrió el 16 de enero de 2000, informa el Centro Pro de Derechos Humanos

Pendiente, resolución de la CIDH sobre la ''extradición sumaria'' de dos vascos

Se violaron las garantías de Mikel Arrieta Llopis y José Angel Ochoa de Eribe Landa

Fueron detenidos ilegalmente en su domicilio por el Instituto Nacional de Migración

VICTOR BALLINAS

El Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez (Prodh) manifestó ayer que está pendiente una resolución de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) sobre la actuación del gobierno mexicano en la ''extradición sumaria'' de dos ciudadanos vascos, ocurrida el 16 de enero de 2000, proceso en el cual se violaron los derechos humanos de Mikel Arrieta Llopis y José Angel Ochoa de Eribe Landa.

Los ciudadanos de origen vasco fueron detenidos el 15 de enero de 2000 por la policía del Instituto Nacional de Migración (INM), dependiente de la Secretaría de Gobernación. ''La acusación consistió en que carecían de documentación que acreditara su estancia legal en el país''.

No obstante, la detención fue en extremo peculiar.

''El 15 de enero, a las 14:30, los extranjeros hablaron por teléfono con su abogada, Pilar Noriega, y le explicaron que una camioneta azul oscuro, placas 948 JMK y con el letrero Lavaoasis: productos de limpieza, se encontraba estacionada frente al edificio donde ellos vivían, y desde el interior del referido vehículo filmaban el inmueble. Más tarde, ambos salieron y regresaron de inmediato al notar que varios hombres los seguían.

Alrededor de las 19 horas, Pilar Noriega recibió otra llamada de Ochoa de Eribe Landa, quien le informó que varios hombres habían intentado abrir la puerta del edificio.

No opusieron resistencia

''Una hora y media más tarde -las 20:30 del 15 de enero de 2000- la abogada Noriega recibió otro llamada de Ochoa Eribe Landa, quien le dijo: ya están aquí. Trajeron un cerrajero y están entrando...''

De acuerdo con la versión de los vecinos, se supo que ''siete agentes de la Policía Federal Preventiva (PFP), al mando del comandante Rubén Villegas Sánchez, forzaron la puerta del departamento 3 de Ochoa Eribe, ubicado en Montealbán 387, colonia Narvarte. La acción duró unos minutos y los detenidos no opusieron resistencia''.

La búsqueda

Al día siguiente -16 de enero de 2000- Pilar Noriega y Lamberto González Ruiz, miembros de la Asociación Servicios Legales, interpusieron un amparo en el juzgado noveno de distrito en materia penal, por ''incomunicación, expulsión y deportación, y señalaron como autoridad responsable al INM, y como probable lugar de detención la delegación de esa dependencia en el aeropuerto internacional de la ciudad de México''.

El actuario del juzgado se presentó en el aeropuerto ante funcionarios del Instituto Nacional de Migración, a las 15:22 del 16 de enero de 2000, y éstos negaron que ahí hubiera un delegado del INM y que estuvieran los vascos. ''En tanto, los abogados acudieron a la estación migratoria ubicada en Iztapalapa, donde los funcionarios del instituto negaron que ahí se hallaran recluidos los ciudadanos de origen vasco. A pesar del amparo interpuesto y la notificación hecha al personal del INM, los dos extranjeros fueron enviados a Madrid a las 18:30 del 16 de enero de 2000, en el vuelo comercial 001 de Aeroméxico, esposados y custodiados por miembros de la PFP, y entregados a la policía española en el aeropuerto de Barajas, en Madrid, España''.

De acuerdo con la versión de los abogados en España, ''tanto Ochoa de Eribe Landa como Arrieta Llopis fueron sometidos a interrogatorios ilegales y recibieron golpes en la cabeza y oídos''.

Días después de la extradición ilegal, señaló el Centro Pro en su queja ante la CIDH, la coordinadora de Control de Migración del INM, Irma García Andrade, declaró que los vascos fueron expulsados por haber violado la Ley General de Población; indicó que ''no estuvieron desaparecidos ni incomunicados, sólo hubo una confusión de sus abogados, pues los buscaron en el aeropuerto cuando los detenidos estaban en la estación migratoria de Iztapalapa''. En la queja del Centro Pro ante la CIDH, con fecha 14 de julio de 2000, se sostiene que el gobierno mexicano violó los artículos 7, 8, 24 y 25 de la Convención Americana de Derechos Humanos, además de que hubo allanamiento de domicilio, detención ilegal e incomunicación.

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