258 ° DOMINGO 1 DE DICIEMBRE DE  2002
Limita derechos y apoya al viejo corporativismo
El proyecto Abascal
un pacto contra los trabajadores

JESUS RAMIREZ CUEVAS

Tras una larga negociación entre representantes del Consejo Coordinador Empresarial y líderes del Congreso del Trabajo, esta semana fue presentado el proyecto de reforma laboral impulsado por el secretario del Trabajo, Carlos Abascal. La propuesta representa un triunfo del viejo sindicalismo y de los empresarios. Los verdaderos perdedores son los trabajadores pues el proyecto atenta contra sus derechos y legitima el despojo de sus conquistas; promueve una mayor intervención estatal en la vida sindical; deja intacto el viejo corporativismo e impide la democratización de los sindicatos; amenaza la contratación colectiva y el derecho de huelga. "La reforma es un pacto contra la modernidad. Es falso que sea un avance gradual, significa un retroceso monstruoso", señala Arturo Alcalde, abogado laboral. La Unión Nacional de Trabajadores y el Frente Sindical Mexicano rechazaron la propuesta y llamaron a la movilización para impedir su aprobación en el Congreso

Fotografía: La Jornada/Carlos Ramos MamahuaLA REFORMA LABORAL, FUE UNA FARSA en dos actos.

Primer acto. El secretario del Trabajo, Carlos Abascal, anuncia que la reforma laboral será firmada el martes 26 de noviembre. Para ello convocó a la prensa y a los sectores involucrados.

El lunes todavía continuaban las negociaciones entre representantes del Consejo Coordinador Empresarial (CCE) y del Congreso del Trabajo (CT). Entrada la noche, el CT cambió de estrategia y endureció su postura para eliminar los únicos “avances” que el gobierno presumía de la propuesta.

A la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) llegó la orden del presidente del CT, Leonardo Rodríguez Alcaine, que desautorizaba la firma de su representante, Juan Moisés Calleja.

“Si no se retira la propuesta de crear el registro público de sindicatos y el voto secreto y universal para elegir dirigentes sindicales, no hay reforma”, tronó el octagenario líder.

Con ello, el sindicalismo rancio de abolengo priísta puso contra la pared a Carlos Abascal. Los empresarios insistieron en que aún así, se tenía que aprobar el documento.

Sin opciones, Abascal tuvo que ceder ante el CT pues no podía dejar mal parado al gobierno después de anunciar la firma de la reforma.

Como dato curioso, en la redacción final participó el abogado patronal, Tomás Natividad, quien hace unos meses encabezó a un grupo de golpeadores para interrumpir el recuento sindical en una maquiladora en Río Bravo, Tamaulipas.

Segundo acto. Al día siguiente, los representantes de las cúpulas sinidicales y patronales firmaron el documento sin conocer su contenido. La STPS sólo presentó dos ejemplares del proyecto para ser firmados. No hubo copias para nadie, ni siquiera para los asistentes. Eso generó malestar entre los presentes en la ceremonia, incluidos algunos dirigentes del CT.

La Unión Nacional de Trabajadores (UNT) invitada al acto, se levantó de la mesa, no sin antes leer una declaración: “El día de hoy asistimos a la mesa central de decisión en la que se pretende convalidar un proyecto cuyo texto ni siquiera se puso a disposición de los asistentes. Al más viejo estilo, se busca que primero se apruebe y después se conozca. Se ha impedido una negociación transparente de cara a los sectores productivos y la sociedad, por lo que expresamos nuestro enérgico rechazo frente al rompimiento de los acuerdos de principio que dieron vida a esta supuesta concertación”.

La cúpula sindical estaba feliz. Cuauhtémoc Paleta, líder de la CROM, dijo con desparpajo a los asistentes: “los felicito por el acuerdo porque quitaron lo del registro de sindicatos y el voto secreto. Aún no conozco el documento pero lo apoyo”. Efectivamente, como en los viejos tiempos.

El presidente Fox guardó silencio y no asumió el proyecto como había prometido, tampoco lo presentó al Congreso como iniciativa del Ejecutivo. Su equipo de asesores le recomendó no quemarse con una reforma tan abiertamente lesiva para los trabajadores, y tan favorable para el corporativismo sindical y los empresarios. La reforma no cumple uno sólo de sus compromisos firmados en materia laboral.

El miércoles 27, los representantes del CEE y del CT entregaron la propuesta al Congreso. El contenido del documento seguía siendo un secreto. La STPS escondió el documento para que su difusión no provocara el rechazo de los diputados del PRI y del PAN que lo debían avalar. Los asesores de la STPS entregaron copias a cada diputado de esos partidos pero con la orden de no filtrarlo.

En ambos partidos se generaron resistencias a firmar la iniciativa. Apenas el viernes habían firmado 40 diputados del PRI y cuatro del PAN. Entre los panistas se generó una rebelión contra lo que llamaron la imposición pues la propuesta desconocía sus cartas fuertes en favor de la democracia sindical y la transparencia (el registro público de sindicatos y el voto secreto para elegir dirigentes). El líder de la fracción. Felipe Calderón, llamó a cada uno de los legisladores de su partido para obligarlos a firmar la propuesta de reforma. Ante la resistencia de sus compañeros, Calderón aceptó que era una mala reforma pero culpó de ello a Abascal.

Así las cosas, no se ve un futuro muy promisorio al proyecto Abascal. Los legisladores también tienen que analizar otras iniciativas de reforma laboral presentadas con anterioridad por la UNT y el PRD (respaldada por diputados del PAN, PRI, PT y CD) y por el PAS.

El proyecto Abascal fue producto de 16 meses de negociaciones, incluye la reforma de 278 artículos de los mil 10 que contiene la LFT. En él no se modifica el artículo 123 constitucional.

Un pacto contra la modernidad

Forografía: La Jornada/Yazmin Ortega“En la reforma acordada entre el CT y el CCE –afirma en entrevista Arturo Alcalde, asesor de la UNT–, los viejos sindicatos priístas salen fortalecidos, mantienen el control sobre los trabajadores y sus privilegios. Por su parte, los empresarios obtuvieron lo que querían: un control sobre la contratación colectiva, mantener los contratos de protección, limitar el derecho de huelga y definir unilateralmente la flexibilidad en las contrataciones, la jornada laboral y la materia de trabajo, consolida los contratos de protección y a los sindicatos corporativos”.

“Líderes charros y patrones conjuraron así el peligro de una reforma democrática y transparente, que ponía en peligro sus intereses. En los hechos se impide a los trabajadores elegir su sindicato y pactar el contrato colectivo”, agrega Alcalde, integrante de la Asociación Nacional de Abogados Democráticos.

“En síntesis –continúa Alcalde–, el proyecto Abascal suprime el carácter protector de la ley. En los hechos se nulifica el derecho de huelga por la cantidad de requisitos establecidos. Para demandar la firma de un contrato colectivo o su titularidad se requiere de la autorización de las juntas de conciliación y arbitraje, lo que significa pedir permiso a los demandados, ya que las centrales priístas y los patrones tienen la mayoría. Con ello se está matando al sindicalismo democrático”.

Con la reforma se cierra un triángulo contra los trabajadores: se impide la firma legítima de un contrato colectivo, se les impide cambiar de sinidicato y se les obliga a pedir permiso a los demandados. “Es la válvula de seguridad”, dijo el asesor patronal Tomás Natividad.

El mundo del trabajo en México está marcado por el despojo cotidiano que sufren los trabajadores de sus derechos y el aplastamiento de su dignidad a manos de sus patrones, la mayoría de las veces, con la complicidad de los viejos sindicatos corporativos y de las autoridades laborales. Este modelo se aplicará con mayor saña si es aprobado el proyecto Abascal, advierten sus críticos. En otras palabras, Los empresarios y líderes del CT dieron un no rotundo a cualquier democratización laboral y sindical.

“Si el presidente Fox o el PAN apoyan esta iniciativa, estarían renunciando a sus compromisos en materia laboral”, apunta Arturo Alcalde.

Según el abogado laboral, “desilusiona que un gobierno que ganó las elecciones con la bandera de la democracia hoy, a través de la STPS, promueva los pilares del autoritarismo del anterior régimen y se alíe a los sindicatos corporativos para que los empresarios puedan imponer condiciones depredadoras a los trabajadores. Fox se olvidó hasta de los compromisos planteados en la Agenda Económica 2002”.

Fotografía: La Jornada/Carlos CisnerosCualquier modernización que se precie de serlo, por mínima que sea, dice el reconocido abogado, “está obligada a eliminar los rasgos autoritarios y corporativos del viejo orden laboral con el fin de democratizar las relaciones entre los sindicatos, los trabajadores, los patrones y el Estado. La verdadera negociación fue que los líderes del CT cedieron estabilidad en el empleo y permitieron más intervencionismo estatal a cambio de que no les quitaran prerrogativas en materia de contratación colectiva y titularidad de los contratos, y participación en los tribunales”.

“En esencia, el proyecto Abascal es un pacto en contra de la modernidad. Por eso es falso, como afirman muchos panistas, que se trata de un avance gradual. No hay ningún avance real sino un retroceso muy grande”, sintetiza Arturo Alcalde.

Por su parte, Luis Bueno Rodríguez, presidente del Centro de Investigación Laboral y Asesoría Sindical (cilas) señala que “la propuesta de reforma de empresarios y viejos sindicatos no moderniza las relaciones laborales, pero sí legitima la ofensiva del capitalismo salvaje que atenta contra los derechos de los trabajadores”.

“Las reformas laborales en el mundo se han adaptado a las necesidades de la globalización. Los cambios en el mundo del trabajo desde hace 15 años –sin reforma laboral– apuntan hacia nuevos métodos de gestión que enfatizan la flexibilidad, la polivalencia y la productividad. Estos cambios significan un deterioro de los derechos laborales y de los salarios directos, que quedan sujetos a los índices de productividad”.

En este sentido, afirma, “los trabajadores no pueden defender antiguas relaciones laborales que ya entraron en crisis, por eso el mundo sindical está en el filo de la navaja: tiene que tener una propuesta de nuevas relaciones en el trabajo y está obligado a crear sus propios conceptos de productividad, flexibilidad y polivalencia”.

Según Luis Bueno, también profesor-investigador de la Universidad Autónoma Metropolitana Iztapalapa, “en el caso de la propuesta de reforma impulsada por la STPS no hay una modernización real. En lugar de dar libertad para la libre negociación entre patrones y trabajadores, el gobierno apuesta a los viejos mecanismos de control para que los empresarios impongan sus condiciones y sus conceptos a los sindicatos y a los trabajadores. Ese es un peligro que hay que rechazar”.

“Una de las propuestas centrales de Abascal –dice el presidente del CILAS– es crear empleos, pero empleos precarios, con bajos salarios, sin derechos laborales, de trabajo parcial, de temporada o por horas. Hay que cuestionar eso. Con el aumento de la productividad deben mejorarse los salarios y crear nuevos empleos pero en condiciones justas”.

“La propuesta de la UNT y del PRD está centrada en la democracia y la libertad sindicales para desmontar el viejo corporativismo sindical. Eso está muy bien pero falta desarrollar una visión propia de las nuevas realidades del mundo del trabajo”, agrega.

El proyecto Abascal, contra los derechos laborales

En el ring laboral: Francisco Hernández, Juárez, Leonardo Rodríguez Alcaine y Carlos Abascal. Fotografía: Notimex/Jorge Arciga¿Cómo se arribó a esta reforma?, se le pregunta a Arturo Alcalde.

“El gobierno se abstuvo de presentar una propuesta que sirviera de base para llegar a un consenso. La STPS propuso que los ‘sectores de la producción’ tendrían que llegar a un arreglo. Se creo una ficción pues sabemos que los que estaban sentados en la Mesa Central de Negociación no son representativos. Ni el CCE, que es una cúpula muy alejada del sentimiento e intereses de los empresarios medianos y pequeños. Ni el CT, cuyas centrales corporativas tampoco son representativas de los trabajadores. Por cierto, la posición del CT en la mesa fue que mientras menos cambios hubiera era mejor. Y eso es así porque el sindicalismo tradicional recibe los beneficios de las relaciones actuales”, señala.

Para entender esta postura hay que recordar que en México el proceso sindical y de organización se inicia mediante la firma de un contrato colectivo. En la mayoría de los casos, el patrón escoge al sindicato de sus empleados, al que estarán obligados a afiliarse mediante el mecanismo de la cláusula de exclusión. Y más tarde, el papel del empresario será impedir que los trabajadores cambien de sindicato. Esto se refuerza con la reforma.

Para Arturo Alcalde, “entre las cúpulas empresariales y sindicales era prácticamente imposible que pudieran proponerse soluciones a los problemas del mundo del trabajo porque estas soluciones afectarían sus propios intereses”.

“En la reforma laboral hay un fuerte intervencionismo estatal con sabor empresarial. El sindicalismo charro –hoy convalidado por el proyecto Abascal– no es autónomo pues, además del apoyo gubernamental, detrás de él siempre están los patrones”, anota Arturo Alcalde.

En México, 90% de los 600 mil contratos colectivos registrados son de protección (María Xelhuantzi López, en La Democracia Pendiente, 2000). El contrato de protección “se lleva a cabo a espaldas de los trabajadores entre un sindicato y un patrón, mismo que deposita en la Junta de Conciliación y Arbitraje. En virtud de ese depósito se impide que otra organización sindical solicite la firma de un contrato colectivo en virtud de existir uno firmado y depositado” (Arturo Alcalde Justiniani en El Obrero Mexicano, Siglo XXI, 1985).

Con la reforma será imposible que los sindicatos corporativos pierdan los contratos que controlan.

En un análisis sobre el proyecto de reforma, Arturo Alcalde y Héctor Barba García, también abogado, destacan que, a su juicio, hay riesgos e imprecisiones en 28 de los 268 artículos que se propone modificar.

El proyecto Abascal de reforma a la LFT “reduce sensiblemente el carácter protector de la ley, faculta la imposición unilateral de las condiciones de trabajo y limita los derechos colectivos de asociación sindical, contratación colectiva y de huelga”. En particular, favorece los contratos de protección al impedir en la práctica la posibilidad de acceder a la contratación colectiva por la vía de la huelga y al derecho a reclamar un cambio en la titularidad del contrato colectivo de trabajo”.

A su vez, “afecta los principios de estabilidad en el empleo”, advierten Arturo Alcalde Justiniani y Héctor Barba García, representantes de la UNT en las mesas de reforma de la ley en la STPS.

El proyecto Abascal va en sentido contrario de un proceso de modernización elemental. Restringe el derecho de asociación a través de un intervencionismo estatal acrecentado. Y por otro lado, impone un conjunto de ataduras a la contratación colectiva tanto en su etapa de inicio, durante la suscripción y firma del contrato, como en el caso de la titularidad de los contratos, haciendo prácticamente imposible que un grupo de trabajadores pueda demandar la titularidad del contrato o cambiar de sindicato.

Las reglas se han orientado a reducir el carácter protector de la Ley Federal del Trabajo, prácticamente en dos aspectos: la flexibilidad laboral se define sin la participación de los sindicatos; y, en segundo lugar, los cambios de criterios esenciales en la LFT en cuanto a su naturaleza protectora. Finalmente, los grandes temas no fueron tocados, siempre con el argumento de que los factores de la producción no los querían tocar, con lo que se demuestra que de esa mesa era imposible que salieran soluciones elementales para modernizar el mundo laboral.

Modifica la jornada laboral de acuerdo a las necesidades productivas de la empresa, afecta el principio de estabilidad en el empleo y altera las reglas en caso de despido o sustitución patronal. Limita sensiblemente el derecho de asociación al acotar la clasificación sindical y condicionarla a la aprobación de los patrones y sindicatos en la Junta de Conciliación y Arbitraje.

Análisis del proyecto Abascal

En el ring laboral: Francisco Hernández, Juárez, Leonardo Rodríguez Alcaine y Carlos Abascal. Fotografía: La Jornada/Luis Humberto GonzálezLa reforma afecta el carácter social y protector de la ley. En el artículo 18 se señala que “en caso de duda sobre la interpretación de las disposiciones de carácter sustantivo, prevalecerá la interpretación favorable al trabajador”.

Esto puede provocar abusos de parte de los patrones en la práctica por el amplio margen de interpretación que implica.

En el artículo 35, sobre las relaciones laborales, se señala que pueden ser por obra o tiempo determinado, por temporada, de capacitación inicial o por tiempo indeterminado. Se incurre en el error grave en materia de principios de estabilidad laboral. El error es considerarlos como algo diferente a las tres figuras vigentes.

En el artículo 39 se permite prolongar los contratos por obra determinada sin límites, lo que se presta a la simulación en relación con la materia de trabajo y la posibilidad de abusos para ampliar la contratación eventual en relaciones de trabajo que por su naturaleza son permanentes.

En materia de contratación colectiva, será prácticamente imposible que un grupo de trabajadores acceda de forma auténtica a obtener la firma de un contrato colectivo o a cambiar de representación sindical. También se afecta el derecho de asociación y de huelga.

El artículo 371 fracción III bis y IX se refieren a los estatutos de los sindicatos, en los cuales se planteará el radio de acción, lo cual es una limitación a la autonomía sindical y en la práctica se utilizará para obstaculizar los registros, los contratos colectivos y las titularidades. Es un concepto subjetivo que otorga a la autoridad excesiva discrecionalidad. En lugar de ampliar la autonomía sindical aumenta el control.

El corazón de la reforma es el artículo 387, que habla de la contratación colectiva. Se mantiene intacta si ésta se hace mediante la simple firma del patrón y del líder sindical, que es la fuente común de los contratos de protección. En contraste, si el patrón se niega a firmar el contrato colectivo se obstaculiza obtenerla mediante la huelga. Se crean requisitos imposibles de obtener en la práctica cuando se trata de procesos democráticos para emplazar a huelga, como la certificación ante la autoridad registradora de la afiliación previa de sus miembros. Este constituye un obstáculo insalvable ya que obliga a los trabajadores a litigar sobre su alta y certificación en el registro, favoreciendo la represión de los patrones, además que inhibe la vía de la contratación colectiva legítima. Como ya ocurre en la actualidad.

En el artículo 59 del proyecto se afirma: “El trabajador y el empleador fijarán la duración de la jornada de trabajo, sin que pueda exceder los máximos legales. Con esta limitación y con base en el total de horas laboradas en la semana, los trabajadores y el empleador podrán convenir la ampliación de la jornada diaria para permitirles a los trabajadores el reposo acumulado de varios días a la semana. También puede haber acumulación mensual siempre que haya acuerdo entre las partes, que no se labore una jornada inhumana y que los tiempos sean proporcionales a los establecidos por la ley.

Alcalde y Barba opinan que hablar de “jornada de trabajo inhumana” como límite viola la Constitución y se presta a abusos, “porque no está sustentada en una negociación bilateral entre empresa y sindicato, además en nada beneficia a millones de trabajadores que se verán obligados a aceptar cualquier propuesta, so pena de ser separado de su empleo”. Con ello, se podrán cambiar horas de trabajo por descanso y no por dinero”.

Sobre la jornada de trabajo, el artículo 784 fracción VIII exime de la carga de la prueba al trabajador, cuando por otros medios esté en posibilidad de llegar al conocimiento de los hechos y para ese efecto se requerirá al empleador para que exhiba los documentos. La jornada de trabajo ordinaria y extraordinaria, cuando ésta no exceda de nueve horas semanales; si el empleador requiere al trabajador para una jornada extraordinaria que exceda nueve horas semanales tendrá que hacerlo por escrito.

Esto favorece al patrón pues cuando se hable de más de nueve horas extras de trabajo, será el trabajador quien lo tenga que probar ante la autoridad.

Para demandar la titularidad del contrato colectivo de trabajo se crean nuevos requisitos que obstaculizan el ejercicio de este derecho fundamental.

Esta es la propuesta más defendida por los patrones y por el sindicalismo corporativo para mantener el control de los contratos colectivos de trabajo. Este candado pretende impedir que los sindicatos escogidos por los patrones puedan ser sustituidos por grupos de trabajadores auténticos. Estas disposiciones que otorgan amplia discrecionalidad a la Junta de Conciliación y Arbitraje, están dirigidas contra el sindicalismo democrático”, señalan los especialistas.

“Es la propuesta más reprobable del proyecto Abascal, ya que endurece aún más los obstáculos que en el proyecto de Zedillo, se intentó imponer en 1999”, agregan.

En el artículo 926 se otorga a los patrones el derecho de intervenir en las fechas de estallamiento de las huelgas y para diferir las audiencias en la Junta de Conciliación y Arbitraje. Constituye un atentado al derecho de huelga al otorgar al presidente de la junta diferir el estallamiento de una huelga, con lo que se abre la anulación de este derecho, sobre todo por la parcialidad de las autoridades laborales.

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Tanto para Arturo Alcalde como para Luis Bueno, sí se necesita una reforma laboral, pero que abra las puertas a la democracia sindical y a unas relaciones laborales justas y modernas.

“En ese contexto –afirma Alcalde– se necesita un cambio de reglas en el mundo del trabajo y que se oriente a generar condiciones para una auténtica negociación entre trabajadores y empresarios. Un sistema laboral que permite a los verdaderos actores negociar los ritmos de trabajo, la aplicación de las normas laborales, jornadas de trabajo, intensidades, remuneraciones salariales, sistemas colectivos, de formación profesional y de desempeño en general. La reforma va contra todo esto”.

En síntesis, dice Arturo Alcalde “resulta penoso que el gobierno actual mande un mensaje contradictorio; por un lado, en el discurso se habla de una mayor democratización, y por otro lado, una visión intervencionista en esta última etapa del proceso de negociación, de mayor control y subordinación del mundo del trabajo. “en esta perspectiva, estamos concluyendo con la reforma laboral un capítulo más de despojo en el mundo del trabajo”.