Directora General: Carmen Lira Saade
México D.F. Jueves 24 de octubre de 2002
  Primera y Contraportada
  Editorial
  Opinión
  Correo Ilustrado
  Política
  Economía
  Cultura
  Espectáculos
  CineGuía
  Estados
  Capital
  Mundo
  Sociedad y Justicia
  Deportes
  Lunes en la Ciencia
  Suplementos
  Perfiles
  Fotografía
  Cartones
  Fotos del Día
  Librería   
  La Jornada de Oriente
  La Jornada Morelos
  Correo Electrónico
  Búsquedas
  

Economía

La Bolsa Mexicana de Valores argumenta incompatibilidad de información

Suspendida, la cotización de acciones de Transportación Marítima Mexicana

El problema deriva de una millonaria devolución de impuestos que reclama el grupo

ISRAEL RODRIGUEZ Y VICTOR CARDOSO

La Bolsa Mexicana de Valores (BMV) suspendió la cotización de las acciones de Transportación Marítima Mexicana (TMM) como una medida precautoria hasta que se resuelva el conflicto suscitado por la devolución de una cifra millonaria de impuestos que debía recibir de la Secretaría de Hacienda. La Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) determinará cuándo se podrá reiniciar la operatividad de esa emisora en el mercado bursátil.

El Grupo TMM calificó como ''cosa juzgada'' la resolución del tribunal colegiado en materia administrativa del primer circuito para que el gobierno federal devuelva a esa empresa 2 mil 111 millones de pesos, más actualizaciones, por un cobro indebido del impuesto al valor agregado (IVA) cuando en 1997 adquirió el Ferrocarril del Noreste, que actualmente opera su filial Transportación Ferroviaria Mexicana (TFM).

A escasa media hora de abiertas las operaciones bursátiles, la BMV decidió cancelar cualquier negociación de TMM ''para evitar que se produzcan condiciones desordenadas en el mercado'', conforme a los lineamientos que regulan las transacciones en bolsa.

La BMV argumentó una incompatibilidad entre la información divulgada por TMM y otras que fueron publicadas en diversos medios de comunicación el 22 de octubre. ''Considerando lo anterior y con la finalidad de evitar que se produzcan condiciones desordenadas en el mercado, y al encontrarse pendiente la divulgación de mayor información sobre eventos relevantes se determinó suspender la cotización de los valores identificados con la clave de cotización TMM A''.

Dos horas después de la decisión de la BMV, TMM insistió en su versión de los hechos y afirmó que el gobierno federal se encuentra imposibilitado de evitar la devolución a pesar de que actualmente el caso es revisado por el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.

''TFM y TMM han recibido asesoría de sus abogados en el sentido de que el amparo concedido a TFM es cosa juzgada y que la nueva resolución que tendrá que emitir el Tribunal Fiscal estará necesariamente apegada a los lineamientos que emitió el tribunal federal, y que si alguna de las partes llegara a considerar que dicha nueva resolución se emitiera en exceso o en defecto de las instrucciones del tribunal federal, podría quejarse'', informó la emisora.

De acuerdo con la regulación prevaleciente será la CNBV, órgano regulador del mercado bursátil y bancario, la que analice la situación y emita una resolución para que la cotización de los títulos de TMM pueda volver a negociarse en el mercado accionario.

El pasado 11 de octubre, TMM dio a conocer que un panel de tres jueces del tribunal colegiado en materia administrativa del primer circuito emitió ''unánimemente'' una resolución a favor de TFM, con relación a la demanda interpuesta en enero de 1997 para la devolución del IVA por la concesión para operar el Ferrocarril del Noreste.

El reclamo se originó, explicó TMM, porque supuestamente la Tesorería de la Federación emitió, indebidamente, en el año de 1997, un certificado especial por devolución de IVA a favor de una autoridad administrativa, cuando debió haber sido para TFM.

Según sus cálculos el valor inicial del certificado especial por la devolución del IVA sería de 2 mil 111 millones de pesos (206 millones de dólares). ''Conforme a las disposiciones legales aplicables, el monto de la recuperación deberá reflejar la actualización por la inflación y los intereses acumulados de acuerdo con las tasas que marca la ley desde 1997. El tiempo y el monto final de la recuperación deberán aguardar la conclusión del proceso legal''.

Números Anteriores (Disponibles desde el 29 de marzo de 1996)
Día Mes Año