Directora General: Carmen Lira Saade
México D.F. Domingo 23 de junio de 2002
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Economía
José Antonio Rojas Nieto

Los aberrantes CSM:primera lectura

¿Realmente Pemex, el que el año pasado aportó al fisco 35 mil 347 millones de dólares en impuestos, necesita dinero externo para su desarrollo? Nadie en el gobierno se ha atrevido a formular y responder esa pregunta porque, al hacerlo, deberá explicar y justificar la aberración que representa que todas las utilidades de una de las más fértiles empresas petroleras del mundo se destinen a subsidiar a los ricos -personas y empresas- que no pagan impuestos. ¡No... no pagan impuestos!

Por eso, antes que por otras cosas, los contratos de servicios múltiples (CSM) son aberrantes. Además, a confesión de parte, relevo de pruebas. Si el nuevo gobierno decide, como parece haberlo hecho ya, impulsar estos CSM para incrementar la reserva y la producción de gas no asociado en la Cuenca de Burgos, enfrentará una controversia constitucional impulsada -muy probablemente- por la mayoría del Senado de la República, la que en abril desechó la iniciativa de privatización eléctrica.

Esta semana, en la presentación de los contratos de marras a representantes de cerca de 50 compañías extranjeras, petroleras y gaseras -¡sí señor!- surgieron severos cuestionamientos sobre la legalidad de tales convenios. Menos por interés en respetar nuestra Constitución. Más la garantía y seguridad legal y política que exigen para inversiones por miles de millones de dólares para el desarrollo de la Cuenca de Burgos. A decir de los personeros gubernamentales, estos contratos están claramente basados en la Constitución. A decir de algunos diputados y senadores están claramente fuera de la Constitución. ¿Quién tiene razón? ¿Lo definirá, una vez más, la Suprema Corte? Es probable que así sea en virtud de que no resulta claro que respeten el mandato constitucional del artículo 27: "tratándose del petróleo y de los carburos de hidrógeno sólidos, líquidos o gaseosos... no se otorgarán concesiones ni contratos, ni subsistirán las que en su caso se hayan otorgado y la nación llevará a cabo la explotación de esos productos, en los términos que señale la ley reglamentaria respectiva".

La cláusula primera de estos contratos (presentada en el llamado Modelo genérico de contrato de obra pública sobre la base de precios unitarios de junio de 2002) señala su objeto: "encomendar al contratista la ejecución y administración de las obras de desarrollo, infraestructura y mantenimiento a cambio ?dice la cláusula 14? de la contraprestación mensual en efectivo: 1) por las obras de mantenimiento de los pozos, infraestructura y demás instalaciones ya existentes; 2) por las obras de mantenimiento que sean atribuibles a obras de desarrollo y obras de infraestructura nueva; 3) por obras de desarrollo y obras de infraestructura recibidas (por Pemex)".

Podremos o no estar de acuerdo con la necesidad de que el gobierno introduzca esta nueva perspectiva en las prácticas de Pemex. Pero lo que resulta incuestionable es que hoy, todavía hoy... hoy... viola el artículo 27 de la Constitución. Ya se encargará, precisamente la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de aclararlo. Personalmente dudo que les reconozca constitucionalidad alguna. Hay violaciones flagrantes a la letra y al espíritu de la Constitución, no sólo del 27 sino aun del 28, que ordena al Estado dotarse de los organismos y las empresas que requiera para el eficaz manejo de las áreas estratégicas ?hidrocarburos, sin duda? a su cargo.

Aquí, el gobierno busca dotar a la nación de organismos y empresas para desarrollar la explotación del gas natural no asociado. Pero se trata de empresas privadas, nacionales y extranjeras. Y eso viola la Constitución. ¡Vaya que lo hace!

Lo confirman dos propuestas de los contratos. El primero, que los pagos a quienes se dio contrato (debiéramos decir concesión) de un área de trabajo provendrán de la nueva producción (ver la notable e impresionante cláusula 15), y para ello -como jamás se había hecho- Pemex mismo y en el propio terreno nacional, entrará en tratos con el contratista para medir esta nueva producción, sometiéndose a un complejo proceso para ello.

Además, pagará primero intereses, después obras nuevas en funcionamiento y, finalmente, obras entregadas. Y por si esto no fuera indicio de violación a la Constitución y señal inequívoca de pérdida de soberanía, baste decir la segunda característica que confirma lo aberrante de estos contratos. En la no menos sorprendente cláusula 34 se indica que ningún funcionario, empleado, mandatario, miembro del personal del contratista o de sus subcontratistas será considerado por ningún motivo como empleado de Pemex, lo que dicho en buen romance significa que el Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana deja de ser reconocido como sindicato nacional de industria, con lo que además del golpe a la soberanía se da un certerísimo golpe a la legislación laboral mexicana. Sorprende que el sindicato hoy no diga nada. ¿Por qué? Pero... deberemos seguir leyendo los términos de la concesión (perdón...) del contrato de marras para seguir sorprendiéndonos. Y mucho.

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