El ICBG canalizó 2.5 millones de dólares del gobierno de los Estados Unidos para el proyecto en Los Altos de Chiapas. Utilizando el conocimiento indígena como guía de su investigación, el proyecto ICBG en Chiapas se propone descubrir, aislar y evaluar farmacológicamente componentes importantes de especies vegetales y microorganismos usados en la medicina maya tradicional.
A principios del mes de enero de 1998 una de las 11 organizaciones
del Consejo de Organizaciones de Médicos y Parteras Indígenas
Tradicionales de Chiapas (COMPITCH), la Organización de Médicos
Indígenas del Estado de Chiapas (OMIECH), fue invitada a participar
como contraparte del proyecto ICBG-Maya. De inmediato rechazó tal
propuesta informando de ello al Consejo. La COMPITCH denunció el
incumplimiento de los compromisos del consorcio y la falta de transparencia,
legitimidad y legalidad de diversas actividades.
El reparto ``justo y democrático'' de los posibles beneficios entre las comunidades participantes que prevé el consorcio, no se haría según la cultura, costumbres y formas de organización propias de los pueblos indígenas --como lo prevén las leyes mexicanas y los Acuerdos de San Andrés--, sino mediante la creación de un fideicomiso denominado PROMAYA que, de acuerdo al convenio, sería administrado por personas seleccionadas por el consorcio, que decidirían el monto y destino de los recursos.
El COMPITCH solicitó la intervención de la Secretaría del Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca (Semarnap) con el propósito de suspender el proyecto hasta no haber iniciado un proceso de información sobre el aprovechamiento de los recursos genéticos, y posteriormente convocar a consultas, con miras a la conformación de un marco legal que regule la instrumentación en México de proyectos con fines biotecnológicos. Se conformó una Mesa de Negociación Tripartita, que reunió a los delegados indígenas, los del proyecto y autoridades de la Semarnap, el Instituto Nacional de Ecología (INE) y la Comisión Nacional para la Biodiversidad (Conabio). La Mesa ha tratado de salvar la controversia a través de dos estrategias:
Primera, la elaboración de un manual administrativo a partir del cual daría respuesta inmediata a los permisos de colecta con fines biotecnológicos presentada en el mes de abril por el Consorcio ICBG-Maya. Segunda, inducir a las partes a un proceso de negociación que propicie un acuerdo particular y emergente para el caso.
Respecto a las dos posiciones anteriores, manifestamos que:
1. No aceptamos la invitación que nos hace el gobierno federal a elaborar tal manual porque violaría la Constitución General de la República (art. 13) al establecer un procedimiento administrativo de carácter privativo. (Su elaboración, por cierto, ya inició.)
2. No queremos ni podemos ser la organización única con la que se hagan las ``contribuciones'' a la normatividad buscada. Porque esa ``contribución'' incumbe a todas las organizaciones y pueblos indios, a los mexicanos y aun a la humanidad entera. El COMPITCH no se adjudicará una representación que nadie le ha dado ni se prestará a ser la organización a través de la cual el gobierno federal convalide, ante la opinión pública nacional e internacional, un proceso inconstitucional de ingreso de la inversión colonial enmascarada a la que se le entregarían los recursos nacionales.
3. No estamos de acuerdo en que la jerarquía jurídica de la normatividad a cuya elaboración se nos convoca, sea la de un manual administrativo, inferior inclusive a la de los ordenamientos que regulan el otorgamiento de licencias de para automovilistas. Decimos que esta norma debe tener el rango de una Ley Reglamentaria, de orden público e interés social, y que debe otorgar a los recursos genéticos el carácter de inalienables y estratégicos, en base a que:
a. Los recursos genéticos son de la Nación. Así lo declara implícitamente nuestra Constitución, y expresamente el Convenio sobre Diversidad Biológica.
b. Constitucionalmente, los recursos genéticos gozan de la misma naturaleza y características que declaran inalienables a otros semejantes como son: el telégrafo y la petroquímica básica. Los recursos genéticos son las unidades funcionales de herencia de la materia viva, las claves de la vida, y no puede considerarse su manipulación y aprovechamiento menos trascendente.