Domingo 14 de abril de 2024, p. 9
En cumplimiento con una ejecutoria de amparo, Eduardo Apodaca Magallanes, ex jefe del Departamento de Recursos Materiales de la Oficina de Representación del Instituto Nacional de Migración (INM), enfrentará en libertad su proceso penal por lo ocurrido el 28 de marzo de 2023 en la estación migratoria de Ciudad Juárez, donde fallecieron 40 extranjeros y 27 más resultaron lesionados, y se le impuso el pago de una garantía de un millón y medio de pesos que deberá cubrir en un plazo máximo de 30 días.
Con base en la sentencia dictada por el tribunal colegiado de apelación de 17 circuito, en Ciudad Juárez, se modificaron las medidas cautelares impuestas a Apodaca Magallanes, detenido el 13 de abril del año pasado luego de que el tribunal consideró que el pago de una garantía de 30 millones de pesos era violatorio de los derechos humanos del acusado, ante su precaria situación económica, ya que dependía de su salario y desde su aprehensión no percibe salario pues fue despedido del INM y tampoco ha pagado la hipoteca de su vivienda.
Apodaca Magallanes enfrenta un proceso penal por los delitos de ejercicio ilícito del servicio público, homicidio y lesiones.
Fuentes federales revelaron que esta madrugada el juzgado séptimo de distrito en Ciudad Juárez, dio cumplimiento en la sentencia dictada por el tribunal colegiado, el cual consideró que la imposición de una garantía de 30 millones de pesos a Apodaca Magallanes para otorgarle el beneficio de enfrentar en libertad su proceso penal, se realizó una indebida fundamentación y motivación en la determinación
por parte del juez de distrito especializado en el Sistema Penal Acusatorio, adscrito al Centro de Justicia Penal Federal en el estado de Chihuahua, con sede en Ciudad Juárez, en funciones de juez de control.
El impartidor de justicia que decretó la imposición de la prisión preventiva contra el ex funcionario del INM, señala el tribunal colegiado en su sentencia, de la cual posee copia La Jornada, “omitió hacer referencia y tomar en cuenta lo dispuesto por el artículo 155 del Código Nacional de Procedimientos Penales, que contempla los diversos tipos de medidas cautelares.