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Derechos Humanos de CDMX puede atender casos graves: Corte
 
Periódico La Jornada
Miércoles 5 de septiembre de 2018, p. 31

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró ayer constitucional la facultad que otorga la Carta Magna de Ciudad de México a la Comisión de Derechos Humanos capitalina (CDHDF) para conocer de violaciones graves a esas garantías básicas, toda vez que con ello no se invade la esfera de competencia del ombusdman nacional para investigar ese tipo de casos.

Sin embargo, al continuar con el análisis de las controversias constitucionales presentadas por la Procuraduría General de la República y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos en contra de diversas disposiciones de la Constitución de Ciudad de México, el pleno de la SCJN declaró inconstitucionales los mecanismos contemplados en la norma capitalina para analizar y dictaminar los alcances de sus normas en materia de derechos humanos, pues los ministros consideraron que la manera en que fueron redactados –lo que en términos jurídicos se denomina parámetro de regularidad constitucional local– podría dar pie a interpretaciones equivocadas y que se convirtiera en un mecanismo que coloque a la Constitución local por encima de lo que establece la Carta Magna nacional.

Por ello, el pleno de la Corte determinó que la Constitución federal, los tratados internacionales en materia de derechos humanos y las leyes generales no forman parte del conjunto de normas de Ciudad de México que reconocen esas garantías básicas.

De igual manera, se declararon inconstitucionales los artículos que permitían a la Comisión de Derechos Humanos de Ciudad de México acudir ante la sala constitucional del Poder Judicial local para reclamar el incumplimiento de una de sus recomendaciones, pues con ello se viola el sistema de protección no jurisdiccional de los derechos humanos.