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La Comisión de Derechos Humanos de la Cámara busca un trato sin distinción

Avanza la iniciativa para quitar acrónimo VIP en trámites públicos y privados

Es un acto discriminatorio que atenta contra el derecho de las personas: María Mercado

 
Periódico La Jornada
Sábado 30 de diciembre de 2017, p. 13

La iniciativa de reforma a la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, que busca erradicar la práctica de acrónimos VIP en la atención, recepción y resolución de cualquier trámite o servicio en instituciones públicas y privadas, se encuentra avanzada.

El trato desigual en lugares públicos tales como aeropuertos con acceso y estancia denominadas very important person, (VIP, por sus siglas en inglés), teatros u otro tipo de espectáculos, donde se ofrecen servicios de forma exclusiva, con reserva y derecho de admisión, así como en bancos, es claramente una estrategia discriminatoria y clasista al poner efectivamente una medida distintiva y preferencial entre clientes y usuarios.

La Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados pretende con esto fomentar la atención igualitaria y trato digno entre la población.

María Mercado, diputada por Movimiento Ciudadano (MC) y quien promueve la iniciativa, refirió que en las sucursales bancarias a menudo decenas de personas toman su turno en las filas para efectuar algún trámite, en tanto “en el espacio correspondiente a clientes preferentes, sin que exista gran número de personas formadas, son llamadas para ofrecerles atención inmediata.

A muchos jóvenes se les impide el acceso a teatros u otros eventos por no contar con una capacidad económica elevada que les permita calificar como persona muy importante, o VIP, y gozar de una mejor calidad de atención o recibir un trato rápido y justo como persona con derechos plenos.

El concepto que establece la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, considera este término como todo acto de distinción, exclusión, restricción y preferencia, o aquel que tenga por objeto obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar y anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos y las libertades de las personas.

De igual manera, la Constitución Política dicta que todo acto de discriminación debe ser prohibido tan sólo por ser contrario a los derechos básicos de las personas, así pueda entenderse en el ámbito público o privado.

Hasta ahora, aduce la diputada promovente, la iniciativa privada tampoco ha hecho suficiente para contrarrestar estos efectos mediante el trato ofrecido a sus clientes o usuarios, ya que en numerosas ocasiones sólo manifiestan su propio interés de lucro y generación de ganancias económicas, justificando sus acciones en el supuesto derecho de propiedad y de libre juicio sobre el trato hacia los demás.