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Habitantes se manifiestan frente a la delegación; exigen respetar su derecho al autogobierno

Rebelión en 12 pueblos de Xochimilco por convocatoria para elegir autoridades

Los coordinadores territoriales deben definirse por usos y costumbres

Hay antecedentes, dicen

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A fin de comprobar que no haya filtraciones en el canal 27 de Zacapa, en Xochimilco, ayer se realizó la prueba de estanqueidad, la cual consistió en introducir 600 mil litros de agua a la zona, que será supervisada dos días por las autoridades delegacionales, quienes junto con la Universidad Nacional Autónoma de México realizarán estudios de mecánica de suelo y geofísica en 500 metros alrededor del sitio donde se presentó la afectación, a fin de descartar alguna otra fisuraFoto Cristina Rodríguez
 
Periódico La Jornada
Viernes 24 de febrero de 2017, p. 34

Representantes y pobladores de 12 de los 14 pueblos de Xochimilco se manifestaron frente a la sede delegacional para exigir que se respete su derecho al autogobierno y se declare nula la convocatoria emitida por las autoridades delegacionales para elegir a los coordinadores territoriales de los poblados, que deben definirse por usos y costumbres.

Alejandro Velázquez, del Frente Autónomo de Xochimilco, indicó que se entregó una demanda a la autoridad delegacional para que la envíe al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, a fin de iniciar el juicio.

Detalló que ya existe el antecedente en las delegaciones Tláhuac y Tlalpan, donde se falló en favor de los pueblos en una situación similar, por lo que esperan que se repita esa misma sentencia.

Nosotros lo que pedimos es que se respete el método de elección en los pueblos en los que se ha definido en asambleas quiénes son los coordinadores y no en elección, como se establece en la convocatoria, apuntó.

En la demanda interpuesta los pobladores argumentaron que la convocatoria emitida el pasado 17 de febrero en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México para participar en la elección de coordinadores territoriales viola, en perjuicio de los pueblos de Xochimilco, los derechos humanos consagrados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en tratados internacionales.

Detallaron que en el artículo segundo constitucional se reconoce y garantiza el derecho de los pueblos y las comunidades indígenas a la libre determinación, y en consecuencia, a la autonomía para decidir sus formas de convivencia y organización social.

De la misma manera, abundaron, se permite elegir de acuerdo con sus normas, procedimientos y prácticas tradicionales a las autoridades o representantes para el ejercicio de sus formas propias de gobierno interno, garantizando la participación de las mujeres en condiciones de equidad frente a los varones, en un marco que respete el pacto federal y la soberanía de los estados.

Aún más, indicaron que en diversos tratados internacionales, como el Convenio 169 Sobre Pueblos Indígenas y Tribales de la Organización Internacional del Trabajo, así como la Declaración Americana sobre Derechos de Pueblos Indígenas se reconocen las formas de organización propias de los pueblos autóctonos y el derecho a la autonomía o al autogobierno.