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La junta de coordinación busca que se vote el día 14

Reviven diputados la ley para declarar estados de excepción
 
Periódico La Jornada
Miércoles 7 de diciembre de 2016, p. 4

La Cámara de Diputados pretende revivir y aprobar la próxima semana la minuta del Senado sobre la ley reglamentaria del artículo 29 constitucional, que otorga al Presidente de la República la atribución de solicitar al Congreso la suspensión de garantías y estados de excepción cuando considere que hay riesgos ‘‘a la paz pública, la seguridad o una amenaza al Estado’’.

El 29 de marzo, la Comisión de Gobernación aprobó el dictamen respectivo con la intención de que ese mismo día fuera votado por el pleno. Sin embargo, debido a que no se cumplió el requisito de discutirlo y votarlo en una misma reunión de trabajo con la Comisión de Derechos Humanos, el tema se archivó.

Ahora, cuando está por terminar el periodo ordinario de sesiones, se decidió que, sin reponer el procedimiento, la Comisión de Derechos Humanos apruebe el dictamen por separado.

La intención de la Junta de Coordinación Política es que esa comisión discuta el tema a más tardar el martes para que el dictamen sea votado en la sesión del pleno que se citará para el miércoles 14, última del periodo, porque el único objeto de la del día 15 será entregar la medalla al mérito cívico Eduardo Neri.

En marzo, la Comisión de Gobernación aprobó el dictamen con el argumento de que es preferible un mecanismo que regule la atribución presidencial de suspender garantías en casos de invasión, perturbación grave de la paz pública u otro que ponga a la sociedad en grave peligro o conflicto.

El dictamen señala que la solicitud presidencial tendría por objeto suspender o restringir el ejercicio de derechos humanos y el ‘‘sacrificio temporal de derechos’’, entre éstos los de manifestación, asociación, circulación y libertad de expresión, patrimoniales, crédito o de derecho de autor.

En las consideraciones de la comisión –que son de carácter vinculatorio en el ejercicio de las leyes– se incluye una lista de los peligros que justificarían una petición para suspender garantías en un estado, región o todo el territorio, con el argumento de que la suspensión ‘‘puede ser una forma de tutela a los derechos humanos’’.

Dice: ‘‘Pueden mencionarse ejemplificativamente las perturbaciones de factores naturales como sismos, tormentas, huracanes, explosiones volcánicas, epidemias… Así como revueltas internas de gran calado, incursiones de grupos armados internos, graves afectaciones a la paz o la estabilidad interna del propio Estado, crisis económicas que por su gravedad puedan generar alteraciones al orden público, eventos derivados de la intervención humana (casos fortuitos), como incendios, accidentes nucleares o liberación de plagas/epidemias, entre muchas otras’’.

Para justificar su voto, el PAN se refirió entonces al ataque a las Torres Gemelas, a las explosiones en París y Boston, así como a los atentados en Pakistán, que han trastocado cómo debemos regular nuestras convivencias.

Según la comisión, la noción de estado de excepción que propone como base para la ley ‘‘es amplia, dúctil, capaz de ser aplicable a diversas situaciones que pongan en riesgo a la sociedad’’.

El artículo 29 de la Constitución, que fue reformado en 2011, incluye un ‘‘catálogo intangible’’ de derechos que, en caso de una declaratoria de suspensión de garantías o estado de excepción, no pueden ser restringidos, pero la comisión advirtió que ello “no implica que los demás derechos no puedan ser objeto de una suspensión o restricción que para su vigencia ante situaciones excepcionales amerita un sacrificio –siempre temporal– de otros”.