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El jueves se hace oficial la vigencia de la legislación

La mayoría de la Corte, por validar el derecho de réplica

Es complementario y no afecta la libertad de expresión, señalan

 
Periódico La Jornada
Miércoles 9 de noviembre de 2016, p. 13

La mayoría de ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación se pronunció por validar el derecho de réplica previsto en la ley reglamentaria del artículo sexto constitucional, en la parte que señala que éste procede cuando se trate de información inexacta o falsa que cause agravio político, económico, en el honor, la vida privada y la imagen de las personas.

Siete de los 11 ministros hablaron ayer contra el proyecto elaborado por Alberto Gelacio Pérez Dayán, y sostuvieron que el de réplica es un derecho complementario y no contrario al derecho de libertad de expresión.

José Ramón Cossío dijo que al votar por validar la norma impugnada se busca dar voz o espacio a quien haya sido aludido para lograr un equilibrio entre los sujetos y la información difundida, “garantizando así el más pleno ejercicio de la libertad de expresión de ambas partes y el más amplio debate e información en una sociedad democrática.

Lo que impugnan los partidos Morena y de la Revolución Democrática es, esencialmente, que la omisión de contemplar la réplica respecto de información cierta, pero agraviante, resulta inconstitucional en tanto restringe el mismo derecho de réplica y la libertad de expresión.

Cossío agregó que los quejosos, vía acción de inconstitucionalidad, pretenden demostrar que la ley les impone la carga de demostrar no solamente la falsedad o inexactitud de la información, sino también el perjuicio. Subrayó que en congruencia con el derecho de réplica, este argumento es infundado.

Al igual que la mayoría, precisó que el derecho de réplica sólo puede ejercerse frente a datos y hechos, no frente a opiniones.

Arturo Zaldívar señaló que de proceder la acción de los partidos –invalidar los conceptos de información inexacta o falsa– se dejaría abierta la posibilidad, prácticamente a cualquier persona, para que pueda decir que algo la agravia sin ninguna base objetiva, lo que es profundamente peligroso para la libertad de expresión del país.

En términos similares se pronunciaron Javier Laynez Potisek, Fernando Franco, Norma Lucía Piña Hernández y Margarita Luna Ramos.

En tanto, Eduardo Medina Mora demandó la invalidez de párrafos completos de la ley impugnada y no sólo lo que propone Pérez Dayán.

El ex procurador general de la República se pronunció por pedir al legislador que reforme la ley para establecer un balance adecuado entre libertad de expresión y la oportunidad de corregir o acotar informaciones que resulten falsas, inexactas, pero también incompletas.

Además, dijo: ojalá que los medios, en algún momento, hicieran suya esta práctica estándar que ocurre en muchos países de obligarse a sí mismos a consultar al aludido antes de hacer la publicación correspondiente.

Aun cuando faltan tres ministros por abordar esta parte del proyecto, al no reunir los ocho votos necesarios para invalidar la norma, es un hecho que la ley permanecerá vigente en la parte en que el proyecto proponía invalidar ciertas partes de la norma, y ello se oficializará en la sesión del próximo jueves, cuando continúe la discusión de otros artículos impugnados por PRD y Morena, así como en la acción de inconstitucionalidad presentada por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, en la que impugna el monto de las sanciones a los medios que no cumplan con el derecho de réplica.