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Número Especial octubre noviembre 2016 No 208

Cimientos legales del conservacionismo mexicano moderno

Luz Emilia Aguilar Zinser
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Cuando Miguel Ángel de Quevedo inició su campaña conservacionista a fines del siglo xix, la Constitución liberal de 1857 no daba lugar a una legislación forestal nacional, ni a la creación de instituciones federales que pudieran actuar en las distintas entidades federativas, por eso las disposiciones jurídicas para proteger los bosques fueron fragmentarias en ese periodo de enorme crecimiento y se dio una masiva deforestación.

Quevedo respetaba y creía en las garantías constitucionales sobre la propiedad particular, pero reconocía la necesaria intervención del Estado para proteger los bosques. Si como había dicho Humboldt en México, el 75 por ciento del terreno es de vocación forestal, nuestro país debía convertirse en una potencia en la producción de madera. Para dar viabilidad a largo plazo al desarrollo debían reservarse como propiedad de la nación los bosques estratégicos para el equilibrio del territorio, en especial los de las partes altas de las cuencas y las barrancas (esos sistemas fundamentales para proveernos de agua, mantener la biodiversidad y evitar deslaves) y poner a producir, bajo propiedad particular, comunal o nacional, los ubicados en zonas adecuadas para ello, con un plan que incluyera consideraciones científicas, sociales, económicas, históricas y políticas y que asegurara sustentabilidad a futuro. Esa medida a la luz del enorme crecimiento que se registraba en México a fines del siglo xix le parecía urgente.

Quevedo conocía la historia forestal de México y sabía de las desastrosas consecuencias de la expedición de la Ley de Tierras y Aguas de 1884, en la que se concedieron grandes y muy importantes extensiones de bosques a particulares. Entre éstos una buena cantidad de extranjeros que los explotaban intensivamente sin pagar el impuesto debido por ese concepto y sin considerar el grave daño para el futuro de la Nación.

En 1901, don Miguel Ángel expuso sus ideas en el Segundo Congreso de Meteorología. Muchos coincidieron con su diagnóstico, pero fue abrumadora la negativa a reconocer la necesidad de modificar la Constitución y promover leyes forestales.

En 1908, vino Gifford Pinchot, en representación del presidente Theodore Roosevelt, a invitar a nuestro país a la primera Conferencia Internacional Norteamericana sobre Conservación de Recursos Naturales, a celebrarse en febrero de 1909 en Washington, donde también participarían Canadá y Terranova. Don Miguel Ángel formó parte de la delegación mexicana. En su intervención destacó la necesidad de contar con amplias zonas boscosas de reserva federal, coincidió con los demás asistentes en la urgencia de elaborar una estadística forestal de cada nación, adecuados marcos legislativos para la conservación de los elementos naturales renovables y en abordar la problemática trascendiendo fronteras.

En 1909, luego de esa convención, las cámaras legislativas mexicanas aprobaron la primera ley forestal, aunque solo aplicable al Distrito Federal. En ese mismo año se logró que el gobierno federal reservara los terrenos baldíos y nacionales para bosques, con la expedición de la Ley de Tierras, a la que se sumaron un decreto sobre la organización de los servicios agrícolas federales y la Ley sobre Aprovechamiento de Aguas de Jurisdicción Federal.


Secretaría de Agricultura y Fomento en lo que hoy sigue siendo el vivero de
Coyoacán en una foto ca. 1910

Al regreso de su exilio en Francia, a donde huyó amenazado por Victoriano Huerta, Quevedo tuvo noticia de que el Congreso Constituyente de 1917 planeaba incluir en la Carta Magna disposiciones para el fraccionamiento ejidal de los bosques como si se tratara de terrenos agrícolas, lo que hubiera implicado su destrucción en muy poco tiempo. Para sensibilizar a los constituyentes sobre las consecuencias de ese error mandó imprimir ejemplares de su folleto Algunas consideraciones sobre nuestro problema agrario y dictó una conferencia en la Sociedad Científica Antonio Alzate, con el título de La necesaria expedición de leyes para la protección forestal, que también publicó en folleto. Buscó a Pastor Rouaix, quien estaba analizando la redacción del Artículo 27. Y poco después, Venustiano Carranza, José Natividad Macías, Luis Manuel Rojas y el propio Rouaix se hospedaron unos días en la casa de Quevedo en Coyoacán, el histórico parque Arboretum en la esquina de las hoy calles de Francisco Sosa y Panzacola, con el fin de trabajar en la Constitución en un sitio tranquilo alejado de la ciudad.

Miguel Ángel de Quevedo convenció a Rouaix, Macías y Rojas de la importancia de proteger a los bosques y no obstante que Venustiano Carranza le había argumentado que en Coahuila se había vivido sin bosques y se había vivido bien, por lo que no veía la necesidad de protegerlos (México forestal, octubre, 1925). Quevedo logró ver en el Artículo 27 de la Constitución el reconocimiento de la necesidad de que el Estado interviniera para garantizar la conservación de los elementos naturales, con lo que se dio fundamento a la expedición de leyes, reglamentos y el establecimiento de instituciones de alcance nacional con ese objetivo.

En los dos iniciales números de México forestal se dio a conocer una propuesta de Ley Forestal y de Arboledas formulada por Miguel Ángel de Quevedo y Ramón de la Barrera. En abril de 1926 se aprobó la primera Ley Forestal Nacional en congruencia con el proyecto propuesto por Quevedo, aunque con algunos cambios.

En 1938, el ingeniero logró como jefe del Departamento Autónomo Forestal y de Caza y Pesca la publicación del Primer Código Forestal de los Estados Unidos Mexicanos. Incluyó, además de la ley forestal, una pionera ley de caza y otra de pesca.

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