Directora General: Carmen Lira Saade
Director Fundador: Carlos Payán Velver
Director: Iván Restrepo
Editora: Laura Angulo
Número Especial agosto septiembre 2016 No 207

Legislación sanitaria asociada al control
de ficotoxinas marinas en México

Ernesto García Mendoza
Departamento de Oceanografía Biológica, CICESE
Correo-e: [email protected]

Erick J. Núñez Vázquez
Centro de Investigaciones Biológicas del Noroeste, Cibnor-La Paz
Correo-e: [email protected]

Antonio Almazán Becerril
Unidad de Ciencias del Agua, CICY, AC
Correo-e: [email protected]


Científicos de Ensenada crearon un laboratorio de servicios, monitoreo e investigación sobre ficotoxinas asociadas a los FAN

Las ficotoxinas marinas pueden acumularse en los moluscos bivalvos y en otros organismos que se alimentan de microalgas. Desde el surgimiento de las primeras intoxicaciones en humanos asociadas al consumo de productos del mar, las ficotoxinas son consideradas como un riesgo a la salud pública y se reconocen varios síndromes asociados a estos compuestos (ver artículos de este suplemento). Por lo tanto, su presencia se monitorea y se regula con base a un conjunto de leyes y normas sanitarias. Citemos las fundamentales.

En la Norma Oficial Mexicana (NOM-242-SSA1-2009) y la Guía técnica del Programa Mexicano de Sanidad de Moluscos Bivalvos (PMSMB) de la Comisión Federal Contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), se establecen 20 mg/kg como la concentración máxima permitida de ácido domoico (toxina amnésica de moluscos), 800 µg eq. STX/kg para las toxinas de tipo paralizante (saxitoxina y análogos), 160 µg/kg para el ácido okadaico (toxina diarreica de moluscos), 20 UR/100 g para la brevetoxina (toxina neurotóxica de moluscos) y 2.5 UR para la ciguatoxina en peces (UR = unidad ratón: cantidad suficiente de toxinas para matar un ratón de 20 g).

La guía técnica considera otros dos tipos de toxinas al establecer que el límite máximo permitido (LMP) para yesotoxinas es de 1 mg/kg y 160 µg/kg para azaspiracidos en moluscos. Esta guía también contiene las instrucciones y lineamientos para el muestreo de ficotoxinas y fitoplancton y además, describe las instrucciones de control sanitario cuando estas toxinas rebasan los LMP.

El esquema de control de ficotoxinas está resumido en el Plan de contingencia para el control de biotoxinas marinas, publicado en mayo de 2015 por la Cofepris para incorporar modificaciones recientes que no se mencionan en la Guía técnica ni en la NOM-242-SSA-2009. Este documento establece que la abundancia relativa de fitoplancton se debe de monitorear semanalmente en puntos de muestreo determinados por la autoridad sanitaria de cada estado costero como medida de alerta temprana.


Dos imágenes que nos remiten a las películas de terror y que no son sino florecimientos algales fuera de control

Por otro lado, la presencia de ficotoxinas se debe evaluar mensualmente en producto de las zonas de extracción de moluscos bivalvos. La determinación de ácido domoico, saxitoxina y ácido okadaico se realiza por medio de pruebas rápidas como medida del control oficial de ficotoxinas, lo cual solo se hace en México y no en otros países. Si existe un resultado positivo para el ácido domoico y saxitoxina (pruebas cualitativas) o por arriba del LMP en caso del ácido okadaico, se implementa una veda precautoria. Las demás ficotoxinas señaladas en la NOM-242-SSA-2009 o Guía técnica no se monitorean de forma regular.

Esta veda pasa a la categoría de veda temporal si la concentración de ficotoxinas es mayor al LMP cuantificada por métodos de referencia, como HPLC para ácido domoico y bioensayo en ratón para saxitoxina y ácido okadaico. La veda precautoria se levanta cuando la concentración de ficotoxinas es menor al LMP o se mantiene hasta obtener tres resultados por debajo del LMP en muestras consecutivas colectadas al menos cada cuatro días entre cada una de ellas.

Asimismo, el muestreo de fitoplancton se intensifica a cada tercer día ante la presencia de ficotoxinas o ante un florecimiento algal potencialmente tóxico.

Las medidas descritas tienen como finalidad asegurar la inocuidad de los moluscos bivalvos en México. También existen acciones para evitar intoxicaciones por ciguatera, como la prohibición del comercio de barracuda establecida por las autoridades sanitarias de Quintana Roo.

La Guía técnica nacional se diseñó copiando la guía de programa sanitario de mariscos de Estados Unidos y se han incorporado indicaciones de la administración de alimentos de este país, principal importador de moluscos bivalvos cultivados en México. En la actualidad, la regulación de ficotoxinas en México se sustenta en un programa emergente. Por lo anterior se necesita impulsar y considerar el conocimiento científico generado en los centros de investigación nacionales y actualizar y establecer capacidades técnicas regionales para la medición de estos compuestos. De igual forma, conceder la adecuada atención a los problemas derivados de la ficotoxinas marinas.


Evolución de consumo de mariscos hasta nuestros días. Mural de promoción de la Baja Seafood Expo del 2015
Imagen cortesía de Patronato de Baja Seafood Expo, AC

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