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El año pasado fueron 96% y no tuvieron acceso a recursos

Plantean iniciativa de reforma para atender a víctimas del fuero local
 
Periódico La Jornada
Lunes 4 de abril de 2016, p. 7

El gobierno federal, la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (Ceav) y el Senado han trabajado una reforma a la Ley General de Víctimas, que podría discutirse en los próximos días y que modifica más de 20 artículos, entre ellos el octavo para que, con cargo al fondo de apoyo, ‘‘se pueda atender a víctimas del fuero local’’, que el año pasado fueron 96 por ciento y no tuvieron acceso a recursos.

La iniciativa regula la facultad de atracción y autoriza a la Ceav a intervenir y reparar a las víctimas en casos del fuero local –la mayor parte– y ‘‘tienen derecho a solicitar y recibir ayuda, asistencia y atención en forma oportuna, rápida, equitativa, gratuita y efectiva de acuerdo con las necesidades inmediatas que tengan relación directa con el hecho victimizante, a partir del momento de la comisión del delito o de la violación de sus derechos’’.

En la reforma se refiere que la Ceav tiene la facultad de atender y reparar a las víctimas de delitos del fuero federal y de violaciones de derechos humanos cometidas por autoridades federales. Sin embargo, la mayoría de los delitos que se cometen en territorio nacional corresponden al fuero local.

En 2012 se cometieron 125 mil 328 delitos del orden federal y un millón 704 mil 915 del local; 2013, 98 mil 189 del fuero federal y un millón 681 mil 77 del local; 2014, 98 mil 59 y un millón 590 mil 331; en 2015 sumaron 95 mil 727 ilícitos del fuero federal y un millón 500 mil 897 del local.

En la propuesta del artículo octavo modificado se precisa que ‘‘las víctimas recibirán ayuda provisional, oportuna y rápida para atender y garantizar la satisfacción de necesidades como alimentación, transporte de emergencia y alojamiento transitorio en condiciones dignas y seguras, a partir del momento de la comisión del delito o de la violación a derechos humanos o en el momento en que las autoridades tengan conocimiento, durante el tiempo que sea necesario para garantizar que la víctima supere las condiciones de necesidad inmediata’’.

Incluso, se agrega un párrafo a ese artículo en el que se establece que en casos urgentes o de extrema necesidad, o en aquellos que las instituciones públicas no cuenten con capacidad para brindar la atención a las víctimas, ‘‘se podrá recurrir a instituciones de carácter privado con la utilización de recursos del fondo’’.

Ante el sinnúmero de denuncias y quejas que se han recibido en el Senado durante las audiencias públicas para la elaboración de las leyes contra la desaparición forzada de personas y desaparición entre particulares, y la de tortura, la propuesta de modificación atiende esos reclamos y para ello en el artículo referido se destaca que la comisión ejecutiva o las comisiones de víctimas de los estados otorgarán las medidas de ayuda urgentes con cargo al fondo o fondos estatales, y ‘‘en su caso se requerirá a la víctima en un plazo de 30 días los comprobantes del gasto que se hayan generado’’.

De igual forma, se plantea adicionar el artículo 27 de la ley para incluir, con cargo al fondo, ‘‘todos los conceptos de reparación integral y no sólo los que tengan que ver con la compensación económica. En el artículo 39 bis se incluyen las medidas inmediatas –traslados, alimentación y hospedaje– y se define el modelo de operación que haga posible a la Ceav cubrir dichas erogaciones por anticipado.

Se subraya que ‘‘bajo la legislación actual, el otorgamiento de estas medidas se realiza en condiciones específicas y restrictivas, toda vez que están previstas sólo mediante el proceso de reparación integral que llega en la etapa final. Esto coloca a las víctimas es una posición que hace nugatorio el ejercicio de múltiples derechos y provoca escenarios de revictimización.

‘‘Se prevé que las autoridades que generen el hecho victimizante sean quienes cubran con los recursos correspondientes (…) para lo cual, en un plazo no mayor a seis meses, la entidad federativa deberá reintegrar los gastos que en su caso se hayan erogado’’. Otro de los cambios propuestos es en el artículo 85, en el cual se modifica la estructura de mando de la Ceav y se indica que la comisión estará a cargo de un solo titular.