Sociedad y Justicia
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Dañan al trabajador y a instituciones de salud, dice diputada

Contratos de prueba alientan la exclusión laboral de jóvenes
 
Periódico La Jornada
Domingo 28 de junio de 2015, p. 31

La exclusión laboral de los jóvenes en México se deriva también de dos formas ominosas de contratación (denominadas a prueba y de capacitación inicial), propiciando que el número de jóvenes mexicanos que no se emplean ni estudian alcance los 7 millones 140 mil, según la OCDE.

En la Cámara de Diputados la legisladora Joaquina Navarrete (PAN) sostuvo que ambas formas de contratación, contenidas en al reforma laboral de 2012, rompen la bilateralidad en la relación de trabajo, porque el despido o separación del trabajador queda a la decisión unilateral del patrón.

Este tipo de contratos precarios afecta las finanzas de las instituciones de seguridad social, y, sobre todo, dejan en desventaja al trabajador en el marco de la relación de trabajo. Si partimos del texto de la Ley Federal del Trabajo, nos percatamos que la discriminación no sólo se traduce en impedir o anular el reconocimiento o ejercicio de los derechos, sino en afectar una igualdad real de oportunidades. Siendo evidente, la disminución o la negación no sólo de derechos, sino de oportunidades para los jóvenes, en diversas áreas, destacadamente en el ámbito laboral.

En la Encuesta Nacional de la Juventud 2010, de los 36.2 millones jóvenes del país, es decir, de las personas de 12 a 29 años, 13 por ciento se dedica sólo a actividades domésticas y cuidado de la familia, 2.3 están inactivos y 6.75 por ciento busca trabajo o inician un negocio.

También la Organización Internacional del Trabajo (OIT), ha señalado respecto a América Latina que la tasa de desempleo juvenil continúa siendo el doble de la tasa general y el triple que la de los adultos y que los jóvenes representan 43 por ciento del total de los desempleados.

En la exclusión laboral de los jóvene, se destaca su falta de experiencia, lo que los lleva al desempleo, al trabajo informal o a aceptar condiciones laborales absolutamente injustas. Lo que ha sido agravado por la reforma a la Ley Federal del Trabajo del 2012, ya que se instauraron dos criticables formas de contratación, los denominados a prueba y de capacitación inicial, que producen varias desventajas, adujo la legisladora.

Por tanto, ante la necesidad de empleo de los trabajadores, sobre todo de los jóvenes, se abre la puerta a una cadena interminable de contratos eventuales, afectando su derecho a un proyecto de vida, que incluye la supresión de derechos laborales y de seguridad social, destacadamente la generación de una pensión.

Se rompe la bilateralidad propia de la relación de trabajo, ya que la separación del trabajador queda a la decisión del patrón, pues es éste quien decide si el trabajador ha acreditado su competencia para el empleo al concluir el plazo acordado para estos contratos y, por tanto, si se le separa de su empleo.

Este tipo de contratos precarios afectan las finanzas de las instituciones de seguridad social, pues no se afilia al trabajador o se les afilia con menos salario y se les da de baja con total arbitrariedad.

Se deja en desventaja al trabajador en el marco de la relación de trabajo, que vuelve a estar en manos de los patrones con afectación no sólo de sus condiciones laborales, sino de su dignidad. Se violan abiertamente los derechos humanos, consagrados conforme a la reforma constitucional del 10 de junio de 2011.

A esto se suman las afectaciones a la salud de los contratos precarios: más riesgos de trabajo, problemas de tipo emocional, que puede llegar a la depresión e inseguridad constante de perder el empleo. Lo que también afecta a la empresa que tendrá trabajadores con baja motivación.