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Sustituye fallo que suspendía 7 días sus espots en radio y tv

Tribunal electoral impone multa de 76 millones de pesos al PVEM

Pendientes, sanciones que representan casi la mitad de sus prerrogativas

 
Periódico La Jornada
Jueves 26 de marzo de 2015, p. 20

La sala superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) impuso ayer una multa de 76.1 millones de pesos al Partido Verde Ecologista de México (PVEM), por sobrexposición en radio y televisión, pues transmitió más de 239 mil espots en 72 días, del 18 de septiembre al 9 de diciembre pasado, es decir, antes y durante el proceso electoral en curso.

Esta resolución sustituye la de la sala especializada del TEPJF, la cual sólo ordenó la suspensión, por una semana, de la difusión de los promocionales del Verde.

A diferencia de otras multas que todavía no son ratificadas o modificadas por el TEPJF, la de ayer fue dictada en firme, toda vez que las decisiones de la sala superior son definitivas e inapelables.

En caso de que los jueces electorales confirmen las multas previas (una de más de 67 millones por no retirar los llamados cineminutos y una más de 11 millones por la difusión de espots en salas de cine y promocionales en diversas formas), el PVEM acumularía sanciones por unos 151 millones de pesos, equivalentes a casi la mitad de sus prerrogativas (recursos públicos), que para este año suman 323 millones de pesos.

La sanción impuesta ayer es por 76 millones 160 mil 361 pesos con 80 centavos, la misma cantidad que pagaron los legisladores del PVEM para la compra de espacios en radio y televisión para la supuesta difusión de sus informes, pero que a juicio de los magistrados fue una sobrexposición ilegal del partido.

En el proyecto de sentencia elaborado por el magistrado Salvador Nava Gomar, se hace énfasis en que la falta del PVEM fue calificada de grave.

Igualmente se dijo que el objetivo de la multa es generar un efecto disuasivo para el resto de los partidos políticos.

La discusión de los magistrados no se centró en la sanción, sino en la forma de cobrarla. Algunos consideraban que sólo se debería descontar del financiamiento ordinario, no de los recursos de campaña. Finalmente se votó en favor de que los descuentos se apliquen, a partir de abril, únicamente en las ministraciones ordinarias del partido.

En su exposición, el magistrado Nava insistió en que era necesario aplicar los descuentos al Verde en la totalidad de sus recursos públicos, porque de lo contrario se dará el mensaje de infrinja ahora, pague después.

La magistrada María del Carmen Alanís ponderó en cambio que las infracciones ocurrieron antes del arranque de las campañas, es decir, se está sancionando la sobrexposición de mensajes, no la adquisición indebida de espacios en radio y televisión.

De igual forma, se ordenó a la sala especializada emitir una nueva resolución, en cuanto a la individualización de sanciones a las personas físicas y morales involucradas (concesionarios de televisión abierta y restringida, así como una radiodifusora).

En el proyecto de sentencia se indicó que la sanción de 76.1 millones cumple con las condiciones de idoneidad, razonabilidad y proporcionalidad, a efecto de generar un efecto disuasivo en el partido.

Por lo anterior fue sustituida la sentencia de la sala especializada cuyo razonamiento, se indicó en la ponencia aprobada, no resulta aplicable, pues el caso del PVEM requiere ser calificado de grave… lo que difícilmente se lograría con una amonestación pública, se advirtió durante la sesión de la sala superior del TEPJF.