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Argumenta el instituto que aún falta publicar el reglamento de la ley en la materia

El secretariado del SNSP, sin obligación de informar sobre desaparecidos: Ifai
 
Periódico La Jornada
Martes 14 de mayo de 2013, p. 9

El pleno del Instituto Federal de Acceso a la Información (Ifai) resolvió que el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP) no está obligado a proporcionar los datos de personas desaparecidas en 2006 ni de las personas extraviadas entre ese año y 2012, ya que aún no se publica el reglamento de la Ley del Registro Nacional de Personas Extraviadas o Desaparecidas y no ha concluido la primera etapa de migración de datos a que se refiere la ley en la materia.

Los comisionados del Ifai también validaron la respuesta del secretariado a una solicitud de información sobre el número de desaparecidos, en la que señaló que tiene un registro de 26 mil 21 entre 2007 y 2012, según el Sistema del Registro Nacional de Personas Extraviadas o Desaparecidas.

La decisión del Ifai se dio a partir de que un particular solicitó al SESNSP la Base Integrada de Personas no Localizadas y el avance del Convenio de Colaboración para la Unificación, Integración e Intercambio en Materia de Personas no Localizadas.

En su respuesta inicial, el secretariado, por conducto del Centro Nacional de Información, declaró la inexistencia de la información, por lo cual el solicitante interpuso un recurso de revisión ante el Ifai, a efecto de que el sujeto obligado le proporcionara la información.

El asunto fue turnado a la ponencia del comisionado presidente, Gerardo Laveaga.

En sus alegatos, el SESNSP modificó su respuesta y proporcionó dos vínculos electrónicos en los que, aseguraba, estaban los datos solicitados.

Sin embargo, al analizar la información, Laveaga advirtió la existencia de diversos documentos que reflejan los avances que se han tenido y que no fueron hechos del conocimiento del recurrente, indicó el Ifai en una tarjeta informativa.

Entre esos datos se encuentran los acuerdos alcanzados durante las sesiones 31 y 32 del Consejo Nacional de Seguridad Pública (CNSP), el informe de avance del convenio de su 31 sesión y el informe de resultados (julio-octubre 2011) de la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia de la Procuraduría General de la República (PGR).

Laveaga consideró que el secretariado no atendió cabalmente el requerimiento del particular, toda vez que no entregó toda la información relacionada con los avances del convenio, pese a que de la normatividad aplicable se desprende que es precisamente el secretariado ejecutivo del SNSP el responsable de ejecutar y dar seguimiento a los acuerdos y resoluciones del CNSP.

A partir de lo anterior, el comisionado ordenó al secretariado realizar una búsqueda exhaustiva de la información en los archivos del Centro Nacional de Información, con el fin de que proporcione al recurrente todos los datos con que cuente.