Sociedad y Justicia
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La institución atentó contra el derecho constitucional a la salud

Amparan a ex derechohabiente del Seguro Social por negación del servicio
 
Periódico La Jornada
Jueves 9 de febrero de 2012, p. 42

El cuarto tribunal colegiado en materia administrativa amparó a un ex derechohabiente del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) porque la institución de seguridad social atentó contra el derecho constitucional a la salud que toda persona debe gozar.

Los magistrados Jesús Antonio Nazar Sevilla, Jean Claude André Tron Petit y José Patricio González Loyola Pérez, del Cuarto Tribunal Colegiado, resolvieron amparar a este hombre tras haber recibido la negativa de servicios de salud.

De acuerdo con constancias judiciales, el 29 de enero de 2009, un hijo de un ex derechohabiente ingresó a recibir atención médica a la Unidad de Pediatría del Hospital General de Zona No. 30 por presentar fuerte dolor abdominal y fue dado de alta el 5 de febrero de ese mismo año.

Sin embargo, como el padre del menor se encontraba desempleado y la vigencia de sus derechos concluyó el 4 de febrero, dicha institución determinó un crédito fiscal a cargo de aquél por concepto de hospitalización, así como por estudios practicados al menor, toda vez que para el 5 de febrero ya no era derechohabiente, situación que trajo como consecuencia que se suspendiera el servicio médico.

En contra de ese crédito fiscal, el padre del menor acudió ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, cuya sexta sala regional metropolitana determinó que ese crédito se encontraba fundado y motivado y que era legal porque conforme al artículo 109 de la Ley del Seguro Social, la parte actora había perdido el derecho de recibir la atención médica por haber quedado desempleado.

Inconforme con lo anterior, el padre del menor promovió juicio de amparo, partiendo de una interpretación garantista basada en los valores constitucionales y en los diversos convenios internacionales que prevén el derecho a la salud.

Y es que este último tiene el carácter de un derecho económico, social y cultural, regulado tanto por la Constitución mexicana (artículo 4) como por distintos tratados internacionales.