Capital
Ver día anteriorDomingo 4 de julio de 2010Ver día siguienteEdiciones anteriores
Servicio Sindicado RSS
Dixio

Las normativas se contraponen en las sanciones por colocar espectaculares sin permiso

Señalan contradicciones en leyes de Desarrollo Urbano y Publicidad

Felipe Leal, titular de Seduvi, defendió la pena de cárcel para los empresarios que violaran la norma

En la legislación sobre anuncios en la vía pública sólo se propone arresto de 36 horas

 
Periódico La Jornada
Domingo 4 de julio de 2010, p. 26

Las sanciones previstas en la Ley de Desarrollo Urbano, aprobada en el pasado periodo ordinario de sesiones de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF), en las que se propone castigar con cárcel de hasta cinco años a quienes instalen anuncios espectaculares sin la autorización correspondiente, tendrán que ser derogadas al existir ya la Ley de Publicidad Exterior, en la que las penalidades se reducen a un arresto inconmutable de 24 a 36 horas y multa de hasta dos mil días de salario mínimo.

El diputado del PRD Leonel Luna explicó que si el Gobierno del Distrito Federal publica la Ley de Desarrollo Urbano, los articulados referentes a publicidad exterior quedarían sin efecto en el momento en que entre en vigor la nueva normatividad en la materia.

Aunque el titular de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda (Seduvi), Felipe Leal, aseguró, en su momento, que no daría marcha atrás en la aplicación de la pena de cárcel a los empresarios que actúen al margen de la ley, la disposición se modificó apenas tres meses después de haber sido aprobada en la Asamblea Legislativa y sin haberse publicado.

En la Ley de Desarrollo Urbano se impuso prisión de tres a cinco años y multa de 500 a 8 mil días de salario mínimo a la empresa que instale sin autorización anuncios espectaculares en azoteas, autosoportados, vallas y tapiales, además de obligarla a pagar el costo de desmontar las estructuras.

Foto
De acuerdo con la Ley de Publicidad Exterior, las industrias tendrán seis meses para retirar los anuncios que violen la normaFoto Alfredo Domínguez

La penalidad en la Ley de Publicidad Exterior se flexibilizó al especificarse una sanción de mil 500 a dos mil días de salario mínimo, arresto inconmutable de 24 a 36 horas, el retiro del anuncio a costa de la empresa, y la duplicación de las multas si se reincide en la colocación del anuncio sin autorización.

De acuerdo con la normatividad, las empresas de publicidad tendrán un periodo de seis meses para el retiro de los anuncios espectaculares instalados en las calles de la ciudad de México.

La Seduvi instalará una mesa de trabajo con las personas físicas y morales para llevar a cabo el reordenamiento de la publicidad exterior y posteriormente concesionará los espacios en los nodos y corredores publicitarios, mediante permisos administrativos temporales revocables.

La dependencia capitalina otorgará las licencias para la instalación de anuncios en vías primarias ubicados en los nodos, corredores, tapiales y vallas ubicados en vías primarias, mientras que las delegaciones serán responsables de las autorizaciones en las vías secundarias

Entre los corredores publicitarios se proponen Anillo Periférico, Eje 3 Oriente, calzada de Tlalpan, Ignacio Zaragoza, Miramontes, Insurgentes, Viaducto y Paseo de la Reforma.