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Difunde la comisión estudio nacional; Chiapas ocupa el último sitio

CNDH: cubre el DF 100% de los derechos prestacionales
 
Periódico La Jornada
Lunes 13 de abril de 2009, p. 16

La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) destaca en un estudio que el Distrito Federal ocupa el primer lugar en el país en cobertura de los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales (DESC), con un nivel de ciento por ciento, y el segundo lugar lo ocupa el estado de Nuevo León (82.2 por ciento). Las dos entidades aglutinan el rango muy alto de cobertura.

En contrapartida, Chiapas ocupa el último lugar (cero por ciento), seguido de Oaxaca (2.6), y Guerrero (7.2). Estos tres estados concentran la categoría de rango muy bajo de cobertura, subraya la CNDH.

Precisa que los DESC son un conjunto de derechos humanos que posibilita a la persona y a su familia gozar de un nivel de vida adecuado. En tanto derechos humanos, los DESC tienen origen en la dignidad inherente a todas las personas, por lo que son universales, indivisibles, inalienables e interdependientes.

Detalla que a este conjunto de derechos también se le considera derechos prestacionales, pues nacen de una situación de desequilibrio social, por lo que su finalidad es justamente buscar un equilibrio basado en el principio de igualdad material.

La CNDH hace notar que estos derechos suponen, de parte del Estado, una plataforma necesaria que incluye dotación de presupuesto, reglamentación leyes, construcción de infraestructura, así como contratación y capacitación de personal para la instrumentación de servicios públicos.

Así, los DESC están destinados a asegurar condiciones de vida digna (acceso a salud, educación, bienes de la cultura, trabajo, etcétera) que les permitan desarrollar su potencial humano, añade la CNDH. Esto implica una asistencia concreta de la autoridad hacia los particulares para satisfacer una necesidad de carácter material, por lo que lógicamente su satisfacción requiere de erogaciones económicas y desarrollo de infraestructura para su atención.

Esa condición de los DESC, asevera, conlleva la consideración del concepto de progresividad en su aplicación, pues su cumplimiento depende del grado de desarrollo de los países y de los recursos monetarios y humanos disponibles para atender esas tareas, lo cual en la práctica deja esos derechos en situación de carencia de exigibilidad jurídica.

Entre los DESC se pueden señalar los siguientes: derecho de los pueblos a la libre determinación y a disponer de sus riquezas y recursos naturales; derecho al trabajo en condiciones equitativas y satisfactorias que permitan un nivel de vida digno, un salario equitativo por igual tarea, seguridad e higiene en el trabajo; derecho de huelga, al descanso, a fundar sindicatos y a afiliarse libremente a ellos.

En el estudio se señala que los estados con rango alto de cobertura de los DESC son Baja California Sur (78.8 por ciento), Coahuila (73.5) y Baja California (72). Con cobertura de nivel medio alto: Aguascalientes (69.8 por ciento), Sonora (69.1), Colima (66.3), Chihuahua (64), Tamaulipas (62.5) y Quintana Roo (59.5). Con rango medio: Jalisco (55), Querétaro (54.1), Sinaloa (53.7), Campeche (50.5), Morelos (48.6), estado de México (47.5). El rango de cobertura medio bajo corresponde a Durango (45), Nayarit (45), Yucatán (42.8), Tlaxcala (42.8), San Luis Potosí (38.8), Tabasco (37.3) y Guanajuato (35.6).

Rango bajo: Zacatecas (34.4) Hidalgo (27.4), Puebla (26.4), Veracruz (25.1) y Michoacán (23.2).