Usted está aquí: jueves 3 de enero de 2008 Capital Madrugadores tendrán descuentos en predial

Considera el Código Financiero también reducciones para grupos vulnerables

Madrugadores tendrán descuentos en predial

Raúl Llanos y Gabriela Romero

Frente a la cuesta de enero, las familias capitalinas tendrán que aprovechar los descuentos fijados por el gobierno capitalino para el pago puntual de algunos impuestos locales.

Con base en el Código Financiero del Distrito Federal para este año, las personas que adelanten el pago del impuesto predial para este mes gozarán de un descuento de 7 por ciento, porcentaje que todavía el año pasado era mejor para los contribuyentes cumplidos, con 10 por ciento.

Si las finanzas familiares no arrancan bien y pospone el pago del predial para los primeros días de febrero, el beneficio será únicamente de 4 por ciento (que era de 6 en 2007), y en este rubro hasta aquí queda todo, pues las autoridades de Finanzas de esta capital decidieron eliminar cualquier otra prerrogativa para pagos en marzo.

En el mismo Código Financiero para 2008 se incluyen también beneficios para los dueños de locales de mercados públicos, y según el artículo 282 de ese ordenamiento, quienes cumplan con la tarifa establecida ya sea en enero o en febrero alcanzarán una reducción de 10 por ciento.

Para estos locatarios, el artículo 282 del mencionado código indica que cada uno pagará 12 pesos mensuales por cada metro cuadrado que tenga su local; esta cuota se deberá cubrir semestralmente en las oficinas recaudadoras de esta capital. De ahí que si cumple con dicho cobro en los dos primeros meses de cada semestre (sea enero-febrero, o julio-agosto) podrá exigir esa disminución de 10 por ciento.

Durante estos primeros meses, las millones de personas que viven en esta ciudad resentirán un duro golpe a su economía familiar, ya que los impuestos, derechos, contribuciones o aprovechamientos que cobra el gobierno de la ciudad se ajustaron con base en la inflación, en un 4.1 por ciento, además de que comenzaron a dispararse los precios debido al alza impuesta por el gobierno federal en la gasolina, energía eléctrica y agua.

Frente a esta situación, el Código Financiero comprende una serie de reducciones en algunas tributaciones para grupos económicamente vulnerables, así por ejemplo, el artículo 298 precisa que los jubilados, pensionados, viudas, huérfanos, mujeres separadas, divorciadas, jefas de hogar y madres solteras que demuestren tener dependientes económicos, gozarán de una reducción en el pago del impuesto predial y por el pago de agua.

Asimismo, se incluye a la gente de la tercera edad, sin ingresos fijos y de escasos recursos económicos, quienes se beneficiarán con una disminución en el pago del impuesto predial y en los derechos por suministro de agua, que en este caso será de 50 por ciento.

 
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