Usted está aquí: viernes 22 de junio de 2007 Capital Menores diferencias en la aplicación del nuevo reglamento de tránsito: Ebrard

DF y Edomex sancionarán igual pero con pena distinta, dice

Menores diferencias en la aplicación del nuevo reglamento de tránsito: Ebrard

El jefe de Gobierno del Distrito Federal, Marcelo Ebrard Casaubon, dijo que son menores las diferencias en el Reglamento de Tránsito Metropolitano que se aplicará en la ciudad de México y en el estado de México, de apenas un 10 por ciento, comparado con las de los reglamentos actualmente vigentes en ambas entidades, donde eran de 90 por ciento.

Lo importante, señaló, es que se tiene una misma política y así, por ejemplo, ambas entidades sancionan, aunque con diferente pena, la infracción de conducir en estado de ebriedad, en tanto que la disposición del alcoholímetro ya estaba vigente en el reglamento capitalino, pero no así en la normatividad mexiquense.

En el caso del dispositivo de localización en los vehículos modelo 2008 y posteriores, el mandatario capitalino dijo que se tiene una serie de reuniones con la industria automotriz, la mayoría de ellas son de origen estadunidense y en varias ciudades del vecino país está vigente dicha disposición, "no veo porque allá si y aquí no, si son las mismas empresas".

Un informe de la consejería Jurídica y de Servicios Legales precisa que para contar con una normatividad idéntica se requerían modificaciones de carácter legislativo a diversas disposiciones del estado de México, como el Código Administrativo, Código Penal y Ley de Transporte y Vialidad, lo que estaba fuera del alcance de los gobernantes de ambas entidades.

Las principales diferencias que señala el documento son: en materia de autoridad competente que en el DF corresponde su aplicación a las secretarías de Transportes y Vialidad y Seguridad Pública, en el estado de México a la Secretaría de Gobierno a través de la Agencia de Seguridad Estatal y a los ayuntamientos a través de la Dirección de Seguridad Pública y Tránsito Municipal.

Respecto de las sanciones a transportistas de pasajeros y de carga, el documento señala que en esta entidad las penalidades van de 80 a 130 días de salario mínimo y en el caso del transporte de sustancias tóxicas hasta 600 días, además de la remisión del vehículo, y en la vecina entidad, la sanción máxima es de 20 días de salario mínimo y remisión.

El informe agrega que en el caso de las personas que conducen en estado de ebriedad, aquí son presentados ante el Juez Cívico y en el estado de México ante el Ministerio Público; la sanción en el DF es un arresto inconmutable de 20 a 36 horas y en la vecina entidad la suspensión de la licencia por tres años. Aquí, la licencia se cancela de manera definitiva cuando el conductor es sancionado por segunda vez en un año.

Otra diferencia está en el glosario de conceptos, pues mientras que aquí se utiliza vía primaria y secundaria, allá son infraestructura vial primaria y vía local, agrega el documento.

 
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